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Te refieres a que si reclamas te lo empiezan a aplicar? No entiendo lo de "te la leen al reclamar"...Ha sido la CNMC, me han dicho que los listos han emitido circular diciendo que autoriza cobro de suplemento DEL GOBIERNO a partir del año...
En repsol y naturgy te la leen al reclamar. ..
Te refieres a que si reclamas te lo empiezan a aplicar? No entiendo lo de "te la leen al reclamar"...
Y te lo pueden cobrar con carácter retroactivo? Qué fuerte...
En el momento que te aplican el suplemento del gobierno, llamas por que tienes una tarifa largo plazo a reclamar.
Te dicen que tienen una circular de la CNMC en el que autoriza su cobro sobre planes a largo plazo.
Ver el archivos adjunto 18301
¿Y por que siempre hacen una pequeñísima modificación de un microcentimo?
La cláusula se puede aplicar al vencimiento de contrato tal y como aclara la CNMC. Lo que estos han hecho es recortar de 24 a 12 meses y hacer un mini cambio. Pero resulta que debes respetar la duración del contrato para poder hacerlo, y ellos han cambiado la duración del contrato porque sí. Y ahí está el truco que tenemos que denunciar.Para probablemente acogerse a la clausula de modificación del contrato si alguien se pone a reclamar formalmente.
El mini cambio y la nueva duración tienen que notificarlo con un mes de antelación a aplicarlo si hay modificaciones de las condiciones contratadas, no es legal colarlo en la actualización anual sin informarlo.La cláusula se puede aplicar al vencimiento de contrato tal y como aclara la CNMC. Lo que estos han hecho es recortar de 24 a 12 meses y hacer un mini cambio. Pero resulta que debes respetar la duración del contrato para poder hacerlo, y ellos han cambiado la duración del contrato porque sí. Y ahí está el truco que tenemos que denunciar.
Ahí está el tema. Tienen que hacerlo un mes antes del vencimiento del contrato. Si es un contrato de dos años, no pueden hacerlo hasta, como muy tarde, el mes 23. Estos listos lo que han hecho es anunciarlo como si el contrato fuera de 12 meses, que no es lo que aparece en las condiciones particulares y a la vez, ahorran te cambian la fecha del vencimiento del contrato a 12 meses porque ellos lo valen. Esta mañana he presentado la reclamación en Consumo. Ya os iré contando.El mini cambio y la nueva duración tienen que notificarlo con un mes de antelación a aplicarlo si hay modificaciones de las condiciones contratadas, no es legal colarlo en la actualización anual sin informarlo.