Un contador o dos?

Esto puede ser más o menos difícil dependiendo de la ubicación del local. Sin olvidar que probablemente esté fuera de normativa...
No es dificil, incluso podría hacerlo alguien con unos mínimos conocimientos . En edificios nuevos todos los contadores están juntitos en su cuarto y perfectamente identificados.

Si en un futuro decide alquilar o vender, solo tiene que deshacer el puente y solicitar para el local el suministro eléctrico (contador incluído).

Como ya dije, aparte están las cuestiones de normativa o habitabilidad que, de hacerlo, no cumpliría.
 
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Yo creo que es un tema de que vas a complicar la instalación de una forma no prevista simplemente para tu caso.

Pongamos que se ha previsto que cada vivienda y cada local tenga su contador, y su cuadro de protección. Entonces se habrá previsto canalizaciones para las derivaciones individuales que van desde la centralización o centralizaciones de contadores hasta cada vivienda. Es posible que haya varias centralizaciones de contadores, por ejemplo, una para las viviendas y otra para los locales.

Por la normativa es necesario que una instalación individual tenga un solo cuadro de protección dotado de un interruptor de corte general. Con ese planteamiento, tendrías que seleccionar en qué estancia vas a tener el cuadro general asociado al suministro, si en la vivienda o en el local, y después habría que tener una canalización para llevar un cable de alimentación al cuadro secundario de la otra vivienda o local, que no puede pasar por la centralización, sino que ha de tener otro recorrido (y eso suponiendo que compartieran centralización). Vamos, que estás pidiendo algo para ti que rompe por completo la distribución y la ejecución de la instalación eléctrica del domicilio.

Además, después quedan otras cuestiones, como saber a lo que llamas "local". Si es susceptible de convertirse en un local comercial o de acceso público, a lo mejor hay que aplicarle otro tipo de normas para locales de pública concurrencia, etc. que no se aplican a viviendas y te ves con una instalación híbrida difícil de legalizar. También lo que te han comentado anteriormente, la posible segregación en el futuro que deje algo difícil de arreglar.

Este es uno de los motivos por los cuales en la mayoría de las comunidades de pisos los locales y trasteros tienen suministro comunitario en lugar de consumir de la propia vivienda.
Es un local o trastero grande, independiente del trastero que va con el piso. No podrá nunca ser un local comercial, ya que no tiene acceso a la calle al estar en el patio de luces de la finca.
Yo creo que es un tema de que vas a complicar la instalación de una forma no prevista simplemente para tu caso.

Pongamos que se ha previsto que cada vivienda y cada local tenga su contador, y su cuadro de protección. Entonces se habrá previsto canalizaciones para las derivaciones individuales que van desde la centralización o centralizaciones de contadores hasta cada vivienda. Es posible que haya varias centralizaciones de contadores, por ejemplo, una para las viviendas y otra para los locales.

Por la normativa es necesario que una instalación individual tenga un solo cuadro de protección dotado de un interruptor de corte general. Con ese planteamiento, tendrías que seleccionar en qué estancia vas a tener el cuadro general asociado al suministro, si en la vivienda o en el local, y después habría que tener una canalización para llevar un cable de alimentación al cuadro secundario de la otra vivienda o local, que no puede pasar por la centralización, sino que ha de tener otro recorrido (y eso suponiendo que compartieran centralización). Vamos, que estás pidiendo algo para ti que rompe por completo la distribución y la ejecución de la instalación eléctrica del domicilio.

Además, después quedan otras cuestiones, como saber a lo que llamas "local". Si es susceptible de convertirse en un local comercial o de acceso público, a lo mejor hay que aplicarle otro tipo de normas para locales de pública concurrencia, etc. que no se aplican a viviendas y te ves con una instalación híbrida difícil de legalizar. También lo que te han comentado anteriormente, la posible segregación en el futuro que deje algo difícil de arreglar.

Este es uno de los motivos por los cuales en la mayoría de las comunidades de pisos los locales y trasteros tienen suministro comunitario en lugar de consumir de la propia vivienda.
Es un local o trastero grande. Aparte está el trastero que viene con el piso. Nunca podrá tener acceso público por que no hay salida a la calle, solo al patio de luces de la finca. La constructora propone un contador para el local y otro para el piso. Por eso tengo esa duda, si legalmente se puede conectar como yo pretendo. Gracias por la explicación, entiendo lo que has escrito.
 
Aunque ahora digas "no tengo intención de venderlo", las normativas se hacen para todos los supuestos, no para el tuyo concreto.

Te puse el ejemplo de dos pisos por que veas que así no tendría sentido...

Te pongo otro ejemplo, el de los trasteros, los cuales generalmente se pagan por la comunidad y se reparten los costes entre todos. Para que veas que incluso siendo un trastero parte inseparable de la vivienda, no comparten contador con los pisos a los que pertenecen.
Perdona, pensé que no me habia explicado bien. Entiendo la comparación, pero así como en el caso de los dos pisos lo veo lógico y en el de los trasteros también(por ser lo típico de toda la vida), en este caso no lo veo tan claro, al ser un local interior que nunca podrá ser un negocio.
 
Al margen de cuestiones de normativa o de habitabilidad, lo tienes fácil.
Contratas un electricista y que desde tu contador puentee a la entrada del local y listo,
Se que así podría hacerlo, la duda es si está prohibido o legalmente se puede hacer.
 
Yo diría que ilegal no es, al menos no del todo (no encontré nada al respecto en el REBT); al fin y al cabo, no te estás "enganchando" a un vecino, al alumbrado público, etc.
Entiendo que como mucho sería "alegal".
En mi opinión, sería similar a llevar luz a un cobertizo dentro de tu finca.
 
No te compliques la vida, simplemente pide un tubo vacio desde el cuadro eléctrico de la vivienda al sitio previsto para el cuadro eléctrico del local.

No obstante para iluminación y poca cosa te vale con contratar 0,5 kW, cuya cuota fija es mínima.
 
Habitualmente, si es una vivienda nueva, para contratar el suministro eléctrico con la distribuidora de la zona, te va a pedir la cédula de habitabilidad y/o el título de propiedad (escritura) y algún otro documento más.

Para dar de alta la luz, necesitarás tener a mano la siguiente la documentación básica:
  • Cédula de habitabilidad. Si la vivienda es de nueva construcción necesitarás la Licencia Primera Ocupación o de Primera Apertura.
  • Boletín Eléctrico (o Certificado de Instalación de Baja Tensión) expedido por un electricista acreditado.
  • Fotocopia del DNI, Pasaporte NIE o Certificado de Autónomos. Si el nuevo punto de suministro eléctrico es para una empresa necesitarás una fotocopia el CIF e indicar el cargo del solicitante.
  • Datos bancarios para el pago de los derechos de acometida y enganche.
Con todo eso en regla, la distribuidora te asignará un CUPS que te servirá para contratar con una comercializadora, que puede ser de otro grupo empresarial distinto del de la distribuidora o el mismo, según quieras.
En resumen, no veo la manera de hacer las cosas bien para que con un solo contrato y un solo contador tengas electricidad en la vivienda y en el local del sótano, salvo que, como bien dice Irenergía, sea un trastero con luz comunitaria, que da para una bombilla y nada más, aunque a veces hay "listos" que se instalan un arcón congelador en el trastero, mantenido con la electricidad comunitaria.
 
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