Quiero "suponer" que si superas los 3.000 kWh que oferta la tarifa será de aplicación la cláusula siguiente:¿Y qué sucede si te pasas de los 3000 kWh?
Sin perjuicio de los anterior, en caso de que varíe alguna de las condiciones de estas Condiciones Particulares durante la duración del contrato, y según indicado en la LSE, se comunicarán cualquiera de los cambios con un mes de antelación previo a la entrada en vigor de los mismos, pudiendo el cliente ejercer en cualquier momento la terminación de este contrato mediante comunicación escrita según Condiciones Generales de Contrato y normativa vigente.
---
"Supongo" que modificarán el precio de la tarifa y lo comunicarán al cliente, no se indica nada en concreto al superar dicho consumo anual en la ficha del producto y oferta.
---
"Supongo" que modificarán el precio de la tarifa y lo comunicarán al cliente, no se indica nada en concreto al superar dicho consumo anual en la ficha del producto y oferta.
Archivos adjuntos
Última edición: