¿Obligatorio CIE/boletín actualizado para bajar la potencia?

Hola a todos,

Este tema me interesa. En primer lugar gracias por la información que aportáis.

En mi caso, con EDP-HC (en Asturias) para hacer bajada de potencia (de 5.750W a 2.300W) me han solicitado un certificado de seguridad, en lugar de un boletín. Mi instalación es muy antigua, y su boletín tiene más de 20 años. Por lo que he podido preguntar este certificado se trata de un simple documento firmado y sellado por un electricista autorizado donde asegura que la instalación está bien. Suelen comprobar el cuadro eléctrico y la sección de la acometida. El cuadro por lo que he mirado está bien, con su icp, diferencial y automáticos. Dado que es una instalación de hace más de 20 años, no tiene diferenciados los circuitos tal como marca el REBT vigente. En cuanto a la sección de la acometida, con casi toda seguridad será menor a la que fija el reglamento para la potencia que ahora tiene instalada. Y sustituirla es una obra muy cara.

Pienso que si mi instalación está bien para su potencia actual (5.750w) debería estarlo sin duda para una potencia inferior. Entonces, pedir este certificado de seguridad ¿se trata de un trámite para dificultar las bajadas de potencia en instalaciones sin boletín vigente? Por lo que he podido indagar en internet, parece que es otras distribuidoras eléctricas no lo piden. ¿Es cosa solo de EDP-HC y/o que pase solo dentro de Asturias?

En resúmen, mi duda es ¿en Asturias existe forma alguna de bajar a 2.3kW sin pasar por el peaje del dichoso certificado de seguridad? Y en caso de no quedar otra que tragar con eso, ¿se podría solicitar el certificado para 2.3kW (que si que daría la sección de la acometida para ello) y... evitar la costosa obra de poner acometida nueva? Intuyo que el problema vendría luego si se desease volver a los 5.750W con ese certificado...

A ver si alguien sabe algo más sobre este tema.

Actualización:
Al hilo de lo anterior os pongo un fragmento de un documento de la consejería de industria del Principado de Asturias del año 2012 donde se tocan estos temas. No he podido leerlo en detalle, este trozo es el que más me ha llamado la atención:

¡Ups! No me deja añadir enlaces hasta que tenga 8 mensajes, así que no puedo poner el fragmento como imagen aquí. Lo adjunto... a ver si lo podéis ver de ese modo. Es el de nombre industria_asturias_cs.jpg

El documento completo para quien desee leerlo (PDF) también lo adjunto en este mensaje.

Esto creo que me abre una puerta nueva, que es solicitar la verificación por parte de la propia compañía. Tema aparte es el coste de esa verificación.

¿Qué opináis?

Saludos.
 

Archivos adjuntos

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Esto creo que me abre una puerta nueva, que es solicitar la verificación por parte de la propia compañía. Tema aparte es el coste de esa verificación.

¿Qué opináis?

Artículo 83. 5 del Real Decreto 1955/2000

5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador.


Opino que si alguien da el paso de poner una demanda contra las distribuidoras que nos niegan la bajada de potencia por el artículo 33, yo me sumo a ella.
 
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Artículo 83. 5 del Real Decreto 1955/2000

5. No obstante lo anterior, para las modificaciones de contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación vigentes. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador.


Opino que si alguien da el paso de poner una demanda contra las distribuidoras que nos niegan la bajada de potencia por el artículo 33, yo me sumo a ella.

¿Y hacer una consulta al respecto por ejemplo a OCU, FACUA o alguna otra organización de consumidores?

Saludos.
 
¿Y hacer una consulta al respecto por ejemplo a OCU, FACUA o alguna otra organización de consumidores?

Saludos.

Hola,

Por poder, se puede, y si ya hace esa consulta algún socio de una u otra mejor que mejor. Pienso que las eléctricas hacen un uso torticero de la normativa para frenar que los clientes bajemos potencia. Y para colmo, parece que es cosa de la distribuidora, con lo cual nos vayamos a la comercializadora que nos vayamos... estamos igual.

Saludos.
 
Una idea es que si la compañía actual te pone pegas para bajar potencia pues cambiar de compañía.

No lo sé a ciencia cierta, a mí no me pusieron trabas para bajar de potencia y me mantuve en la misma compañía, pero entiendo que la compañía a la que migras, como capta un nuevo cliente no te va a poner dificultades, todo lo contrario.

Al final si tienes PVPC lo mismo vas a pagar con una u otra, con en el cambio de compañía tampoco se ve interrumpido el suministro, lo único que va a ser un poco más engorroso al tener de dar otra vez el CUPS, el IBAN, y devolver firmado contra rembolso el nuevo contrato y orden de domiciliación.
 
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Yo he bajado recientemente de potencia, de 3,45 a 2,3. Boletin de hace 40 años y no me han pedido nada. En la informacion de la distribuidora pone que tengo derechos de extensión a 3,45 hasta dentro de 3 años. Os dejo unos pantallazos por si es de ayuda.
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Graci
Yo he bajado recientemente de potencia, de 3,45 a 2,3. Boletin de hace 40 años y no me han pedido nada. En la informacion de la distribuidora pone que tengo derechos de extensión a 3,45 hasta dentro de 3 años. Os dejo unos pantallazos por si es de ayuda.
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Gracias por la info. Había leído sobre esos tres años en los que tenías derecho a volver a tu potencia anterior sin coste, pero ver cómo te lo reconocen por escrito es todo un detalle por parte de la distribuidora, vistas las pegas que ponen últimamente a las rebajas de potencia
 
Jordi, ¿con qué compañía tienes contratada la luz?

Con endesa, tenía todo junto electricidad y gas en mercado libre, pasar la luz a pvpc no pusieron pegas y bajar potencia tampoco. El gas con tarifa regulada no me lo podían ofrecer y pase a gas natural.

E.On, ahora viesgo sé que tampoco pone trabas al pasar de mercado libre a regulado pues un conocido con estos hizo el tramite sin ninguna complicación.
 
Una idea es que si la compañía actual te pone pegas para bajar potencia pues cambiar de compañía.

No lo sé a ciencia cierta, a mí no me pusieron trabas para bajar de potencia y me mantuve en la misma compañía, pero entiendo que la compañía a la que migras, como capta un nuevo cliente no te va a poner dificultades, todo lo contrario.

Al final si tienes PVPC lo mismo vas a pagar con una u otra, con en el cambio de compañía tampoco se ve interrumpido el suministro, lo único que va a ser un poco más engorroso al tener de dar otra vez el CUPS, el IBAN, y devolver firmado contra rembolso el nuevo contrato y orden de domiciliación.

Hola,

Es una opción a valorar, lo de cambiar de compañía. El problema, es que si la traba viene por parte de la distribuidora... de poco servirá cambiar de comercializadora. ¿Alguien sabe si teniendo como distribuidora EDP-HC y cambiando a otra comercializadora de PVPC, ej. Viesgo habría problema en bajar de potencia?

Un saludo.
 
Yo he bajado recientemente de potencia, de 3,45 a 2,3. Boletin de hace 40 años y no me han pedido nada. En la informacion de la distribuidora pone que tengo derechos de extensión a 3,45 hasta dentro de 3 años. Os dejo unos pantallazos por si es de ayuda.
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Hola,

¿Con qué compañía distribuidora y comercializadora estás? ¿En qué comunidad autónoma? Porque es todo un detalle que no te pongan problemas. A mí con EDP-HC me ponen muchos problemas para bajar potencia dentro de pvpc. Si supiese de alguna otra que no fuese así me cambiaría sin dudarlo mañana mismo. La comercializadora le carga la culpa a la distribuidora, y ésta se escuda en una normativa del Principado de Asturias.

Un saludo.
 
Distribuidora es: Ibertrola y la Comercializadora: Eres Energia. Aunque al haber bajado la potencia a 2,3KWh tengo que pasar a una de las "grandes" para que puedan aplicar el bono social, en este caso estoy en proceso de cambio a Endesa.

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