[BANCOS] Cuenta Pago Básica, la "PVPC" de los BANCOS.

ANIKILLL

SuperNergizo
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Pues ya que están todos los bancos cobrando comisiones a mansalva, existe una cuenta de pago básica, cuyas condiciones están REGULADAS por LEY, que deben ofrecer TODOS LOS BANCOS.


Requisitos:

No tener mas cuentas abiertas en otros bancos.
ACCESIBLE PARA TODO EL MUNDO, cumpliendo el primer requisito,

Costes:
3€ /mes para cualquier cliente, o GRATIS cumpliendo umbrales según unidad familar. (recordar que unidad familiar son matrimonio y/o hijos, NO hijos mayores, ni padres.)

Igual que la PVPC con comercializadoras, todos los bancos tienen un apartado donde informan de esa cuenta:


Solo hay que buscar en google " CUENTA PAGO BÁSICA NOMBRE BANCO".

La ley que regula esta cuenta es la siguiente:


Lo más importante:

Artículo 3 Derecho de acceso a una cuenta de pago básica

Las entidades de crédito que ofrezcan cuentas de pago estarán obligadas a ofrecer cuentas de pago básicas a aquellos potenciales clientes que:
  • a) Residan legalmente en la Unión Europea, incluidos los clientes que no tengan domicilio fijo;
  • b) sean solicitantes de asilo;
  • c) no tengan un permiso de residencia pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho.

Artículo 4 Denegación del acceso a una cuenta de pago básica

1. Las entidades de crédito denegarán el acceso a las cuentas de pago básicas cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:

  • a) El potencial cliente no aporte la información requerida por la entidad en función del nivel de riesgo de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo de dicho cliente dentro del marco de lo previsto en el capítulo II de la https://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l10-2010.html (Ley 10/2010, de 28 de abril), de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, y sus normas de desarrollo,
  • b) su apertura sea contraria a los intereses de la seguridad nacional o de orden público definidos por las leyes, las normas europeas o por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa, en los supuestos en que así se haya acordado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía, Industria y Competitividad, o
  • c) el potencial cliente ya sea titular en España de una cuenta en un proveedor de servicios de pago que le permita realizar los servicios contemplados en el artículo 8.1, salvo que éste le haya notificado su decisión unilateral de resolver el contrato marco de cuenta de pago. En este caso, antes de abrir una cuenta de pago básica, la entidad de crédito podrá verificar si el cliente dispone o no de una cuenta en España que le permita realizar los servicios citados. Las entidades de crédito podrán basarse a tal fin en una declaración responsable firmada por el propio cliente.
2. El acceso a la cuenta de pago básica no podrá supeditarse a la adquisición de otros servicios, ni a la adquisición de participaciones en el capital, o instrumentos análogos, de la entidad de crédito, salvo que fuese impuesto por la normativa aplicable o bien requisito ineludible para toda la clientela de la entidad.

UMBRALES PARA EL RÉGIMEN GRATUITO. NO CONFUNDIR UNIDAD FAMILIAR CON UNIDAD CONVIVENCIA PADRON -> Unidad familiar - Agencia Tributaria


Para tener derecho a este régimen gratuito, todos los titulares y autorizados de la cuenta deberán acreditar que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Para ello, el titular o los titulares deberán solicitar al Banco el reconocimiento del derecho a que se les aplique el régimen gratuito y acreditar que sus ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superan:

  • Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas vigente en el momento de efectuar la solicitud, si no está integrado en ninguna unidad familiar.
  • Dos veces y media dicho indicador si está integrado en una unidad familiar de menos de cuatro miembros.

Eso si, para conseguir esta cuenta, vais a tener que PELEAR MUCHO, los perros de las sucursales intentarán disuadiros contando muchos bulos.

Solo es para gente de un umbral específico....-> FALSO.
No se puede domiciliar recibos ----> FALSO.

RECUERDA, TU BANCO NO ES TU AMIGO. (POR MUY BIEN QUE TE LLEVES CON EL/LA DE LA SUCURSAL )
 
Última edición:
Efectivamente esta es “la cuenta que tu banco no quiere que sepas que existe”.

Hace meses animé a un amigo a solicitarla y los de la sucursal se hicieron los tontos como si no supieran que existiera.
 
Efectivamente esta es “la cuenta que tu banco no quiere que sepas que existe”.

Hace meses animé a un amigo a solicitarla y los de la sucursal se hicieron los tontos como si no supieran que existiera.

Eso habría que escribir una reclamación. si eso paso una plantilla alguna tendré si no la borre. .
 
Yo tengo ING (todo gratis, no tengo nómina). Mantenimiento de cuenta, transferencias nacionales, tarjeta de débito y crédito

También tengo cuenta online gratuita y Bankia y bbva (igual que lo anterior. En bbva no tengo tarjeta de crédito, no me he interesado)

Imagin Bank de La Caixa, gratuito en todo

Tengo Revolut, gratuito en todo (una pasada)
 
Yo tengo ING (todo gratis, no tengo nómina). Mantenimiento de cuenta, transferencias nacionales, tarjeta de débito y crédito

También tengo cuenta online gratuita y Bankia y bbva (igual que lo anterior. En bbva no tengo tarjeta de crédito, no me he interesado)

Imagin Bank de La Caixa, gratuito en todo

Tengo Revolut, gratuito en todo (una pasada)


SI yo también, pero muchos tenemos padres, abuelos, suegros, etc que no pueden tener la mentalidad o capacidades de gestión que nosotros.

A esa gente como no puede a ir a ING, pues se ejecuta cuénta básica. Para que no sean carne de comercial de sucursal.

Aprovecho para decirte que vigiles la caixa, creo que la imagin gratis le queda poco.
 
UNa pregunta: esta cuenta básica tb incluye tarjeta de débito sin coste?
 
UNa pregunta: esta cuenta básica tb incluye tarjeta de débito sin coste?
Si, al amparo del este arrículo 8

Artículo 8 Servicios asociados a las cuentas de pago básicas

1. Las cuentas de pago básicas permitirán al cliente, al menos, ejecutar una cantidad ilimitada de operaciones de los siguientes servicios:

  • a) Apertura, utilización y cierre de cuenta.
  • b) Depósito de fondos.
  • c) Retirada de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos en la Unión Europea.
  • d) Las siguientes operaciones de pago en la Unión Europea:
    • 1.º Adeudos domiciliados.
    • 2.º Operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea.
    • 3.º Transferencias, inclusive órdenes permanentes en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando esta disponga de ellos.
 
Si, al amparo del este arrículo 8

Artículo 8 Servicios asociados a las cuentas de pago básicas

1. Las cuentas de pago básicas permitirán al cliente, al menos, ejecutar una cantidad ilimitada de operaciones de los siguientes servicios:

  • a) Apertura, utilización y cierre de cuenta.
  • b) Depósito de fondos.
  • c) Retirada de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos en la Unión Europea.
  • d) Las siguientes operaciones de pago en la Unión Europea:
    • 1.º Adeudos domiciliados.
    • 2.º Operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea.
    • 3.º Transferencias, inclusive órdenes permanentes en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando esta disponga de ellos.

No les debe de hacer ninguna gracia que estos clientes tengan retiradas de efectivo y transferencias en oficinas gratis cuando el resto de clientes tienen que pagar por ese tipo de servicios...normal que se hagan los tontos...
 
Yo leo " Retirada de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos" no dice que deba ser gratis
tienes razón, aunque creo que puede sobreentenderse que debe ser gratis, porque si no podrías poner unas tarifas tan altas que desincentivarías su contratación.
 
Yo leo " Retirada de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos" no dice que deba ser gratis

Pero en otro artículo está regulado los costes y demás.

En principio si abren la cuenta será gratiss
 
Totalmente cierto, los bancos no te van a facilitar abrir una cuenta de ese tipo, creo haber leído que podías hacer pagos con tarjetas limitados a 120 al año, también puedes poner domiciliaciones y una cuenta normal y corriente pero con las comisiones muy bajas.
Otro problema al cual no le encuentro solución es a la cuenta bancaria vinculada con la comunidad de vecinos.
Una cuenta en la Caixa, que no tiene tarjeta, que no se usa para absolutamente nada, que lo único que hace es pagar los recibos comunitarios y te quieren cobrar 10€ si quieres poner en el concepto "pago noviembre 2ºA" (por ejemplo), cuando la cuota son 10€ al mes :emoji_fearful:
Alguien conoce alguna alternativa?
 
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