Buenas:
Según esta Circular de la CNMC a primeros de abril de 2021 tendríamos cambios en la metodología de los sistemas de facturación (ya lleva tiempo retrasándose). Si estáis al tanto, ¿pensáis que se cumplirán estos plazos o nuevamente se demorarán? Va a tener un impacto importante (cuando se lleve a cabo).
Muchas gracias, un saludo a todos.
Artículo único.Modificación de la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.El apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad se sustituye por el siguiente:«1. Las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos a lo dispuesto en esta circular antes del 1 de abril de 2021.»Disposición final única. Entrada en vigor.La presente circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».Madrid, 22 de julio de 2020.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Cani Fernández Vicién
Según esta Circular de la CNMC a primeros de abril de 2021 tendríamos cambios en la metodología de los sistemas de facturación (ya lleva tiempo retrasándose). Si estáis al tanto, ¿pensáis que se cumplirán estos plazos o nuevamente se demorarán? Va a tener un impacto importante (cuando se lleve a cabo).
Muchas gracias, un saludo a todos.
Artículo único.Modificación de la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.El apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad se sustituye por el siguiente:«1. Las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos a lo dispuesto en esta circular antes del 1 de abril de 2021.»Disposición final única. Entrada en vigor.La presente circular entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».Madrid, 22 de julio de 2020.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Cani Fernández Vicién