Consulta ¿Qué son derechos de extensión?

pozihtc

Fulgencio
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Hola,
tengo contratados 3,3kW con 2.0DHA PEAJE ATR

En la web me encuentro una sección que dice
  • Derechos de extensión (kW) 3.3
  • Derechos de acceso (kW) 3.3
  • Fecha de vencimiento de los derechos de extensión 25/04/2023
Es un hecho que no me salta los diferenciales por exceso de consumo y estoy bastante seguro de superar 3.3kW alguna vez.

¿Esos derechos de extensión me permiten llegar a 6.6kW?

Próximamente voy a cambiar de casa y tendré que contratar de nuevo, ¿puedo pedir esos derechos de extensión?

Gracias
 
Esos derechos de extensión indican hasta qué potencia puedes contratar (por tenerla ya pagada) y hasta qué fecha, bien porque hayas hecho alguna modificación o bien porque en esa fecha sea cuando caduca tu BIE (20 años de vigencia)

No, con esos derechos no puedes pedir más de lo que dices que ya tienes.

En tu nueva vivienda puedes contratar la potencia que quieras, sin superar la máxima reflejada en el Boletín
 
Gracias, tiene sentido lo que dices.

Pero no entiendo porqué no me saltan los diferenciales cuando me paso de consumo respecto a 3.3kW
 
Gracias, tiene sentido lo que dices.

Pero no entiendo porqué no me saltan los diferenciales cuando me paso de consumo respecto a 3.3kW

no te salta porque los contadores inteligentes tienen un margen de tolerancia respecto a la potencia contratada. Puedes superar la potencia contratada una 1,4 veces en un periodo de 15 minutos sin que te salte el limitador.

En tu caso puedes demandar 4,62 kilovatios sin que te salte durante 15 minutos
 
Gracias, tiene sentido lo que dices.

Pero no entiendo porqué no me saltan los diferenciales cuando me paso de consumo respecto a 3.3kW
Pasa una foto del cuadro eléctrico.

Pero probablemente es lo que comenta @Irenergía.

Y lo que salta en caso de pasarse de potencia no es el diferencial, es el IGA o el ICP
 
Va a ser efectivamente ese margen, que no es poco (40%) durante 15 minutos. Gracias @Irenergía.
@mbc toda la razón no son los diferenciales los que "saltan" al pasarse de potencia, es que a veces llamo diferenciales a todos los cacharros del cuadro eléctrico ... gracias por la aclaración.
 
Los derechos de extensión, antiguamente derechos de "acometida", vienen a ser mas o menos, la potencia que la distribuidora tiene que "extender" sobre la red de distribución para "atender" la potencia de uno o varios suministros nuevos. Es una compensación que cobran las distribuidoras por incorporar nueva potencia en su red.

No tiene que ver a la potencia contratada ni a su facturación ni a su control, salvo que no puedes contratar mas potencia que la de la extensión de red a menos que tramites un expediente de aumento de potencia.

Saludos.
 
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