Consulta Autoconsumo

miruro72

Fulgencio
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Buenos días

he escuchado (que no leido) un par de cosas qunsumo

en primer lugar, el tema del balance neto. Debo entender, que sea cual sea mi consumo y mi producción, siempre tendré que pagar, como mínimo, el mínimo de potencia de mi conexión + los impuestos correspondientes? Es decir, si tengo contratado 3,45 Kw, pagaré, al menos 10,89€ (+ IVA + Imp electricidad)/mes, aunque tenga la instalación en una casa sin consumo y con producción solar?

Y por otro lado, también he escuchado que puedo "ceder" o "compartir" mi energía producida con instalaciones localizadas hasta a 500m de mis placas. Está claro cómo se miden estos 500m? resulta que vino cerca de la casa de mis padres; si mido la distancia en linea recta sobre un mapa, a 400m, pero si lo mido por trayecto a pie (y por donde se supone que van los cables) son unos 600m. Pdría ceder mi energía sobrante a mis padres?

Gracias anticipadas.
 
Sobre el balance neto, que yo sepa efectivamente es así. Ten en cuenta también que el precio de "recompra" de lo que generes es bastante más bajo del que pagas tú por la electricidad, la cosa no es tan simple como "si gasto 30 kWh y genero 30 kWh con las placas, no tengo que pagar consumo".

Y sobre lo otro, piensa que una cosa es tener las placas a 500 m de tu casa, y otra que esas placas las conectes a la instalación eléctrica de otra casa, con otro contador y otro contrato. Eso no creo que te lo permitan, ni a 500 ni a 50 metros, salvo que lo montes de otra manera (como si fuera una comunidad de vecinos o así, que ahí ya me pierdo).

Pero bueno, yo sólo sé de oídas, por aquí hay gente más experta que te sabrá responder con más exactitud.
 
... también he escuchado que puedo "ceder" o "compartir" mi energía producida con instalaciones localizadas hasta a 500m de mis placas. Está claro cómo se miden estos 500m? resulta que vino cerca de la casa de mis padres; si mido la distancia en linea recta sobre un mapa, a 400m, pero si lo mido por trayecto a pie (y por donde se supone que van los cables) son unos 600m. Pdría ceder mi energía sobrante a mis padres?

Texto del RD capítulo 2 artículo 3:

g) Instalación de producción próxima a las de consumo y asociada a las mismas: Instalación de producción o generación destinada a generar energía eléctrica para suministrar a uno o más consumidores acogidos a cualquiera de las modalidades de autoconsumo en las que se cumpla alguna de las siguientes condiciones:
i. Estén conectadas a la red interior de los consumidores asociados o estén unidas a éstos a través de líneas directas.
ii. Estén conectadas a cualquiera de las redes de baja tensión derivada del mismo centro de transformación.
iii. Se encuentren conectados, tanto la generación como los consumos, en baja tensión y a una distancia entre ellos inferior a 500 metros. A tal efecto se tomará la distancia entre los equipos de medida en su proyección ortogonal en planta.
iv. Estén ubicados, tanto la generación como los consumos, en una misma referencia catastral según sus primeros 14 dígitos o, en su caso, según lo dispuesto en la disposición adicional vigésima del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Aquellas instalaciones próximas y asociadas que cumplan la condición i de esta definición se denominarán instalaciones próximas de red interior. Aquellas instalaciones próximas y asociadas que cumplan las condiciones ii, iii o iv de esta definición se denominarán instalaciones próximas a través de la red.


¿Alguien capaz de traducir qué significa lo de la "distancia entre los equipos de medida en su proyección ortogonal en planta"?
 
De todas formas entiendo que si se cumple el punto ii. Estén conectadas a cualquiera de las redes de baja tensión derivada del mismo centro de transformación, si se puede compartir la producción fotovoltáica, puesto que sólo pide que se cumpla "alguna de las condiciones". Me da que será la condición más fácil de cumplir.
 
¿Alguien capaz de traducir qué significa lo de la "distancia entre los equipos de medida en su proyección ortogonal en planta"?
Entiendo que es en línea recta sobre un plano. El contador puede estar a una cierta altura mayor o menor que el nivel de suelo por lo que hay que proyectar ortogonalmente (perpendicular) al suelo, hasta el nivel del suelo.
En Valencia, en muchos edificios antiguos los contadores están en la azotea y no es lo mismo medir en línea recta desde 30 m a nivel del suelo que desde el contador en la calle. Es cuestión de aplicar el teorema de Pitágoras. Lo mismo ocurre con los contadores a nivel de sótano.
Para facilitar cálculos se suponen que están todos los puntos de medida al mismo nivel.
 
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