Tripiton
Fulgencio
La ley de VPO es exactamente lanlisma para toda España, incluido que el piso no se puede vender hasta pasados 10 años desde la entrega ( a no ser lo que pidas a la administración por algun motivo como divorcio...)
Me temo que no es así. Aquí el piso se puede vender en cualquier momento. Si es durante el primer año, al mismo precio de la compra inicial. Si no, con unos precios máximos determinados por el departamento de vivienda.
Y respecto a la calificación como VPO:
https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2008/03/0801810a.pdf
Artículo 11.– Duración del régimen de protección oficial. Descalificación.
1.– Las viviendas y locales que sean objeto de calificación definitiva con arreglo a lo previsto en el presente Decreto, mantendrán permanentemente la misma, y por lo tanto, su naturaleza de protección oficial.
2.– Las viviendas de protección oficial no podrán ser descalificadas, salvo el supuesto de viviendas sometidas a cualquier régimen de protección oficial destinadas a realojos, que podrán ser descalificadas a petición de las personas realojadas o sus causahabientes, una vez transcurridos 20 años a contar desde la fecha de su calificación definitiva.
3.– El plazo de calificación de las viviendas de protección oficial que no hubiesen sido calificadas con carácter permanente, podrá ser ampliado por Resolución del Delegado Territorial a petición del titular de la misma.
Salvo que te asignen una VPO como realojo tras haber salido de un piso libre (casos contados con las manos), en euskadi las VPO son VPO para siempre.