¿Puedo cargar mi coche eléctrico en el garaje comunitario?

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Cuando hablamos con un Fulgencio, uno de sus principales argumentos en contra de la electromovilidad suele ser: "Buah... y tengo que instalar una base de carga en el garaje, seguro que costará un trillón de euros por lo menos y tendré que pedir permiso a la comunidad, con lo que odio al del 5º seguro que dice que no y ya no puedo hacer nada". Veamos la poca razón que tiene Fulgencio en este caso y como puede solucionar su problema (si quiere).

Cargar coche eléctrico en garaje comunitario

 

¿Tengo que pedir permiso a la comunidad?

No, Fulgencio no tiene que pedir permiso a la comunidad para instalar un punto de recarga para su coche eléctrico en su plaza de garaje. El 23 de noviembre de 2009 se publicó en el BOE número 283 la Ley 19/2009, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, y en su tercer artículo se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para que no haya que someter la instalación de un punto de recarga a la aprobación de una junta de propietarios.

Solo es necesario informar por escrito, de manera oficial, al presidente de la comunidad o administrador de la finca, de que se va a realizar la instalación, y guardar copia del documento con fecha y sello o firma.

 

¿Tengo que coger corriente del contador de mi piso?

Según la ITC52 (instrucción técnica complementaria) del REBT, hay varias formas de instalar tu punto de recarga de coche eléctrico.

1.- Esquema colectivo o troncal con un contador principal en el origen de la instalación.

Se pondría un contador general en la sala de contadores del edificio (o en una nueva sala si no hay espacio) destinado a la línea que va al garaje para carga de coches eléctricos, en esta línea se "colgarían" contadores individuales para cada plaza.

Esquema 1 carga coche eléctrico

 

2.- Esquema individual con un contador común para la vivienda y la estación de recarga.

Esta parece la opción más sencilla, a la salida del contador de tu vivienda instalas una línea que vaya a tu plaza de garaje. Da la opción de instalar un segundo contador en la plaza pero esto es "opcional".

Aquí la función de ICP la haría el contador digital, por lo tanto es imprescindible contar con él. El mayor problema de este esquema es el rearme del ICP digital en caso de disparo, como sabemos es necesario desconectar las cargas para rearmar, por lo que parece que tocaría bajar al garaje si no contamos con ningún dispositivo que lo evite.

Esquema 2 carga coche eléctrico

Lo interesante de este esquema es que si tienes la sala de contadores en el nivel 0 de tu edificio, será "relativamente fácil" llevar la línea hasta el -1 o -2 sin necesidad de subir hasta tu vivienda ni instalar contadores adicionales.

3.- Esquema individual con un contador para cada estación de recarga.

Este esquema consiste en montar contadores independientes para cada estación de carga en la propia sala de contadores del edificio (o en una nueva), y luego llevar una línea para cada plaza de garaje.
Esquema 3 carga coche eléctricoEsta opción "mola" más que la 1, pero requiere líneas independientes para cada coche desde la sala de contadores, lo que puede representar un buen mazo de cables si tenemos muchas plazas.

 

4.- Esquema con circuito o circuitos adicionales para la recarga del vehículo eléctrico

Aunque originalmente no está pensado para garajes comunitarios, la ITC da la opción de usar este esquema donde queramos, por lo tanto podemos también llevar una línea desde el cuadro de nuestra vivienda hasta la plaza de garaje. En este caso tendríamos control de la carga del coche desde casa: ICP, contactor, etc...

Esquema 4 carga coche eléctrico

Agradezco a Carlos Castiñeiras la información sobre esta última posibilidad en los comentarios de este post, además comenta que es posible llevar WIFI al garaje vía PLC por esta línea de alimentación, interesante para coches "conectados".

Al parecer nuestro querido gobierno tiene pendiente la elaboración de una guía para la aplicación de esta ITC-52, pero de momento no se sabe nada del tema.

Obviamente, como habréis visto en los esquemas, además de los contadores es necesario instalar los elementos de protección necesarios: mangnetotérmicos, diferenciales, etc. También hay que tener en cuenta que con la nueva instalación no se supere la demanda total del edificio ni la de la vivienda si optamos por el esquema 2.

48 comentarios en «¿Puedo cargar mi coche eléctrico en el garaje comunitario?»

  1. Carlos, te quedó el esquema 4a de la ITC-BT 52, que es el que permite derivar el punto de recarga desde el cuadro de la vivienda. Es cierto que la ITC induce a confusión con este esquema porque dice que es para viviendas unifamiliares, pero justo a continuación el artículo 3.2 dice:

    Las instalaciones eléctricas para la recarga de vehículos eléctricos ubicadas en aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios ... seguirán CUALQUIERA de los esquemas descritos anteriormente.

    Sacando el punto de recarga desde la vivienda harás más metros, pero no tendrás la limitación de tener que bajar a rearmar el contador en caso de corte por potencia, puedes llevar wifi por PLC al coche, puedes controlar desde casa el suministro del punto, etc. Yo es por la opción que me decanté.

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    • Gracias Carlos, actualizo el post con esta info, había leído que era solo para unifamiliares por lo que lo dejé fuera del post, pero tienes razón que se puede usar en comunitarios también y, mirándolo bien, puede ser una posibilidad interesante.

      Un saludo

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  2. Dejo enlazada una guía informativa sobre las cosas a saber para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario:

    https://www.dropbox.com/s/0hs989y9bbin6to/Guia%20punto%20recarga%20comunidades%20vecinos.pdf?dl=0

    De verdad que en la práctica resulta bastante más sencillo de lo que parece el ponerse a ello.

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    • Eso es lo que yo pienso también, la mayoría de la gente piensa que es una cosa complicadísima y hay que poner wallboxes de varios miles de Euros, pero no es así.

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  3. Egun on.
    Gracias por este articulo, llevo varios meses planteándome la posibilidad de la compra de un híbrido-enchufafle y esto me a resuelto muchas dudas.
    Me surgen dos preguntas, utilizando el modelo 4:
    Dispongo de un trastero anexo a la plaza de garaje. ¿Podría alimentar con esta instalación, a parte del vehículo eléctrico, otros aparatos en el trastero?. O es obligado el uso de la ITC-BT 52 solo para la la alimentación del vehículo. Siempre teniendo en cuenta potencias, caídas de tensión, grosores de los conductores,...
    Mi segunda duda: Si para mantener baja la potencia contratada, utilizo un racionalizador de potencia que corte la carga de las baterías, ¿como afectan los cortes de corriente a la duración de las baterías?. O seria mejor usar algo más manual, dando corriente a la carga del vehículo solo por las noches o cortándola cuando uses algún electrodoméstico de gran consumo.
    Un saludo.

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    • El trastero es una estancia de la vivienda, y las canalizaciones que transcurren por el edificio son por definición comunes, por lo que siempre podrás emplearlas para hacer llegar a tu trastero tu electricidad.
      Por tanto, la primera respuesta es: SI CUELGAS DESDE CASA, SI.

      Ahora bien, respecto a que esa instalación del trastero pueda colgar de la instalación para el coche, lo cierto es que la ITC BT-52 no menciona en ningún momento que dicha instalación tenga que ser "exclusiva" para carga de vehículos, y de hecho el artículo 2 define:

      «Estación de recarga». Conjunto de elementos necesarios para efectuar la conexión del vehículo eléctrico a la instalación eléctrica fija necesaria para su recarga. Las estaciones de recarga se clasifican como:
      1. Punto de recarga simple, compuesto por las protecciones necesarias, una o varias bases de toma de corriente no específicas para el vehículo eléctrico y, en su caso, la envolvente.

      Por tanto teniendo una instalación para punto de recarga simple, que es un schuko, tampoco veo donde diga que no se puede de ahí derivar a otro lugar propio. Por tanto mi respuesta sería que el trastero TAMBIÉN puede alimentarse del punto de recarga. Con las debidas protecciones y dimensionamiento, claro.

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      • Me temo que no se puede hacer lo que dices. La ITC-BT-52, en su apartado 5 "Requisitos generales de la instalación" dice:
        "El circuito que alimenta el punto de recarga debe ser un circuito dedicado y no debe usarse para alimentar ningún otro equipo eléctrico salvo los consumos auxiliares relacionados con el propio sistema de recarga, entre los que se puede incluir la iluminación de la estación de recarga."

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  4. Me ha sorprendido muy gratamente que sea tan sencillo y que se pueda hacer desde el contador de la vivienda, lo que simplifica muchisimo la instalación.
    Dar de alta una linea es caro y tiene unos costes fijos importantes, en cambio compartir con la de la vivienda, teniendo en cuenta que el uso va a ser nocturno.... es una simbiosis perfecta.
    Claramente esta va a ser la siguiente reforma que va a ir cayendo por todas las casas, como fue en su dia poner una parabólica o un aire acondicionado.
    Muchas gracias por la información.

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  5. Aquí lo peliagudo, y que no sé si cubre la ley, es qué pasa cuando, debido a que hay varios coches eléctricos en el garaje, se hace necesario aumentar la potencia contratada. Teniendo en cuenta lo que cuesta en este país el término fijo, puede ser un pico cada mes, y me imagino que lo lógico sería que se repercutiese de alguna manera en el propietario del coche, aunque creo que la ley no dice nada al respecto y tampoco sé si podría hacerse de una forma precisa.

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    • Conectarse al suministro eléctrico comunitario requiere lógicamente aprobación por parte de esta, por lo que en esa aprobación se cierran las condiciones para hacerlo. Condiciones que pasan por sencillamente repercutir los costes fijos y variables de la conexión, léase consumo y potencia.

      La Comunidad no puede revender electricidad ganando dinero, pero rentabilizar una potencia que sabemos que el 99% de las veces está infrautilizada, cualquier que sepa utilizar una calculadora entiende que viene de perlas.

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    • Es razonable que si hay que aumentar la potencia este sobre coste se reparta entre los que tienen coche eléctrico y por tanto requieren más potencia.

      Pero los que siguen siendo mayoría en la comunidad (coches de combustión) pueden votar un rotundo NO a cambiar el contrato, o votar que SI en el caso que el sobre coste lo asuman los mismos que lo generan.

      Y con el paso del tiempo a la que la mayoría tenga coche eléctrico se acabara votando que se reparta equitativamente.

      Cada coche eléctrico serán entre 10 y 25 amperios extra, por lo que a la que haya un par o tres ya se necesitara aumentar la potencia, de lo contrario es que había contratada de más.

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      • El problema lo tendrán las comunidades grandes en que todo el mundo “pasa” de ir a las reuniones y solo van los 4 interesados y votan lo que quieren.
        Por eso hay que ir a las reuniones.

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      • ¿Hasta qué punto pueden votar que no? Porque la ley parece que dice que la comunidad no tiene poder para bloquear la instalación de un punto de recarga eléctrico, hasta el punto de que basta con informar. Y se podría interpretar que con el aumento de potencia pasa lo mismo, debería ser tácito y automático en cuanto sea necesario, evidentemente siempre repercutiendo los costes a quien corresponda.

        Por otra parte, no sé quién tiene más a perder: si yo instalo un punto de recarga (que puedo hacerlo sin permiso de nadie) y la comunidad se niega a subir la potencia... pues buena suerte luego cuando cada mañana haya saltado el ICP y el garaje esté a oscuras (o cosas peores como las bombas del agua sin funcionar). La potencia contratada debe ser la que haga falta, no la que apetezca a los propietarios.

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        • Jesús, lo que el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal recoge, tras ser incluido por la ITC BT-52, es:

          La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma.

          La ley por tanto da tabla rasa para proceder con la instalación, pero de esto extrapolar que también concede el mismo derecho a conectarse al suministro comunitario... "El coste y el consumo serán asumidos íntegramente por los interesados". Bastantes recelos te encuentras cuando quieres instalar el punto de carga, ¡como para encima decirle a los vecinos que te tienen que ceder la instalación eléctrica!

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          • Pues justamente se podría considerar que conectarse al suministro comunitario (si no se puede conectar con el contador particular) es parte fundamental de instalar el punto de carga, y por tanto la comunicación es suficiente. Y mientras asumas tu parte de los gastos, entiendo que no deberían poder oponerse.

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  6. Lo que tiene que dejar claro a los usuarios es que es coste de la electricidad es para ellos, no para la comunidad, otra cosa distinta como comentas en el artículo es que no tiene que pedir permiso para poner el punto de luz en su propia plaza. Esto incluye los trasteros que por norma general son comunitarios y no individuales.

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    • Supongo que cuando se indica que hay que poner un contador en cada punto se sobreentiende que es para repartir costes, no creo que nadie crea que la comunidad va a pagar la recarga de su coche.

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  7. Yo lo que veo más viable es que cada cual haga bajar un punto de luz de su contador o de su piso a su plaza de garaje.

    Y a la larga los edificios de obra nueva ya tendrá cada plaza de garaje su cableado hacia la sala de contadores, y al momento que se quiera emparejar un piso con un garaje mandar hacer el empalme al contador que se requiera, o deshacer el empalme en el caso de venta o se quiera alquilar sin luz.

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  8. en el caso de un punto de carga "común" en el garaje, ¿quien y como se paga?, cargan un mismo día tres personas, y el contador estará a nombre de un particular o de la comunidad, entonces..... En mi comunidad se pelean hasta por utilizar el lavadero de coches. Menudo lio

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    • Como se ve en los esquemas con línea común para los garajes hay que poner contadores en cada punto de carga, luego habría que leerlos mensualmente y dividir costes, igual que se hace con el agua caliente, calefacción, etc... en muchas comunidades.

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  9. Entiendo que el término de potencia no es un problema, ya que se contrata un suministro comunitario dedicado exclusivamente a vehículos eléctricos, por lo que serán estos propietarios lo que lo paguen íntegramente.

    Ahora bien, sí veo dos problemas para la comunidad:
    1.- A corto plazo, impagos, si el suministro no depende del contrato individual, será la comunidad quien pague a la comercializadora y el dueño del vehículo el que pague a la comunidad, pero si éste deja de pagar, la comunidad no tiene capacidad para cortarle el suministro

    2.- A largo plazo, si en una comunidad de 100 vecinos, el 50% decide adquirir un vehículo eléctrico habrá que reformar la instalación eléctrica, nueva acometida, Centros de Transformación....

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    • ¿Por qué no tendría la Comunidad capacidad de cortar el suministro comunitario del que se alimentase un vehículo en caso de impago de su dueño? Técnicamente hacer eso no es más que una desconexión, y legalmente hay sentencias que avalan el negar servicios accesorios a propietarios que no pagan sus cuotas para mantenerlos.

      Y respecto a si a largo plazo el parque aumenta y hay que hacer nuevas infraestructuras, ¿cuál es el problema si estás las van a sufragar los interesados?

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      • La verdad es que no soy un experto en LPH, pero sospecho que será algo que traerá polémica, aunque sí te puedo decir que en mi comunidad no pudimos denegarle el acceso a la piscina comunitaria a los morosos, así que por asimilación, deduzco que esto, cuando menos será una fuente de conflicto.

        Y lo de que las infraestructuras las van a pagar los interesados... ya veríamos como, por que la pide ampliación de potencia sería ¿la comunidad? ¿cada propietario de vehículo eléctrico? y en este caso ¿todos por igual? ¿los que lleguen los últimos? y una vez ampliada la infraestructura, el que quiera conectarse ¿lo hace gratis?

        Y además, habrá edificios que puedan ampliar el CT sin problemas, pero hay muchos, especialmente en el centro de las ciudades donde no es fácil ampliar la potencia...

        No digo que sea irresoluble, sólo digo que generará problemas

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        • Las ampliaciones de potencia son claras: el que no tiene coche eléctrico paga su parte del tramo necesario para la comunidad "normal", y el resto lo pagan proporcionalmente los que tengan coches eléctricos. Lo demás... es peliagudo, es verdad. Si suponemos que en un garaje hay 3 coches eléctricos, y llega un cuarto que hace que haya que ampliar la capacidad, en principio es fácil, se divide entre cuatro y ya está. Pero si luego llega un quinto, ¿tiene que pagarles a los demás una parte también de lo que ya está hecho? ¿Hasta cuándo? Porque si yo me compro un párquing para mi eléctrico, pongo un punto de carga y me dicen que tengo que pagar no sé qué obra que se hizo hace 10 años, pues maldita la gracia que me haría.

          Pero bueno, es lo que tienen los cambios. Supongo que las fincas nuevas ya se irán haciendo de forma que estén preparadas para estas cosas y que no se den estos problemas.

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        • "sí te puedo decir que en mi comunidad no pudimos denegarle el acceso a la piscina comunitaria a los morosos". ¿No se pudo? ¿por qué no se pudo? ¿Fue el siempre, con lo de los demás, generoso administrador el que dijo "noooo, cuidadoooo, ¡no se puede hacer eso!", o lo determinó un juez? Yo si no pago el móvil mi compañía como es legal me corta la línea, pues con la comunidad hay que dejarse de complejos, que no hablamos de impedir a nadie el acceso a su casa sino a zonas COMUNES ACCESORIAS cuyo mantenimiento no pagan, lo que es más de caraduras que dejarle de pagar a Movistar.

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  10. Hola,
    Interesantísimo artículo.
    Tengo una duda, ¿cuánto puede costar poner una instalación propia en el garaje?
    Me explico, yo estoy pensando muy seriamente lo del coche eléctrico 100% para moverme por Madrid, vivo en una de las poblaciones cercanas a la capital.
    El garaje no es del edificio donde vivo, no tengo ese "lujo". Además el garaje ya es antiguo y paso de meterme en rollos con la comunidad de propietarios del garaje, que es una parte de una mancomunidad de una comunidad de vecinos, puesto que donde tengo el garaje, hay una planta para "externos", otra planta de garajes para los propietarios de los pisos y luego los pisos.
    Resumiendo, ya sé que es más barato aprovechar la instalación de la comunidad pero no me quiero meter en follones con dos comunidades y una mancomunidad. Basta que empiece a haber problemas eléctricos y me echen la culpa a mi.
    Para dar de alta esta instalación ¿cómo tendría qué hacer? ¿Cuanto Costaría?
    Gracias

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    • En el caso expuesto darías de alta una línea específica para tu plaza de garaje, lo que tiene los costes regulados conocidos de que te instalen tu contador en el cuarto correspondiente. A partir de ahí, hacer llegar el suministro hasta la plaza tiene un coste muy variable en función de las vueltas que haya que dar. Siempre tendrás derecho a utilizar las canalizaciones comunitarias existentes mientras dejes dentro de los tubos el espacio reglamentado. Aprovechar estas canalizaciones simplificará y abaratará. Lo último será el armario en tu plaza con las protecciones correspondientes, pero hasta ahí hablamos de tubo y cables.

      Lo normal es que todo esto no te baje de 1.000€, en tu caso a parte del coste del alta con la compañía eléctrica lo que a su vez supondrá un nuevo boletín para la instalación (unos 200€ por mi zona).

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  11. Buenas tardes,

    Muy interesante el artículo, me ha hecho re-plantearme el tema. En mi caso es algo especial y me gustaría saber su opinion.

    En mi comunidad las plazas no están asignadas, somos 10 vecinos y existen 10 plazas, pero cada uno es dueño de un porcentaje del total, lo que ocurre con esto, que el que llega pronto aparca en las plazas fáciles y el que llega tarde en las dificiles ;-).

    En mi caso, podría ponerlo en cualquiera de las plazas?, me lo tienen que aprobar en junta?
    Gracias

    Responder
  12. Buenas tardes,

    Muy interesante el artículo. Tengo una duda de la instalación, a ver si me puedes ayudar. Un vecino de mi comunidad quiere realizar la instalación desde su casa al garage comunitario, pero para pasar el cable hasta su plaza de garage tiene que atravesar y hacer una conexión en el trastero de otro vecino y atravesar por los trasteros de otros vecinos, aparte de llevar la instalación afectando a bienes comunes de la comunidad.
    ¿Pueden negarse los vecinos afectados a que se realice la conexión y el paso de la instalación por sus trasteros?
    Al afectar la instalación a bienes comunes, ¿se necesita el permiso de la comunidad? ¿no es más lógico que se haga una instalación preparada para toda la comunidad? si no puede resultar en un maremagnum de instalaciones por zonas comunes.
    Muchas gracias

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    • No sabría contestarte, ya he visto esa cuestión en más sitios y no me queda claro. Lo que si es cierto que es que hacer una instalación hasta tu plaza sin pasar por zonas comunes es imposible (por lo menos en la mayoría de los casos), así que supongo que si la ley contempla que lo puedes hacer sin pedir permiso esto incluye el paso por zonas comunes.

      Responder
    • Por las zonas comunes la normativa es clara: puedes usarlas sin pedir permiso, simplemente informando. Ahora bien, si hay que pasar por un trastero, eso ya habría que verlo. No sé si los trasteros tienen la misma consideración que tu casa (donde habría que pedir permiso), o para estas cosas de pasar cables y tal son una excepción.

      Responder
  13. Gracias por tu contestación, el problema es que el enganche hay que hacerlo en un trastero privado y luego atravesar otros trasteros. El vecino afectado se puede ver encontrar con 12 o más tuberías de cables (una por cada vecino del bloque) que parten de su trastero... y cada vez que surja un problema en la instalación se verá afectado, así como el resto de vecinos por los que atravesarían estas tuberías...

    Responder
  14. Tras comunicar al administrador del edificio la intención de instalar un punto de carga en el garaje desde mi vivienda, cuando llegó el instalador los administradores no le permitieron realizar la instalación. La razón esgrimida es que se agujerea un tabique de medianería (es un garaje comunitario) y requiere autorización de la junta de propietarios. Creo que la junta no lo autorizará pues ha debido ser algún vecino el que se ha opuesto. Como no quisiera enemistarme con la comunidad ¿Qué me sugieres?

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    • Yo simplemente les mandaría una copia de la ley y les diría que se la leyeran, porque dice muy claro que la instalación de un punto de carga de coches eléctricos no requerirá autorización de la junta de vecinos, aunque pase por zonas comunes. Sólo requiere notificación (que ya has hecho).

      Responder
  15. Buenas a ver si alguien puede darme un poco de luz en un problema que tengo , un vecino a pedido ínstalas un punto de luz y la comunidad sin consultar a dado el visto bueno ya que no puede negarse a que se instala , hasta hay todo bien ... ahora viene la cosa los contadores están justo encima de mi plaza de garaje , entiendo que las líneas que es un edificio nuevo deberían de colocarla en zona común y hay medios solo hay que tirar más metros de cable , bueno pues quien fue a instalarle el enchufe al vecino a echo un agujero en el suelo de los contadores hacia mi techo del apacarmiento , se a subido a un mi coche por que claro para que va avisar y a dejado un registro con el cable y su canaleta corespondiente hasta su plaza , no e dado permiso a hacer nada en mi plaza de garaje y el tiene solo el permiso para zonas comunes , aparte de los daños que a causado y va a tener que arreglar en el coche , puedo exigirle que la instalación la lleve solo por zona común ya que me veo que va ser un cachondeo que 147 plazas de garaje lleven su cable por el techo de la mia cuando se puede hacer igual de bien en exclusiva por zona común que encima existen canalización y apertura solo que abría que Tirar 20m de cable más . Gracias por las respuestas

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    • No estoy 100% seguro que pero creo que la propiedad es solo del "suelo" de la plaza, el techo no creo que sea propiedad tuya, si por ahí hay canalizaciones, luces u otro elemento no son tuyos, son comunitarios, lo mismo pasa con los nuevos pasos de tuberías, cables, etc... Otra cosa es que se hayan subido a tu coche, esto es inadmisible.

      Responder
  16. ¿ como se evitara que mientras una plaza de garaje este vacia otro meta su coche y lo recargue en ese sitio para que lo pague otro vecino ?
    alguien dice que la recarga sea comunitaria ¿ y que paguemos todos los vecinos lo mismo aunque no tengamos coche ?

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  17. Tengo el coche en un garaje comunitario en el edificio de al lado mio. Puedo derivar de mi contador un enchufe a la plaza de garaje?
    Gracias!

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    • Lo dudo mucho, pero tendrás que consultarlo con un profesional, cualquier modificación como la que quieres hacer debería de darse de alta a través de un técnico competente.

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  18. En mi edificio quieren instalar, sacando del contador general, una linea hasta el garaje con otro contador general para la alimentación de vehículos eléctricos , para que el que quiera un punto de recarga en su plaza de garaje, lo lleve desde este segundo contador. Posteriormente colocará un contador junto al punto de carga para que la comunidad pueda cobrarle su consumo. Si yo no me quiero sumar a esta solución, ¿ tengo derecho a tener mi punto de recarga individual desde el contador de mi vivienda? Gracias

    Responder
    • Mientras sea factible y lo pagues tú, yo diría que sí. La ley es muy garantista para la instalación de puntos de carga, e igual que no te pueden impedir ponerlo, tampoco creo que te puedan condicionar el cómo hacerlo.

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