Duda tarifa repsol tarifa fija largo plazo

  • Iniciador del tema Iniciador del tema RaulVK
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Ya lo tenía cambiado, a falta de aceptar los términos y condiciones y OPPPS, la tarifa tiene una duración de 1 año, cuando la que tengo ahora tiene una duración de 3 a 0.127675 € la energía. La potencia tiene el mismo precio. No sé si terminar de contratarla o el año próximo pagaré lo ahorrado este. Con la tarifa de la OCU me ahorro 7,56 €/mes + impuestos, 100 €uretes menos al año.

Complicada decisión... Yo creo que me quedaría con la de 3 años porque además se ha visto que no nos han subido el IPC y porque creo que esto va para largo... pero vaya que cualquier decisión es válida.
 
Yo también pensé lo mismo. Por eso no he terminado la contratación. A mis padres sí que se lo he hecho porque el ahorro era bestial. Con tarifa luz endesa nocturna del año que atacaron y consumos de 8500 kWh al año.
 
Ya he recibido la primera factura. Tal y como se ha comentado por aquí, se facturan 18 días de potencia en punta a 24,90 y 12 a 29,11, 18 días de potencia en valle a 24,90 y 12 a 25,18. Y en cuanto a la energía, 18 días a 0.104 y 12 a 0.1277.
Por fín cambié a la tarifa de la OCU. Todavía no me han llamado para validar el contrato.

Que fallo. Lo he borrado y he adjuntado el archivo sin borrar. Lo quito.
 
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Ya he recibido la primera factura. La cuelgo aquí. Tal y como se ha comentado por aquí, se facturan 18 días de potencia en punta a 24,90 y 12 a 29,11, 18 días de potencia en valle a 24,90 y 12 a 25,18. Y en cuanto a la energía, 18 días a 0.104 y 12 a 0.1277.
Por fín cambié a la tarifa de la OCU. Todavía no me han llamado para validar el contrato.
Borra datos!!! borra datos!!!!

Elimina el archivo que adjuntas y edítalo para compartirlo sin datos personales ni CUPS!! Edita tambien el QR.

Un saludo.
 
Complicada decisión... Yo creo que me quedaría con la de 3 años porque además se ha visto que no nos han subido el IPC y porque creo que esto va para largo... pero vaya que cualquier decisión es válida.
Buenos días. Os planteo otra duda en relación con esta tarifa de Repsol Largo Plazo y que es precisamente el plazo de la tarifa. Me explico: Yo contraté esta tarifa en el mes de noviembre, figurando en la publicidad que el plazo era efectivamente de tres años. Expresamente decía "la parte no regulada de tu factura será fija durante 36meses. Por eso siempre pagarás lo mismo, suba o no la luz, tanto de día como de noche... Tendrás la garantía de pagar el mismo precio durante 36 meses". Pero resulta que leyendo bien el contrato que me enviaron me encuentro con que la duración del contrato la fijan en solo 12 meses. Mi pregunta es si en vuestros contratos se reflejan también esa duración de 12 meses o si los tenéis por 36, como decía la publicidad.
 
Buenos días. Os planteo otra duda en relación con esta tarifa de Repsol Largo Plazo y que es precisamente el plazo de la tarifa. Me explico: Yo contraté esta tarifa en el mes de noviembre, figurando en la publicidad que el plazo era efectivamente de tres años. Expresamente decía "la parte no regulada de tu factura será fija durante 36meses. Por eso siempre pagarás lo mismo, suba o no la luz, tanto de día como de noche... Tendrás la garantía de pagar el mismo precio durante 36 meses". Pero resulta que leyendo bien el contrato que me enviaron me encuentro con que la duración del contrato la fijan en solo 12 meses. Mi pregunta es si en vuestros contratos se reflejan también esa duración de 12 meses o si los tenéis por 36, como decía la publicidad.
Supongo que tendrás una cláusula de renovación automática.
 
Supongo que tendrás una cláusula de renovación automática.
Si, pero denunciable por la propia Repsol con 15 días de antelación al vencimiento del año ("El Contrato se prorrogará por anualidades sucesivas si ninguna de las partes manifiesta por escrito su voluntad de darlo por concluido con una antelación mínima de quince días"). Vamos, que si es así en todos, el contrato realmente es de 12 meses y no de 36.
 
Buenos días. Os planteo otra duda en relación con esta tarifa de Repsol Largo Plazo y que es precisamente el plazo de la tarifa. Me explico: Yo contraté esta tarifa en el mes de noviembre, figurando en la publicidad que el plazo era efectivamente de tres años. Expresamente decía "la parte no regulada de tu factura será fija durante 36meses. Por eso siempre pagarás lo mismo, suba o no la luz, tanto de día como de noche... Tendrás la garantía de pagar el mismo precio durante 36 meses". Pero resulta que leyendo bien el contrato que me enviaron me encuentro con que la duración del contrato la fijan en solo 12 meses. Mi pregunta es si en vuestros contratos se reflejan también esa duración de 12 meses o si los tenéis por 36, como decía la publicidad.
Nos lo pone a todos, y de hecho lo mencionan en la grabación. Tampoco te des mal, si Repsol quisiera, te podría cancelar el contrato con un preaviso de 15 días. De lo que se trata la tarifa es que si ninguna de las partes cancela previamente el contrato te deberán mantener el precio durante 36 meses con los condicionantes indicados.

Un saludo,
 
Bueno os cuento, contrate precio fijo largo plazo con Repsol la semana pasada, a un precio marcado en la web de 0.129€ kw. Llame y me dijeron que si y me hicieron la grabacion. Pues me llega un correo a los 2 dias que por la subida de precios del 1 de enero del nuevo BOE me sube a 0.1535€ kw. Llamo y pongo una reclamacion, y me quejo en twiiter. Pues bien, hoy me han llamado de Repsol que me ofrecen por haber hecho la grabacion a otro precio distinto 0.0977€ kw y me han badado la parte fija a 22 y 23€ kw, que la tenia en 28 y 26€. Y el precio lo mantienen 3 años, he tenido una suerte loca!
 
Bueno os cuento, contrate precio fijo largo plazo con Repsol la semana pasada, a un precio marcado en la web de 0.129€ kw. Llame y me dijeron que si y me hicieron la grabacion. Pues me llega un correo a los 2 dias que por la subida de precios del 1 de enero del nuevo BOE me sube a 0.1535€ kw. Llamo y pongo una reclamacion, y me quejo en twiiter. Pues bien, hoy me han llamado de Repsol que me ofrecen por haber hecho la grabacion a otro precio distinto 0.0977€ kw y me han badado la parte fija a 22 y 23€ kw, que la tenia en 28 y 26€. Y el precio lo mantienen 3 años, he tenido una suerte loca!
Te ha salido redonda la jugada, has conseguido precio de Largo Plazo de Septiembre, es decir, el precio que tengo yo ahora.

Por cierto, 90€ acabo de pagar por unos 900kwh del mes de Diciembre. Menos que el año pasado.
 

Da igual lo que tú entiendas que pone o no pone en la web, leéte el contrato que habrás firmado:
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CONDICIONES GENERALES DE LA SOLICITUD DE CONTRATO DE SUMINISTRO DE GAS Y ELECTRICIDAD BT Claúsula 7:


7. Modificaciones de las Condiciones Económicas.
Con independencia de la fecha en la que se haya celebrado el Contrato, los precios recogidos en las Condiciones Particulares se incrementarán cada 1 de enero en el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), o índice que lo sustituya, de los últimos doce meses que estuviera publicado en esa fecha, salvo que el Comercializador decida posponer la revisión de los precios por variación del IPC a la fecha de la siguiente prórroga. Para las sucesivas prórrogas, el Comercializador comunicará, salvo que sea consecuencia de la normativa aplicable, al Cliente la modificación del Precio del Contrato fijado en las Condiciones Particulares,
para el nuevo periodo, con una antelación mínima de quince (15) días a su entrada en vigor, informándole de su derecho a resolver el Contrato sin penalización alguna si no estuviese de acuerdo con dicha modificación. No será necesario comunicar al Cliente las nuevas condiciones económicas de la prórroga si la modificación se limita a la actualización de los precios aplicando el porcentaje de
variación del Índice de Precios al Consumo (IPC), o índice que lo sustituya, de los últimos doce meses que estuviera publicado en la fecha de la prórroga. Cualquier modificación en el equipo de medida del Cliente o en sus instalaciones que derive en una variación de alguno de los términos del presente Contrato, será trasladada íntegramente a las condiciones económicas de este Contrato.
En el supuesto que la Empresa Distribuidora ajuste las potencias contratadas ATR por normalización de la tensión de suministro, por instalación del equipo de medida reglamentario definitivo, o por cualquier otro cambio en los equipos de medida del Cliente, dicho ajuste se trasladará íntegramente a las condiciones económicas de este Contrato.
En el caso de apreciarse algún error en cualquiera de los componentes de las Condiciones Particulares que puedan tener incidencia económica para cualquiera de las Partes, se procederá a su regularización desde la fecha en que se produjo el citado error, con el fin de restablecer el equilibrio económico entre las Partes.
Expresamente se pacta que si por cambios normativos o circunstancias no previsibles el cumplimiento del presente Contrato resultara imposible u oneroso para el Comercializador, las Partes acordarán, de mutuo acuerdo, una solución en el plazo de un (1) mes. Si tal solución no fuera posible, transcurrido un (1) mes, el Contrato quedará automáticamente resuelto.
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Me parece curioso que no entiendas lo que son las condiciones generales que una empresa adjunta a cualquier tarifa y las condiciones particulares que una tarifa específica tenga... Pero vamos, ahora que se ha demostrado que Repsol no ha repercutido el IPC a su tarifa, no he leído por aquí un: "me equivoqué", aunque quizá no seas capaz de entender que "te has equivocado".
 
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