¡Buenos días!
Finalmente, no he sido capaz de esperar a final de mes: anoche tramité el cambio a Octopus, con la “Relax”.
La factura que se me viene desde Naturgy va a ser apoteósica, y cada vez que calculo el importe que llegará (con el dichoso MAG) me perrea el ojo izquierdo.
Entre eso, el que no me da seguridad alguna seguir siendo cliente de esa calaña, y que Agosto no es el mejor mes para esperar que las reclamaciones se gestionen rápido… No resistí la presión: Preferí cambiar ya, aprovechando que la distribuidora debería cerrarme facturación entre hoy y mañana.
Vi que en el contrato de Naturgy se indica "El Contrato de suministro de gas o electricidad entrará en vigor cuando se active el acceso a las redes de la Compañía Distribuidora." Pensé que tal vez ponga lo mismo (o algo muy similar) en los contratos de las comercializadoras... Y que fijo que sería a lo que Naturgy se aferraría para negarse a quitarme el MAG.
Pero, mientras pasaba a Octopus, en su "Términos y condiciones de contratación" indicaban: "El Contrato entrará en vigor el día de su firma y tendrá la duración establecida de un (1) año desde la fecha de inicio del suministro, salvo que se acuerde otra duración en las Condiciones Particulares". Ea, que lo de Naturgy, pues parece que no es "la norma".
Nada, ahora a esperar el facturón final, y a que las reclamaciones en curso resulten a mi favor, debiendo Naturgy reintegrarme los importes del MAG cobrados en las 2 últimas facturas (algo que incluí en las reclamaciones).
¡A ver que tal va la experiencia con los del pulpo!