Si estos días te ha llegado un correo de tu comercializadora diciendo que te van a devolver el depósito de garantía de la distribuidora, tranquilo: no es un bono raro, no es una promoción, y tampoco es que tu comercializadora se haya levantado generosa. Es, básicamente, la devolución de una fianza antigua asociada al suministro eléctrico.

El tema viene del Real Decreto 88/2026, que aprueba el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica. Entre otras cosas, obliga a devolver depósitos que los consumidores habían dejado en su día.
Qué era ese depósito de garantía
El depósito de garantía era una especie de fianza del suministro eléctrico. En determinados casos, por ejemplo al dar de alta un punto de suministro o al modificar ciertas condiciones, podía existir un importe depositado como garantía frente a posibles impagos.
Lo curioso es que muchos consumidores ni sabían que lo tenían. A veces se pagó hace años, al contratar la luz por primera vez, al cambiar condiciones del suministro o al heredar un contrato antiguo. No era una línea que apareciera todos los meses en la factura, así que es normal que ahora mucha gente piense: “¿esto de dónde sale?”.
Hasta ahora, el esquema venía de normativa anterior como el Real Decreto 1955/2000, donde ya se regulaban estas garantías y su devolución cuando correspondía. La novedad práctica para el consumidor doméstico es que ahora se está haciendo una devolución general de depósitos existentes.
Qué ha cambiado con el Real Decreto 88/2026
La clave está en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 88/2026. El texto dice que, en un plazo máximo de cuatro meses desde la entrada en vigor del real decreto, las distribuidoras deben proceder a la devolución íntegra de las garantías que hubieran sido depositadas por los consumidores antes de esa entrada en vigor.
Además, la norma permite que esa devolución se reparta entre varios ciclos de facturación dentro de ese plazo, siempre indicando expresamente en la factura qué concepto corresponde a la devolución de la garantía.
Y aquí viene el detalle importante: si la distribuidora no tiene la información necesaria para devolvértelo directamente, la devolución se hace a través de tu comercializadora vigente. Esa comercializadora tiene la obligación de trasladarte el importe en la factura del suministro.
Dicho en cristiano: puede que el dinero venga de la distribuidora, pero tú lo veas en la factura de Iberdrola, Endesa, Naturgy, Nufri, Octopus, Pepeenergy o la comercializadora que tengas ahora.
Cómo puede aparecer en la factura
Cada comercializadora puede ponerlo con un texto algo distinto, pero lo normal es que aparezca como una línea de abono o descuento. Por ejemplo, Endesa explica en su web que, si la devolución se realiza a través de Endesa Energía, aparecerá bajo el concepto “Depósito Garantía Distribuidora”.
En otros casos puedes ver textos del estilo:
- Depósito garantía distribuidora
- Devolución depósito de garantía
- Abono garantía distribuidora
- Regularización depósito garantía
Lo importante es mirar si aparece como importe negativo, descuento o abono en la factura. Si la cantidad es pequeña, simplemente reducirá el total a pagar. Si el abono supera el consumo de esa factura, puede quedar una factura muy baja, a cero o incluso con saldo a favor, según cómo lo gestione cada comercializadora.
Cuánto dinero van a devolver
No hay una cantidad única para todos. Depende del depósito que se hubiera constituido en su día para ese punto de suministro. Por eso a un usuario le pueden devolver unos euros y a otro una cantidad distinta.
Históricamente se solía aproximar el importe de la garantía como el equivalente a unas 50 horas de uso de la potencia contratada. Es decir, algo del estilo:
Base aproximada ≈ 50 h × potencia contratada
Eso da un consumo teórico en kWh que luego se valoraba según la tarifa/precios aplicables en su momento. Como orden de magnitud puede servir para entender por qué muchas devoluciones son importes modestos, pero no lo tomaría como una calculadora fiable. La normativa aplicable, los cambios de contrato, los redondeos y la propia gestión histórica de cada suministro pueden hacer que el importe real no coincida.
La distribuidora es la que identifica si existe depósito a devolver y cuál es su cuantía. La comercializadora, si actúa como intermediaria, solo lo traslada en factura.
También puede ocurrir que no recibas nada porque no existía depósito pendiente, porque ya se devolvió en otro momento, porque no aplica a tu caso o porque todavía no ha llegado el ciclo de facturación correspondiente. Vamos, que si a tu vecino le sale este mes y a ti no, no significa automáticamente que te estén tangando.
Esto no es lo mismo que los derechos de alta
Ojo con mezclar conceptos. En la factura de la luz hay muchos palabros: derechos de extensión, acceso, enganche, verificación, peajes, cargos, potencia contratada, energía consumida... El depósito de garantía es otra cosa.
Si estás dando de alta un suministro nuevo, aumentando potencia o tocando una instalación, pueden aparecer otros conceptos regulados que no tienen nada que ver con esta devolución. Conviene separar bien cada concepto antes de reclamar.

Como el tema habla de devoluciones de dinero, es carne de cañón para intentos de phishing. Si recibes un correo que te pide meter claves bancarias, pagar una tasa para desbloquear la devolución o entrar en un enlace raro, desconfía. Una devolución en factura no debería exigirte hacer pagos previos ni meter contraseñas fuera del área de cliente oficial.
¿Y si he cambiado de comercializadora?
El Real Decreto 88/2026 contempla precisamente que, si la distribuidora no dispone de la información necesaria para devolver la garantía directamente, lo haga a través de la comercializadora vigente. Por eso puede llegarte la devolución en la compañía donde estás ahora, aunque el depósito original venga de hace muchos años y de otro contrato.
Aquí puede haber casuística: cambios de titular, suministros antiguos, contratos heredados, puntos dados de baja, datos que no coinciden... Si crees que tenías depósito pendiente y no aparece nada tras varios ciclos, tocará reclamar con el CUPS y las facturas a mano.
Conclusión nergiza
Si te aparece una línea de devolución del depósito de garantía de la distribuidora, no es una rebaja nueva de tu tarifa ni un regalo de la comercializadora. Es la devolución de una fianza antigua que, por el cambio normativo del Real Decreto 88/2026, las distribuidoras tienen que devolver a los consumidores.
Lo normal es que lo veas como un abono en la factura, a veces a través de tu comercializadora actual. Revisa que el concepto esté claro y no piques en correos raros que pidan datos o pagos para “liberar” la devolución.
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