Hola Miquel, contesto aquí para no contaminar
el hilo en el que te he leído lo de permitir dos potencias el mismo año.
Como puse en el otro hilo me parecía interesante para los que tenemos acumuladores siempre y cuando no tenga costes ocultos etc, pero leyendo aquí que habría que pagar los derechos de enganche, acceso y extensión, la cosa cambia mucho.
He hecho una simulación con los datos de mis facturas del año 2016, con las siguientes premisas:
- Consumo anual con acumuladores de 10.500 kWh anuales.
- Potencia de 6,9 kW contratados en enero, febrero, marzo, abril, noviembre y diciembre, y de 2,3 kW los meses de mayo a octubre. Esto implica que durante esos meses tendría derecho al Bono Social, lo cual he reflejado en los cálculos.
+ Con una potencia contratada (6,9 kW) me sale a pagar 1.289 € anuales
+ Con doble potencia contratada me sale a pagar 1.092 € anuales.
La diferencia es de 197 euros a favor de la doble potencia.
PERO
Como hay que pagar derechos tanto para subir como para bajar potencia:
- Derechos de enganche: 9,04€+IVA dos veces (una para bajar en abril y otra para subir en octubre): 21,88€
- Derechos de extensión: 17,37€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 96,68€
- Derechos de acceso: 19,70€*(6,9-2,3)+IVA en octubre: 109,65€
- Total a pagar por los trámites 228,21€
+ Con la doble potencia en total serían 1.320,21€.
La diferencia final es de 31,21 euros a favor de la potencia única.
O sea en mi caso bajando una barbaridad de potencia y aplicando el bono social saldría perdiendo, incluso sin contar otros costes como por ejemplo que cada vez que quieras subir te pidan un depósito o que tengas que hacer un nuevo boletín, y aplicando el Bono Social que no está claro si lo aplicarían a no ser menos de 3 kW durante todo el año ... Como has dicho, ésto sólo puede interesar en casos muy muy concretos y puntuales, revisando muy bien cada caso y teniendo en cuenta muchos factores.
Un saludo!