A
ANIKILLL
- Iniciador del tema
- #649
Para ayudarte, articulo 208 del codigo penal injuria acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Aplicate el cuento
Y esos cups que manejas saben que te dedicas a intentar enriquecerte a su costa?
Claro, que lo saben, siempre y cuando se haga constar previamente el potencial ahorro que se consiga y acepten claro esta. Soy asesor energético independiente, y si tambien pago mis +-300 mes religiosamente,
Joder igual te has pensado que te iba a cambiar cups de una base de datos robada o algo asi!!?
jajajjajajajajaja En tu cabeza, como se supone que te iba a estafar?
en fin..
Pero he entrado en essios y está como en la PVPC (superior al indexado)
En OMIE, no acabo de aclararme con los números que dan...
Divide /1000 . Luego tienes que añadir el resto de componentes de la formula.