Problema Factura Iberdrola: Consumo

Bueno aquí lo importante es que lo arreglen para las próximas facturas, y si pueden re calcular las del ultimo año pues que lo hagan.

Al final si cuando cambiaron los contadores no te distes cuenta que las facturas "subían mucho" respecto las del contador analógico pues señal que no tendríais consumos tan dispares tu vecino y tu.

¿Por curiosidad, ambos tenéis la misma potencia contratada y ambos discriminación horaria? si es asi la diferencia es solo de consumo, con potencias distintas supongo que se hubiera notado más la diferencia entre las facturas.
 
Otra actualización.

Esta mañana he puesto la reclamación en la comercializadora. Me dicen que la distribuidora no tardará en arreglar el cruce (mediados de semana) y que quizás hacia finales se sepa algo sobre la refacturación y el periodo que acabarca.

Espero que lo refacturen todo. Los tres años. Desde que instalaron los nuevos contadores, el vecino ha consumido yo ha consumido unos 4.000 kW más que yo.

Buceando un poco en la normativa vigente, y después de hablar con el servicio territorial de industria y energia de mi zona he llegado al artículo 96 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:

Comprobación de los equipos de medida y control.


1. Tanto las empresas distribuidoras y, en su caso, las comercializadoras o el operador del sistema, como los consumidores, tendrán derecho a solicitar, del órgano de la Administración competente donde radique la instalación, la comprobación y verificación de los contadores, interruptores de control de potencia (ICP) y otros aparatos que sirvan de base para la facturación, cualquiera que sea su propietario.


2. En el caso de comprobarse un funcionamiento incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.



Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento ni el periodo a rectificar de un año.



Si se hubieran facturado cantidades superiores a las debidas, deberán devolverse todas las cantidades indebidamente facturadas en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver.



En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero vigente en el momento de la refacturación. En el caso de que el error sea de tipo administrativo, los cobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento que el señalado anteriormente.

Interpreto que al vecino (al que han facturado cantidades inferiores a las debidas) no le pueden exigir nunca más allá de un año. Mi caso (facturación de cantidades superiores) que se regula en el siguiente párrafo no viene acompañado de dicha limitación temporal, por lo que tengo pleno derecho a solicitar (y que se me conceda) la devolución total, y le tocaría a Iberdrola rascarse el bolsillo ellos.

¿Que opinais?

Gracias por todas las respuestas. Me vais acompañando en la aventura.
 
Última edición:
Espero que no condicionen el dinero que te deben a que tu vecino pague lo que les debe.
Y espero que tu vecino no te pinche las ruedas del coche.
Mucha suerte !
 
También otro sobre un cruce de contadores de Gas:
Tres años pagando las facturas del vecino de arriba
En su caso sí le devolvieron (aprox.) todo lo pagado de más durante los últimos 3 años. Y ya se vería luego cómo se lo cobraban al otro vecino.
Así que, si hay voluntad, la Comercializadora podría hacer algo. Supongo que no la hay.

No obstante, entiendo que potencialmente podrías seguir reclamando (ya fuese a la Comercializadora, o a tu Vecino), meterte en juicios si llega el caso, etc. Si dispones de asesoramiento jurídico, pregunta a ver.

En el caso peor, quédate con que a partir de ahora te van a cobrar lo tuyo...
 
Lo justo seria que el error de la distribuidora lo asumiera esta, al perjudicado devolverle todo y al que se ha beneficiado no exigirle nada.

Tu en todo caso mira de defender que te recalculen desde el cambio de contador y que abonen esos 4000kwh íntegros.

Tu vecino si esos 4000kwh son de 3 años, le tocara pagar 1333kwh del ultimo año, a 0.12€ el kwh a día de hoy y sin aplicar DH pues unos 160€.
 
Por preguntar a un asesor jurídico que no quede, pero por 4000kwh a 0.12EUR el kwh no va a valer la pena meterse de juicios.

Al revés, a quien no le interesa meterse en juicio es a la compañía, porque una reclamación de 480€ va por juicio verbal, en la que tú no necesitas abogado ni procurador y el trámite no va más allá de ir a presencialmente a explicarle al juez tu demanda. Pero la compañía es una persona jurídica, y por tanto necesariamente necesita ir representado por alguien, el abogado. Y si un juez borracho no te diera la razón, al ser verbal no hay condena en costas.

Por tanto tú no tienes nada que perder, pero la compañía no tiene nada que ganar.
 
Tu vecino si esos 4000kwh son de 3 años, le tocara pagar 1333kwh del ultimo año, a 0.12€ el kwh a día de hoy y sin aplicar DH pues unos 160€.

Que además se lo prorratearían en 12 meses, por lo que sería un plus de apenas 13 eur al mes. Y que no se queje, porque aún se ha ahorrado 2.000 y pico kWh en los dos años anteriores que ya han "prescrito".
 
Al revés, a quien no le interesa meterse en juicio es a la compañía, porque una reclamación de 480€ va por juicio verbal, en la que tú no necesitas abogado ni procurador y el trámite no va más allá de ir a presencialmente a explicarle al juez tu demanda. Pero la compañía es una persona jurídica, y por tanto necesariamente necesita ir representado por alguien, el abogado. Y si un juez borracho no te diera la razón, al ser verbal no hay condena en costas.

Por tanto tú no tienes nada que perder, pero la compañía no tiene nada que ganar.

Sí, si por importes pequeños no acarrea gastos pues ya es otra cosa.
 
Otra variable, como luego dice el usuario afectado, es comprobar que la numeración marcada en el contaor de telegestión coincide con el número que viene reflejado en la factura.
 
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