L
ladamadellago
Todos los contratos que he visto de distintas comercializadoras establecen que cualquier modificación de los demás conceptos, actividades o componentes regulados que pudieran aprobarse por la Administración durante la vigencia del presente contrato,serán trasladados automáticamente y de manera íntegra a los precios del suministro y/o servicio en la medida que les resulten de aplicación y sin que ello se considere
modificación de las condiciones contractuales
modificación de las condiciones contractuales