Cambiarme a Pvpc luz o cambiar de tarifa

Usa el comparador de la CNMC a ver que opciones te da, ¿tu recibo no trae un codigo QR que te enlaza al comparador con los datos de consumo de tu factura?.
A futuros no se sabe como ira el PVPC, ademas cambia el modo de calculo de precios ahora en enero
 
Me lo han empezado a cobrar justo en el mes de diciembre, que cumplía el año.
Que por cierto, llame antes de dicha renovación porque mi contrato es hasta 2026, incluso lo tengo por escrito por correo, y me contestaron que no me aplicarían el tope de gas y finalmente me lo están aplicando.
Buenas,
Casi todas las comercializadoras son unas impresentables, donde dije digo, digo Diego.
Si lo tienes por escrito, yo reclamaba.

Mírate la web que enlazo abajo, a mi me ha servido y me sirve de mucho para comparar. Entras tus datos de consumo, tarifa que tienes actualmente, etc...y luego adjuntas la descarga de tus consumos, que puedes sacar de tu distribuidora. Calculas y te saldrán qué tarifas podrías tener mejores.

Con ésto te puedes hacer una idea de lo que podrías ahorrarte y si te vale la pena cambiar.
Pero, lo que todos decimos, el mercado es muy volátil, ahora puede estar bajísimo y en 20 días subir mucho. Yo el regulado no te lo recomiendo, por eso mismo. Pero es una decisión muy personal y tienes que ser tú.

Saludos!

 
Me lo han empezado a cobrar justo en el mes de diciembre, que cumplía el año.
Que por cierto, llame antes de dicha renovación porque mi contrato es hasta 2026, incluso lo tengo por escrito por correo, y me contestaron que no me aplicarían el tope de gas y finalmente me lo están aplicando.
Eso no existe, todos los contratos por ley no pueden durar más de un año, pudiéndose renovar automáticamente cada año, si las dos partes no dicen lo contrario.

Lo que tu tendrás será un compromiso de tarifa hasta 2026, no confundir. Mírate bien el contrato, te pondrá en alguna parte que se renueva anualmente.
 
Eso no existe, todos los contratos por ley no pueden durar más de un año, pudiéndose renovar automáticamente cada año, si las dos partes no dicen lo contrario.

Lo que tu tendrás será un compromiso de tarifa hasta 2026, no confundir. Mírate bien el contrato, te pondrá en alguna parte que se renueva anualmente.
No es correcto del todo:

Se hace necesario matizar estas consideraciones con respecto a lo dispuesto en el artículo 4 (“Duración de los contratos y cambios de modalidad de contratación”) del Real Decreto 1435/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de los contratos de adquisición de energía y de acceso a las redes en baja tensión. Este artículo 4 establece, en su apartado 5, que “Con carácter general, los contratos de suministro de energía en baja tensión celebrados entre los comercializadores y consumidores tendrán una duración máxima de un año, pudiéndose prorrogar tácitamente por períodos de la misma duración”, y que, “El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, podrá aprobar contratos tipo de suministro de energía en baja tensión de duración superior a un año, estableciendo las condiciones, y, en su caso, penalizaciones máximas que podrán establecer los comercializadores en caso de rescisión de los contratos”.

De esta forma, si Iberdrola no tomó las medidas oportunas para solicitar a la CMNC y a Industria que estos contratos (Tarifa Estable a 5 años) fueran declarados a 5 años será problema de Iberdrola, no del cliente, pero es que además el RDL 10/2022 no lo puede dejar MÁS claro:

La medida se configura como un mecanismo de ajuste del coste producción de las tecnologías fósiles marginales, que tiene como efecto una reducción equivalente a dicho ajuste en las ofertas que dichas tecnologías realizan en el mercado, con la consiguiente reducción de precio de casación del mercado. Las cantidades correspondientes a dicho ajuste son financiadas por aquellos consumidores que se benefician de la referida reducción, resultando en cualquier caso un precio final inferior al que se daría en ausencia de la medida. El mecanismo se encontrará en vigor durante un periodo de 12 meses.

Una cosa es lo que la CMNC está contestando respuesta tras respuesta a los escritos de las eléctricas, que no es más que lo que las eléctricas necesitan que la CMNC les conteste (que cosas), y otra la realidad del asunto, y la realidad del asunto es que una tarifa con precio fijo en la parte no regulada durante 5 años no se beneficia de de dicha medida, y por supuesto, sus clientes no ven un precio final inferior en sus facturas al que se daría en ausencia de la medida.
 
Última edición:
Gracias a todos por las respuestas.
Al final me he decantado por la tarifa One Luz de Endesa. Con la subida del IPC se me quedaba la tarifa estable de Iberdrola sobre los 20 céntimos, y con Endesa con el descuento se queda en 15.
No es mucho pero para el consumo que tengo es pasta.
Gracias de nuevo
 
Gracias a todos por las respuestas.
Al final me he decantado por la tarifa One Luz de Endesa. Con la subida del IPC se me quedaba la tarifa estable de Iberdrola sobre los 20 céntimos, y con Endesa con el descuento se queda en 15.
No es mucho pero para el consumo que tengo es pasta.
Gracias de nuevo
La tarifa Iberdrola Estable es por 5 años en la parte no regulada y no sube. Habían algunas ofertas de captación que incluían un descuento del 15% el primer año, y entonces sí que al segundo suponía un incremento, pero nada más.
 
Naturgy, repsol, han respetado el contrato , los chiringuitos han largado a los clientes

Esto no es cierto. Tengo a Naturgy en Consumo por reducir unilateralmente la duración del contrato de 24 a 12 meses, y a Endesa por cambio de tarifas antes del vencimiento/renovación anual del contrato.
 
Eso no existe, todos los contratos por ley no pueden durar más de un año, pudiéndose renovar automáticamente cada año, si las dos partes no dicen lo contrario.
Los contratos si pueden durar más de un año. Yo tengo un de 24 meses. La ley dice que ”por lo general” durarán 12 meses, pero no lo fuerza (aunque en la práctica, es el gran grueso por no decir todos salvo excepciones, pero no es una obligación).
 
Esto no es cierto. Tengo a Naturgy en Consumo por reducir unilateralmente la duración del contrato de 24 a 12 meses, y a Endesa por cambio de tarifas antes del vencimiento/renovación anual del contrato.

Si es cierto, lo de la reduccion de contrato dale las gracias a LA CNMC (hoy en día esta a placer de las eléctricas). que lo ha autorizado.

Tanto en naturgy como repsol, los precios de energía se te mantienen eso si, solo que pagas tope de gas.
 
Si es cierto, lo de la reduccion de contrato dale las gracias a LA CNMC (hoy en día esta a placer de las eléctricas). que lo ha autorizado.

Tanto en naturgy como repsol, los precios de energía se te mantienen eso si, solo que pagas tope de gas.
Está por ver en la reclamación que está interpuesta en consumo.
 
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