¿Cambios legislativos a la vista?

Seria bonito si se convirtiera en realidad pero me temo que no van a permitirlo:

Cuenta atrás para dejar a las eléctricas sin el extra del exceso de potencia contratada

http://www.elconfidencial.com/empre...-electricas-ingresos-exceso-potencia_1310080/
Curiosamente, de los cuatro partidos grandes, el único que llevaba algo parecido en el programa electoral era el PSOE, y ahora no parece estar por la labor. Aunque solo decían que permitirían a los regantes modificar la potencia según la temporada

nergiza.com/que-dicen-los-principales-partidos-politicos-sobre-temas-energeticos/
 
Yo, del Confidencial, me creo un tercio de lo que leo.
Bueno, la noticia es poco cuestionable, pero dice lo que dice: que ERC ha presentado un proyecto no de ley en el congreso para permitir cambiar la potencia contratada más de una vez al año, y que está negociando acuerdos con otros grupos. Yo le he leído en otras fuentes.
A partir de ahí, interpretar si esa modificación legal llegará a aprobarse ya es otro cantar.
 
Bueno, la noticia es poco cuestionable, pero dice lo que dice: que ERC ha presentado un proyecto no de ley en el congreso para permitir cambiar la potencia contratada más de una vez al año, y que está negociando acuerdos con otros grupos. Yo le he leído en otras fuentes.
A partir de ahí, interpretar si esa modificación legal llegará a aprobarse ya es otro cantar.

Los contratos de regantes, son Temporales por estacionalidad y creo que duran 6 meses cada uno, pero existe ya aunque nunca he gestionado ninguno. Si la idea es extenderlo a todos los colectivos, pues bienvenido sea.

En la practica y en mi experiencia, se puede cambiar mas de 1 e incluso de 2 veces al año de potencia, las distribuidoras, al menos con las que yo trato (Iberdrola, Fenosa y las del Grupo de Endesa ) no suelen poner trabas, al menos en los casos que yo he tratado no he tenido esa mala suerte. Ahora, con las distribuidoras, pues puede pasar de todo.
 
Actualmente como cambiar puedes cambiar, pero tienes que pagar derechos de contratación e incluso boletin, si es muy vieja la instalación.

Por tanto no es viable económicamente cambiarlo.

Yo por ejemplo podria estar todo el año excepto en verano con 2.2kw, pero en verano aqui no hay quien pare y el aire centralizado me impide bajar.
 
Actualmente como cambiar puedes cambiar, pero tienes que pagar derechos de contratación e incluso boletin, si es muy vieja la instalación.

Por tanto no es viable económicamente cambiarlo.

Yo por ejemplo podria estar todo el año excepto en verano con 2.2kw, pero en verano aqui no hay quien pare y el aire centralizado me impide bajar.
La ley marca que la distribuidora se puede negar a hacer más de una modificación de potencia al año. A los particulares, a veces no ponen pegas (y menos si aumentas), pero te aseguro que a los contratos de 3.0 para arriba no lo suelen permitir. Es una reivindicación clásica de todo tipo de negocios estacionales que deben pagar todo el año la potencia. A ver si tienen suerte y tira esa ley adelante
 
La ley marca que la distribuidora se puede negar a hacer más de una modificación de potencia al año. A los particulares, a veces no ponen pegas (y menos si aumentas), pero te aseguro que a los contratos de 3.0 para arriba no lo suelen permitir. Es una reivindicación clásica de todo tipo de negocios estacionales que deben pagar todo el año la potencia. A ver si tienen suerte y tira esa ley adelante

Si, es cierto lo que dices Miquel.

Pero yo a clientes mios de 3.0A en zona de Iberdrola y de FECSA he hecho mas de 2 cambios en el mismo año al ciente y no me han puesto ningun problema. Te puedo decir, una explotacion agricola en media tension, cliente mio de hace años, con contrato en 3.1A normal y tambien el caso de unos cines, tambien clientes mios de hace años, que alrededor de 2013 no dabamos con las potencias idoneas y le cambie la potencia 3 veces en un trimestre, no tuve mayor problema salvo que tuvieron que pagar 3 veces el derecho de enganche, no fue culpa mia, fue culpa de un aire acondicioncado nuevo que se supone consumia X y luego comsumio X + Y.... en fin.

Desgraciademente, lo que dices es cierto, pero normalmente no se suelen negar. Al menos es la experiencia que yo he tenido, pero por poder, pueden hacerlo.

La verdad, deberian de ser mas flexibles a este respecto. Totalmente de acuerdo.
 
Bueno, la noticia es poco cuestionable, pero dice lo que dice: que ERC ha presentado un proyecto no de ley en el congreso para permitir cambiar la potencia contratada más de una vez al año, y que está negociando acuerdos con otros grupos. Yo le he leído en otras fuentes.
A partir de ahí, interpretar si esa modificación legal llegará a aprobarse ya es otro cantar.

Hola Miquel, contesto aquí para no contaminar el hilo en el que te he leído lo de permitir dos potencias el mismo año.

Como puse en el otro hilo me parecía interesante para los que tenemos acumuladores siempre y cuando no tenga costes ocultos etc, pero leyendo aquí que habría que pagar los derechos de enganche, acceso y extensión, la cosa cambia mucho.

He hecho una simulación con los datos de mis facturas del año 2016, con las siguientes premisas:
- Consumo anual con acumuladores de 10.500 kWh anuales.
- Potencia de 6,9 kW contratados en enero, febrero, marzo, abril, noviembre y diciembre, y de 2,3 kW los meses de mayo a octubre. Esto implica que durante esos meses tendría derecho al Bono Social, lo cual he reflejado en los cálculos.

+ Con una potencia contratada (6,9 kW) me sale a pagar 1.289 € anuales
+ Con doble potencia contratada me sale a pagar 1.092 € anuales. La diferencia es de 197 euros a favor de la doble potencia.

PERO

Como hay que pagar derechos tanto para subir como para bajar potencia:
- Derechos de enganche: 9,04€+IVA dos veces (una para bajar en abril y otra para subir en octubre): 21,88€
- Derechos de extensión: 17,37€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 96,68€
- Derechos de acceso: 19,70€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 109,65€
- Total a pagar por los trámites 228,21€

+ Con la doble potencia en total serían 1.320,21€. La diferencia final es de 31,21 euros a favor de la potencia única.

O sea en mi caso bajando una barbaridad de potencia y aplicando el bono social saldría perdiendo, incluso sin contar otros costes como por ejemplo que cada vez que quieras subir te pidan un depósito o que tengas que hacer un nuevo boletín, y aplicando el Bono Social que no está claro si lo aplicarían a no ser menos de 3 kW durante todo el año ... Como has dicho, ésto sólo puede interesar en casos muy muy concretos y puntuales, revisando muy bien cada caso y teniendo en cuenta muchos factores.

Un saludo!
 
Hola Miquel, contesto aquí para no contaminar el hilo en el que te he leído lo de permitir dos potencias el mismo año.

Como puse en el otro hilo me parecía interesante para los que tenemos acumuladores siempre y cuando no tenga costes ocultos etc, pero leyendo aquí que habría que pagar los derechos de enganche, acceso y extensión, la cosa cambia mucho.

He hecho una simulación con los datos de mis facturas del año 2016, con las siguientes premisas:
- Consumo anual con acumuladores de 10.500 kWh anuales.
- Potencia de 6,9 kW contratados en enero, febrero, marzo, abril, noviembre y diciembre, y de 2,3 kW los meses de mayo a octubre. Esto implica que durante esos meses tendría derecho al Bono Social, lo cual he reflejado en los cálculos.

+ Con una potencia contratada (6,9 kW) me sale a pagar 1.289 € anuales
+ Con doble potencia contratada me sale a pagar 1.092 € anuales. La diferencia es de 197 euros a favor de la doble potencia.

PERO

Como hay que pagar derechos tanto para subir como para bajar potencia:
- Derechos de enganche: 9,04€+IVA dos veces (una para bajar en abril y otra para subir en octubre): 21,88€
- Derechos de extensión: 17,37€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 96,68€
- Derechos de acceso: 19,70€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 109,65€
- Total a pagar por los trámites 228,21€

+ Con la doble potencia en total serían 1.320,21€. La diferencia final es de 31,21 euros a favor de la potencia única.

O sea en mi caso bajando una barbaridad de potencia y aplicando el bono social saldría perdiendo, incluso sin contar otros costes como por ejemplo que cada vez que quieras subir te pidan un depósito o que tengas que hacer un nuevo boletín, y aplicando el Bono Social que no está claro si lo aplicarían a no ser menos de 3 kW durante todo el año ... Como has dicho, ésto sólo puede interesar en casos muy muy concretos y puntuales, revisando muy bien cada caso y teniendo en cuenta muchos factores.

Un saludo!

Hola Chuky,

Es incorrecto pero es muy normal que te equivoques porque esto es un poco lio, te explico:

Para bajar la potencia NO se pagan derechos ni de extension ni de acceso unicamente la distribuidora te cobrara el derecho de enganche: 10,94€ en baja tension.

Otras cosas a tener en cuenta:

El derecho de acceso se pierde de inmediato, esto quiere decir que segun bajes de 6,9 a 2,3 piedee el derecho de acceso a 6,9 y cuando subas SI tendras que volver a pagar el derecho de acceso. Esto antes de 2013 o 14 no pasaba, se guardaban tanto los derechos de extension como acceso, peeeeeero el Gobierno en la reforma del RD lo cambio y las distribuidoras interpretaron que como en el RD ya no pone nada del acceso pues ya no lo tienen que guardar y lo facturan siempre. antes esto no pasaba, fue cagada del Gobierno y oportunidad bien aprovechada por las distribuidoras.

Al contrario, el derecho de extension se guarda durante 3 años en baja tension, por lo que NO tienes que pagarlo al aumentar si han pasado menos de 3 años.

El derecho de encgancha, a día de hoy, se paga siempre.

Resumiendo:

Costes a bajar la potencia de 6,9 a 2,3kW: 10,94€
Costes de subir de 2,3 a 6,9kW: Unicamente Derecho de acceso: 4,6*19,703137 = 90,63€ + 9,04€ (enganche)= 99,67€ + 21% IVA = 120,60€

Saludos.
 
Última edición por un moderador:
Hola Chuky,

Es incorrecto pero es muy normal que te equivoques porque esto es un poco lio, te explico:

Para bajar la potencia NO se pagan derechos ni de extension ni de acceso unicamente la distribuidora te cobrara el derecho de enganche: 10,94€ en baja tension.

Otras cosas a tener en cuenta:

El derecho de acceso se pierde de inmediato, esto quiere decir que segun bajes de 6,9 a 2,3 piedee el derecho de acceso a 6,9 y cuando subas SI tendras que volver a pagar el derecho de acceso. Esto antes de 2013 o 14 no pasaba, se guardaban tanto los derechos de extension como acceso, peeeeeero el Gobierno en la reforma del RD lo cambio y las distribuidoras interpretaron que como en el RD ya no pone nada del acceso pues ya no lo tienen que guardar y lo facturan siempre. antes esto no pasaba, fue cagada del Gobierno y oportunidad bien aprovechada por las distribuidoras.

Al contrario, el derecho de extension se guarda durante 3 años en baja tension, por lo que NO tienes que pagarlo al aumentar si han pasado menos de 3 años.

El derecho de encgancha, a día de hoy, se paga siempre.

Resumiendo:

Costes a bajar la potencia de 6,9 a 2,3kW: 10,94€
Costes de subir de 2,3 a 6,9kW: Unicamente Derecho de acceso: 4,6*19,703137 = 90,63€ + 9,04€ (enganche)= 99,67€ + 21% IVA = 120,60€

Saludos.

Gracias por la aclaración @Iñaki!
Entonces, para que yo me aclare: en el primer año se pagaría 2 veces el derecho de enganche (uno para bajar y otro para subir), una vez el derecho de acceso y una vez el derecho de extensión. Los siguientes 3 años pagaría dos veces el derecho de enganche y una vez el de acceso; el de extensión no lo pagaría durante ese tiempo. Al cuarto año volvería a pagar como el primero, dos veces el de enganche, una vez el de acceso y una vez el de extensión.

En el caso que he puesto, al ser el primer año los cálculos serían correctos, perdería 31,21€. En los 3 años siguientes, suponiendo el mismo consumo y los mismos precios, los trámites con la doble potencia supondrían 131,53€, por lo que tendríamos unos gastos totales de 1.223,53€. Esto significa que con la doble potencia habría un ahorro anual de 65,47€ hasta el cuarto año, que tendía otra vez los 30 y pico euros de pérdidas. A la larga en 4 años tendría un ahorro de 165€, haciendo la media un ahorro de poco más de 40 euros anuales con un gasto anual de más de 1.200€.

Un saludo!
 
Gracias por la aclaración @Iñaki!
Entonces, para que yo me aclare: en el primer año se pagaría 2 veces el derecho de enganche (uno para bajar y otro para subir), una vez el derecho de acceso y una vez el derecho de extensión. Los siguientes 3 años pagaría dos veces el derecho de enganche y una vez el de acceso; el de extensión no lo pagaría durante ese tiempo. Al cuarto año volvería a pagar como el primero, dos veces el de enganche, una vez el de acceso y una vez el de extensión.

En el caso que he puesto, al ser el primer año los cálculos serían correctos, perdería 31,21€. En los 3 años siguientes, suponiendo el mismo consumo y los mismos precios, los trámites con la doble potencia supondrían 131,53€, por lo que tendríamos unos gastos totales de 1.223,53€. Esto significa que con la doble potencia habría un ahorro anual de 65,47€ hasta el cuarto año, que tendía otra vez los 30 y pico euros de pérdidas. A la larga en 4 años tendría un ahorro de 165€, haciendo la media un ahorro de poco más de 40 euros anuales con un gasto anual de más de 1.200€.

Un saludo!

Si pero no jeje, los derechos de extension no los pierdes a menos que estes con 2,3kW o cualquier potencia menosr a 6,9kW durante mas de 3 años, entonces perderias los 6,9kW y para subir si que los tendrias que pagar.

Mientras no superes los 3 años, se te guarda la extensiona a 6,9kW, lo unico que se pierde de inmediato es el derecho de acceso, eso tienes que pagarlo siempre por el motivo que he explicado del RD.

Ten en cuenta que se pueden negar como dice Miquel, todo es posible.

Espero te haya quedado mas claro.

Saludos.

PD: Creo que te entendido bien.... jejejeje que igual me he liado entre tanta fecha
 
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