I
Iñaki
Si, yo conozco comercializadoras pequeñas y medianas que también lo hacen, entiendo que si hay alguna que no puede es por limitaciones en su sistema de gestión de ese tipo de procesos. Pero también te diría que puede que para ser habilitado como comercializador debes de tener un sistema de este tipo y que funcione en condiciones. (Esto no se si es así).Gracias Iñaki, porque tu siempre precisa y certera información. Deseo pedirte una aclaración:
Lo que describes que "desde comercial" se hace un, llamémoslo, preregistro del CIE que luego finalmente se valida desde distribución, entiendo que es como funciona este flujo de trabajo entre Iberdrola Comercializadora e Iberdrola Distribución. Pero, ¿se hace extensivo a cualquier comercializadora pequeña, o esos ya no "preregistran" sino que simplemente remiten?
Imagina el caso de que yo quiero tramitar un alta de nuevo suministro con la comercializadora X en la zona de la distribuidora Y, pues la comercializadora X envía una solicitud a la distribuidora y en esa solicitud se rellenan una serie de parametros, por ejemplo el tipo de operación, que en este caso es un "Alta", si es medida directa o indirecta y por supuesto los datos de la instalación del cliente rellenados con los datos EXACTOS del boletin junto con la fotocopia sellada del mismo.
Todo eso llega generalmente al departamento de ATR de la distribuidora que registra y comprueba todo y autoriza la operación de alta de ese CUPS para la comercializadora X, se inicia el contrato de peaje etc. Hay distribuidoras que esto lo hacen mejor, mas rápidamente y otras pues son mas puñeteras digamos.
De igual manera, en suministros en media tensión (tarifas 3.1A) me consta que muchas comercializadoras pequeñas y medianas puede registrar el acta de puesta en marcha del centro de transformación al igual que el boletín.
Que yo sepa, las distribuidoras tienen obligación de publicar los datos de sus cups a las comercializadoras (los SIPS). Es mas, hace ya unos años hubo distribuidoras que tuvieron problemas y sanciones con la extinta CNE por que no tenian un buen sistema de información de sus CUPS para facilitar el trabajo de las comercializadoras.
Lo que se trata, es que toda comercializadora pueda interactuar con las diferentes distribuidoras y realizar las operaciones que requieran los contratos de sus clientes en igualdad de condiciones y que ninguna pueda ejercer una posición dominante. Esto es especialmente importante y especialmente controlado en las "verticalmente integradas" al menos en lo que yo veo y conozco.
Saludos y perdón por el tocho.
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