Se debe legalizar siempre?

charchero

Fulgencio
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He echo para mí una instalación muy simple 2 paneles, solo para un foco led. Esta en medio de la ciudad. En este caso se debe legalizar?
 
Entiendo que estás conectado a la red y que, en algún momento, parte de la energía será enviada a la red. En este supuesto, sí que es "de ley" darse de alta.

Otra cosa es que el tema de la legalización te sea fácil. A menudo quien tiene instalaciones de este tipo no se da de alta
 
No soy experto pero hasta donde yo se aunque no esté conectada a red tendría que legalizar igual, no? cualquier instalación eléctrica o reforma hay que legalizarla (en teoría)
Pero según esa regla de tres, el despertador de mi mesilla, que lleva dos pilas AA de 1,5V, es una instalación eléctrica no conectada a la red, ¿no?

Imagino que, o bien habrá unos mínimos para tener que legalizar la instalación (y dos placas para una luz LED como que no lo veo), o directamente lo que no esté a la red no hace falta, tú verás lo que haces como hobby en tu casa.
 
Realmente no lo se, pero supongo que por mucho offgrid que sea, si la instalación está en un local, vivienda, negocio o demás, tiene que estar legalizada conforme al REBT, de la misma forma que tendrá que estar legalizada su conexión al saneamiento, su proyecto de construcción y reforma, etc.

Otra cosa es que estamos acostumbrados a pasar por alto la legalización de la mayoría de las cosas aquí en España (supongo que en otros países también), pero tengo familiares en otros países más centroeuropeos que para pintar la fachada han tenido que solicitar permiso al ayuntamiento y esperar que se reúna la comisión para ver si el color estaba conforme.
 
No soy experto pero hasta donde yo se aunque no esté conectada a red tendría que legalizar igual, no? cualquier instalación eléctrica o reforma hay que legalizarla (en teoría)
Bueno, no es lo mismo un sistema a 12V que alimenta dos luces que una instalación fotovoltaica aislada de una casa.

Pero teniendo en cuenta que ha dicho dos placas he pensado que era lo primero...
 
He echo para mí una instalación muy simple 2 paneles, solo para un foco led. Esta en medio de la ciudad. En este caso se debe legalizar?
Según yo sé, no hay que legalizar nada, mientras la corriente del sistema fotovoltaica no comunique con la corriente de la red pública. Mientras las dos placas de charchero solo alimenten a unos focos LED, no debe preocuparse. Un "foco LED solar" de los que venden en el brico -que básicamente es lo mismo- tampoco hay que legalizarlo.
Otra cosa son los kits de placa con micro inversor que se venden para "reducir el consumo". Un micro inversor inyecta a la red, lo que significa un riesgo potencial, por lo que legalizar es obligatorio - aunque muchos no lo hagan.
 
Última edición:
Bueno, no es lo mismo un sistema a 12V que alimenta dos luces que una instalación fotovoltaica aislada de una casa.

Pero teniendo en cuenta que ha dicho dos placas he pensado que era lo primero...

Lo único que veo al respecto es esto:

6. No se aplicarán las prescripciones generales, sino únicamente prescripciones específicas, que serán objeto de las correspondientes ITCs, a las instalaciones o equipos que utilizan «muy baja tensión» (hasta 50 V en corriente alterna y hasta 75 V en corriente continua), por ejemplo las redes informáticas y similares, siempre que su fuente de energía sea autónoma, no se alimenten de redes destinadas a otros suministros, o que tales instalaciones sean absolutamente independientes de las redes de baja tensión con valores por encima de los fijados para tales pequeñas tensiones.

Tampoco me queda claro que esto no implique legalizar
 
Hola pues me pensaba yo que la respuesta era más sencilla pero veo que existe lío al respecto.

No está conectada a la red, la energía que producen las placas van a parar a una batería que tengo en el interior. Es un local en el que no hay luz eléctrica ni me interesa ponerla porque se usa solo una bombilla veces puntuales y me salía más económico las placas.
 
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