Pero en el primer caso no te deduce del total, sino de la cantidad sin ayudas. Lo pone en el cálculo. Que te dedujeras del total incluidas era lo que me parecía fiscalmente inviable.En Navarra: punto 3.6, pg. 45, y caso práctico, pg. 46:
Aun así está muy bien
El segundo caso ya si que cortocircuito total.