¿Y esto que aparece en mi factura?

Ya te lo han dicho los compañeros. Los TSO Costs son parte del precio del kWh. Desglosartelo supongo que es para que al comparar con otras comercializadoras veas un kWh barato.
El precio de la P3 es muy alto. Vamos, que se están cobrando 11€ extra. A cambio tiene el kW hora en punta a un precio bajo.

Lo primero que me preguntaría es si necesitas toda esa potencia. En la factura te indica la potencia máxima consumida en el último año. Probablemente puedas bajar la potencia P1 hasta ese valor sin problema alguno. Incluso puedes bajarla un 20% más sin que "te salte el automático".
 
Buenas a todos. Estoy con Loviluz, y resulta que en las últimas facturas me han añadido un concepto nuevo de "ajuste de mercado REE". En total han sido 99,68 euros en 4 meses. Lo he reclamado a Loviluz pero supongo que sin existo. ¿Alguien con experiencia en este concepto?
 
Buenas a todos. Estoy con Loviluz, y resulta que en las últimas facturas me han añadido un concepto nuevo de "ajuste de mercado REE". En total han sido 99,68 euros en 4 meses. Lo he reclamado a Loviluz pero supongo que sin existo. ¿Alguien con experiencia en este concepto?
Supongo que estás con PVPC. Esto es lo que dice la IA:
Los "servicios de ajuste del sistema", gestionados por REE, son mecanismos para equilibrar la generación y la demanda en tiempo real, tras cerrar el mercado diario.
Estos sobrecostes inciden directamente en los consumidores con tarifa regulada (PVPC), encareciendo la factura final de la luz.


En los últimos meses ha habido una subida importante, coincidiendo con lo que dices.
 
Supongo que estás con PVPC.
Dice estar con Loviluz, por lo que no está en PVPC.
Yo supongo que ha firmado un contrato a un precio fijo con esta comercializadora. Como la electricidad ha subido bastante en los últimos meses (tarifa punta) las cuentas cuadrarán bastante mal. Por tanto se han inventado un concepto para facturar un extra. Es posible que tu tengan una clausula en el contrato que les permita hacer eso.
Yo creo que no es legal ponerte un precio y después de haber usado el servicio aumentar dicho precio., por muchas clausulas que ponga en el contrato. Especialmente cuando anuncian "sin subidas 12 meses".

Pasos a seguir:
Verificar que tarifa has contratado y si prometía un precio fijo. Puedes usar Wayback Machine para ver si la publicidad de la pagina web por aquella época decia lo mismo que hoy.
Reclamar por escrito a Loviluz la devolución de ese dinero y que se abstengan de cobrar extras en lo que resta del contrato. Recuérdales que la CNMC ya opinó que no se debe hacer. La reclamación te puede ayudar a hacerla chatgpt.
Si en 30 días no tienes una respuesta satisfactoria acudir a consumo (OMIC), ya que imagino que esta empresa no tiene oficinas físicas ni hojas de reclamaciones. En dicha oficina poner una reclamación adjuntando la documentación que tengas (copia de la reclamación a la empresa, fecha de presentación y su respuesta o falta de ella, factura con ese concepto, captura de pantalla de la web, etc...). Acuérdate de recalcar que la publicidad es vinculante (anunciar precio fijo y después poner otra cosa en el contrato es una clausula abusiva). ChatGPT te puede ayudar en esto.
Tal y como lo cuentas la OMIC te dará la razón. Si la empresa se niega a aceptar la solución propuesta por la OMIC te vas directamente a los tribunales.
Allí pones una demanda por cantidades, que al ser menos de 2000€ no necesitas abogado, procurador ni pagar tasas (totalmente gratis para ti). Cubres un formulario, lo presentas y sentarse a esperar (la justicia es lenta). Acuérdate de adjuntar toda la documentación, incluido el acuerdo propuesto por la OMIC (o la negativa de LoviLuz a aceptar su mediación) y de reclamar los intereses legales.. Lo mas normal es que la empresa alcance un acuerdo extrajucial. En caso de que no quiera acuerdo lo normal es que el fallo sea lo propuesto por la OMIC, pero a la empresa ya le va a costar un extra.

Importante: Sigue siempre estos tres pasos. Reclamación bien fundamentada a la empresa, ir a la OMIC y finalmente a lo tribunales. No puedes ir directamente a los tribunales.

Si además quieres fastidiar, pon una reclamación en la CNMC. A ti no te van a solucionar nada, pero pueden acabar sancionando a la empresa. No son muy rápidos pero te aseguro que son unos excelentes profesionales.
 
Buenas a todos. Estoy con Loviluz, y resulta que en las últimas facturas me han añadido un concepto nuevo de "ajuste de mercado REE". En total han sido 99,68 euros en 4 meses. Lo he reclamado a Loviluz pero supongo que sin existo. ¿Alguien con experiencia en este concepto?
Cuando contratas una tarifa de luz, existe eso que nadie se lee que se llama contrato; en el verás que tu comercializadora te cubre hasta un importe de los servicios de ajuste (generalmente 15€/MWh) y si estos servicios superan ese importe, te lo van a cobrar en la siguiente factura.

[Nergiza.com] ¿Y esto que aparece en mi factura?


Si en el contrato indica 15€/MWh, y está a 26€, en la siguiente factura te van a refacturar la diferencia.

Esto en Enredesa, Ibertrola,.... no ocurre, el precio fijo es tal cual y no te van a refacturar nada, pero las pequeñas tienen esta "mala practica" (mala porque yo he cerrado un precio, pero está claro que ellos no van a asumir este sobrecoste y se lo trasladan al cliente) ya que si yo contrato un precio fijo se entiende que todos los conceptos están incluidos y no tienen que refacturarme nada a posteriori.
 
Esto en Enredesa, Ibertrola,.... no ocurre, el precio fijo es tal cual y no te van a refacturar nada, pero las pequeñas tienen esta "mala practica" (mala porque yo he cerrado un precio, pero está claro que ellos no van a asumir este sobrecoste y se lo trasladan al cliente) ya que si yo contrato un precio fijo se entiende que todos los conceptos están incluidos y no tienen que refacturarme nada a posteriori.
Gracias por el aviso, @JordiGonBen.
Estoy con ImaginaEnergia, y como bien supones, no había leído la 'letra pequeña' del contrato.
Ahora la he leído, y efectivamente contiene esta claúsula. No la llaman "ajuste de mercado REE", sino
"Servicios de Ajuste del Sistema eléctrico español (SSAA)", pero es lo mismo.
Vaya sorpresa desagradable (supongo que para muchos):
[Nergiza.com] ¿Y esto que aparece en mi factura?
 
Última edición:
Gracias por el aviso, @JordiGonBen.
Estoy con ImaginaEnergia, y como bien supones, no había leído la 'letra pequeña' del contrato.
Ahora la he leído, y efectivamente contiene esta claúsula. No la llaman "ajuste de mercado REE", sino
"Servicios de Ajuste del Sistema eléctrico español (SSAA)", pero es lo mismo.
Vaya sorpresa desagradable:
Ver el archivos adjunto 41705
Pues ya sabes que el mes que viene te vendrá esa clausula y te van a refacturar.
 
Pues ya sabes que el mes que viene te vendrá esa clausula y te van a refacturar.
Entiendo que ImaginaEnergia acumula la diferencia de precio y la cobra cada 1 de enero.

Le he pedido a 'Atención al cliente' de ImaginaEnergia que me explique lo que significa esta claúsula para mi.
 
Última edición:
Gracias a todos por las respuestas. Efectivamente en el contrato así viene reflejado. Y consultado otros contratos que tengo en comercializadoras pequeñas es práctica habitual pero para tarifas 3.0 TD (Por ejemplo Nufri o Energya VM). En Loviluz lo aplican para todas.
 
En España la publicidad tiene valor contractual.
La web dice claramente:
Congelamos tu factura de la luz
20% de descuento en tu energía durante 1 año
Tu energía a: 0,119 €/kWh el primer año y precio estable durante 3 años.


Poner en el contrato clausulas que contradicen este anuncio es una práctica ilegal y puedes reclamarlas aunque las hayas firmado. Deben respetar su publicidad.

Lo puedes ver en BOE-A-2007-20555 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Artículo 61. Integración de la oferta, promoción y publicidad en el contrato.​

1. La oferta, promoción y publicidad de los bienes o servicios se ajustarán a su naturaleza, características, utilidad o finalidad y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación.

2. El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato.
 
En España la publicidad tiene valor contractual.
La web dice claramente:
Congelamos tu factura de la luz
20% de descuento en tu energía durante 1 año
Tu energía a: 0,119 €/kWh el primer año y precio estable durante 3 años.


Poner en el contrato clausulas que contradicen este anuncio es una práctica ilegal y puedes reclamarlas aunque las hayas firmado. Deben respetar su publicidad.

Lo puedes ver en BOE-A-2007-20555 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Artículo 61. Integración de la oferta, promoción y publicidad en el contrato.​

1. La oferta, promoción y publicidad de los bienes o servicios se ajustarán a su naturaleza, características, utilidad o finalidad y a las condiciones jurídicas o económicas de la contratación.

2. El contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato.
Ojo con esto que tiene trampa.

20% de descuento en TU ENERGIA; cargos, peajes, servicios de ajuste,.... eso NO es tu energía, son cargos regulados.

Te puedes encontrar el mismo caso si tienes excedentes fotovoltaicos, puedes cubrir tu consumo (a no ser que tengas una batería virtual), pero ahí no se incluyen ni los cargos ni los peajes.

Es como juegan algunas comercializadoras, a ser trileros.
 
Buen recopilatorio. Aporto un par más muy típicos para la lista:

  • Servicios de urgencias / mantenimiento "opcionales": Clásico colado por teléfono o casilla premarcada (asistencia eléctrica, urgencias 24h). De 3 a 10 €/mes tirados a la basura; baja inmediata.
  • Financiación del Bono Social: Es obligatorio por ley, pero muchas comercializadoras lo desglosan aparte para que parezca un extra externo en vez de incluirlo en el margen.
  • Alquiler de ICP cuando ya está integrado en el contador inteligente: Todavía hay distribuidores despistados cobrando alquiler por un ICP físico que ya ni existe.
 
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