¿Por qué posiblemente tu instalación de aire acondicionado sea ilegal?

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Quizás en casa tengas un split mural, en tu oficina haya una máquina de conductos o visites habitualmente algún local con un sistema de climatización, en este post vamos a ver porqué la gran mayoría de instalaciones de aire acondicionado no cumplen la ley.

Aire acondicionado ilegal

Aunque existen equipos compactos sin tubería de gas refrigerante (explicado más a fondo en el ebook No Solo Splits), lo más normal es que una instalación de aire acondicionado doméstica o comercial conste de una unidad interior (o varias) y una exterior unidas por una tubería frigorífica aislada.

Lo más común es que para realizar esta unión se utilice tubería bitubo preaislada, que no es más que dos tubos unidos con el aislamiento incorporado, se venden en rollos de 20m y facilitan mucho la instalación.

tubería aire acondicionado

La alternativa a esto sería instalar dos tuberías de cobre, y luego recubrirlas con coquillas de aislamiento, lo cual resulta mucho más costoso en términos de tiempo de trabajo y material. Este tipo de montaje se suele ver en obras grandes para la administración pública y poco más, en general se instalan las tuberías tipo bitubo preaislado anteriores. Diferenciarlas es sencillo, en el primer caso el aislamiento suele ser blanco y en el segundo negro.

tuberia aislamiento

Veamos que dice la legislación en España sobre estos temas:

Código técnico de la edificación

En el apartado relativo a la seguridad en caso de incendio del código técnico de la edificación se especifica la clase de reacción al fuego que deben de tener los elementos constructivos, donde además se incluyen las tuberías (nota 2) que discurren por falsos techos.

CTE

Aquí se especifica que la clase de reacción al fuego de estas tuberías (y su aislamiento) debe ser al menos BL-s3,d0 , no voy a entrar en explicaciones a fondo de esta clasificación, solamente diremos que A es la más restrictiva y F la menos. Lamentablemente las tuberías bitubo preaisladas no cumplen esta clasificación, lo normal es que sean como mucho CL-s1,d0.

En la nota 1 se señala que si la superficie total del elemento (el aislamiento) no es superior al 5% del conjunto de techos o suelos del recinto entonces no tiene porqué cumplir esta clasificación. En algún caso es posible que estemos por debajo de este valor, pero es fácil superarlo, veamos un ejemplo:

Clásico 1x1 de conductos que está en el falso techo del baño de una oficina y la unidad exterior en la fachada, para llegar hasta allí la tubería discurre por un falso techo de un pasillo que tiene 4mx1m, o lo que es lo mismo 4m2, por lo que el área de aislamiento de los tubos no podría superar 4m2*5%=0,2m2. Estos tubos son de tamaño 3/8 5/8 por lo que en esos 4m lineales tendrán una superficie externa (bitubo preaislado) de 0,8m2, superior a los 0,2m2 permitidos en este caso.

tubo aire acondicionado

Es cierto que en algún otro ejemplo quizás estemos por debajo de este 5%, pero en muchos casos no.

En el caso de la tubería de cobre recubierta por coquilla aislante (negra) sí resulta más sencillo encontrar fabricantes que ofrezcan la coquilla que cumple con la clase de reacción al fuego requerida.

tubo cobre

Me comenta el Nergizo Oliver en los comentarios de este post que la última edición del CTE excluye las viviendas en este caso, por lo que esto solo sería aplicable a locales comerciales, aunque el siguiente punto sí se aplica a viviendas y ahora veremos porque no tiene cabida legalmente el conocido bitubo aislado tampoco en viviendas.

 

Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios

Aquí el tema está todavía más claro, el reglamento pide los siguientes espesores de aislamiento para tuberías frigoríficas

RITE

Como vemos, en el interior de edificios, el mínimo aislamiento posible sería 10mm, mientras que las tuberías tipo bitubo preaislado suelen ser de 6 o 9mm solamente, por lo que tampoco cumplirían en este caso.

En el caso de usar tubería aislada posteriormente con coquilla (negra), sí podremos encontrar todo tipo de espesores a nuestra disposición para cumplir con la tabla anterior.

 

Conclusión

Todo esto no quiere decir que si tienes un split montado con tubería bitubo preaislada tengas que echarte las manos a la cabeza y llamar a un instalador para que te cambie los tubos, la mayoría de instalaciones son como la tuya.

Obviamente este no es el único motivo por el cual muchas instalaciones de aire acondicionado no cumplen la ley, si nos ponemos a revisar la legislación con lupa encontraremos más sorpresas de las que hablaremos en futuros posts.

Desconozco si existe alguna forma de evadir esto basándose en algún otro condicionante de ambas normativas, yo no lo he encontrado, pero si tu, Nergizo, lo conoces, no dudes en compartirlo en los comentarios de este post.

Si necesitas que te ayude con tu caso particular, puedes usar el servicio de consulta PRO para enviarme tu duda junto con toda la información necesaria (planos, presupuestos recibidos, etc.) y te responderé en un plazo de 2 días.

18 comentarios en «¿Por qué posiblemente tu instalación de aire acondicionado sea ilegal?»

  1. Excelente! Creo recordar que ofreciste en Twitter redactar este post. Yo fui una de las (espero que muchas) personas que te dijo que sería un tema interesante a tratar. Y opino igual después de leerlo! Aunque ni se me ocurrió que tuviera relación con la prevención de incendios! XD
    Por mi parte, opino que, quien debería estar al tanto y cumplir esta normativa son los instaladores. Que también son personas y, si encargan algo para su casa, no les gustará, creo yo, que no cumpla con las normativas.
    En mi caso en concreto, cuando cambié el a/a con bomba que había en mi vivienda cuando entré a vivir, pusieron tubo doble blanco en el exterior para conectar la máquina. El que venía con la instalación original (que es posterior a la construcción del piso) llevaba en todas partes tubo negro (posiblemente porque el blanco doble no existía). Así pues, deduzco que mi instalación entra en la legalidad, aunque por como estaba el tubo negro en el exterior, dudo que la coquilla aísle mucho ya, conque no sé qué es peor...
    Perdón por el rollo! XD

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  2. Y si sumamos el tema de unidades exteriores colgadas en fachada sin permiso comunitario o contraviniendo normas del Ayuntamiento yo creo que si acaso uno de cada 10 aprueba, siendo optimistas...

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  3. La clase de reacción al fuego no es de aplicación dentro de las viviendas como aclara la última tabla 4.1 del DB-SI. La tabla que usas fue corregida en 2010.

    Para el resto de usos y dependiendo de su normativa si que sería de aplicación.
    Un saludo.

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    • He estado consultando la tabla actualizada de 2010 y no veo diferencia con la de este post.

      Supongo que te refieres a la nota 4: " Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En uso Hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidos."

      Esta nota hace referencia solo a la primera línea de la tabla (zonas ocupables), pero nuestro casos (falsos techos) es la última línea (espacios ocultos...) donde no aparece la nota 4 por lo que no se puede aplicar ahí (entiendo yo).

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      • Hola Carlos, te copio literalmente lo que pone la tabla actual del DB-SI:

        Espacios ocultos no estancos, tales como patinillos, falsos techos y suelos elevados (excepto los existentes dentro de las viviendas) etc. o que siendo estancos, contengan instalaciones susceptibles de iniciar o de propagar un incendio.

        https://www.codigotecnico.org/images/stories/pdf/seguridadIncendio/DBSI.pdf
        Pagina 15.

        Esto va en consonancia con la idea actual del DB-SI de no entrar "todavía" a legislar duramente dentro de las viviendas. Es por lo que no tenemos detectores de incendio dentro de las viviendas, por ejemplo. Lo que facilita mucho las cosas, aunque esto va a cambiar seguro en breve.

        Un saludo.

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        • Pues sí, en ese sentido tienes toda la razón, había visto por encima la tabla y me parecía idéntica a la anterior, pero no caí en ese paréntesis, que de todas formas no parece bien redactado y si se toma literalmente el "(excepto los existentes dentro de las viviendas)" sería solo de aplicación a los "suelos elevados" ya que añade un "etc" después del paréntesis y no antes.

          Edito el post excluyendo viviendas del primer apartado, aunque sigue sin poder utilizarse ese tipo de tubo por el tema del espesor, por lo tanto estamos en el mismo problema.

          Gracias por avisar!

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  4. ¿Sabéis si se puede sustituir el "aislante" blanco salchichero por coquilla negra, estando montado en exterior, sin necesidad de desmontar tubería? ¿Serviría coquilla gris pre-cortada, para meterla sin tener que liarla muy parda?

    Tengo una instalación y el aislante original se está cuarteando, dejando (más) al descubierto el cobre, y me preguntaba qué solución podría darle sin tener que requerir la intervención de un técnico de AA para desconectar y conectar tubos...

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    • En exterior deberías de tener algo además del aislante (ya sea blanco o negro) ya que no es un material de intemperie y se degrada. Puedes poner una coquilla abierta como dices y luego revestirlo con algún tipo de chapa de aluminio fina.

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        • Forrarlo con cinta de aluminio, quedando a la vista... me da que la responsable de estética no me lo va a aprobar. ¿Qué pasa si el aislante se deteriora y no se sustituye? ¿Se pierde mucha energía por ahí realmente?

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          • Echa un vistazo a esto: https://www.kaimann.com/es-es/products/elastomeric-foams-with-covering/benefits?sid=892
            El aislante es fundamental, más si la tubería está en el exterior, no dejes el cobre a la vista, además puede deteriorarse y terminar en fuga

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  5. Nosotros como empresa instaladora siempre utilizamos el cobre con coquilla negra efectivamente es la unica a dia de hoy que yo sepa que previene bien los incendios.

    La cosa que la mayoría de los instaladores que utilizan bitubo yo creo que es por 2 cosas, es mas barato y es cierto que ahorra mucho tiempo en la hora de la instalación, por otra parte algo que me gustaría averiguar es a calidad real de este cobre, ya que si pruebas a manipularlo es mucho mas facil de estrangular que el cobre de toda la vida ( el que hay que ponerle coquilla).

    Otra cosa que se me viene a la cabeza en cuantas instalaciones de locales comerciales con tubería vista bitubo habéis visto? véase restaurantes como Fosters, Fridays etc.. esas instalaciones si deben de ser legalizadas y pasar por industria, es otro motivo por el que dudar del bitubo, al menos para nosotros.

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  6. El RITE, en el punto 1.2.4.2.1.1 Generalidades, punto 3: 3. "Los equipos y componentes y tuberías, que se suministren aislados de fábrica, deben cumplir con su normativa específica en materia de aislamiento o la que determine el fabricante. En particular, todas las superficies frías de los equipos frigoríficos estarán aisladas térmicamente con el espesor determinado por el fabricante".
    Por otro lado para el tema de aislamientos propone dos métodos: Con procedimiento simplificado, en principio esas tablas vienen dadas según RITE para una conductividad térmica del aislante de 0.04 W/mk a 10ºC...para valores diferentes propone una ecuación de cálculo para el espesor mínimo. De una ficha técnica de un fabricante, (tubo de 1/4"-1/2", espesor de 6mm, conductividad 0.036W7mk), aplicando la fórmula me sale espesor mínimo de 5,49mm si mis cálculos son correctos, por lo que en principio cumpliría RITE. Habría una segunda opción, que denomina "procedimiento alternativo", que entiendo es el método que aplican los fabricantes para ajustarse a normativa.

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    • No se como has hecho los datos, pero con 0.036 me salen 8.5mm en vez de 10mm que piden con 0,04W/mK, no los 5,49mm que te dan a ti.

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      • Hola, qué tal ? Soy nuevo por aquí pero he visto que tratáis temas muy prácticos y utiles. En concreto este asunto de si la tubería bitubo con 9 mm de aislamiento cumple con ley o no es un tema que estaba investigando sin conseguir una respuesta clara por parte de los vendedores en instaladores. Sabéis si hay alguna conclusión? Cumplen con RITE?
        Gracias
        Saludos

        Responder

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