Tarifas y Comercializadoras recomendadas, ( antes Tarifas electricas mercado...)

  • Iniciador del tema Iniciador del tema ladamadellago
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.
Para ayudarte, articulo 208 del codigo penal injuria acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Aplicate el cuento

Y esos cups que manejas saben que te dedicas a intentar enriquecerte a su costa?

Claro, que lo saben, siempre y cuando se haga constar previamente el potencial ahorro que se consiga y acepten claro esta. Soy asesor energético independiente, y si tambien pago mis +-300 mes religiosamente,

Joder igual te has pensado que te iba a cambiar cups de una base de datos robada o algo asi!!?
jajajjajajajajaja En tu cabeza, como se supone que te iba a estafar?

en fin..


Pero he entrado en essios y está como en la PVPC (superior al indexado)

En OMIE, no acabo de aclararme con los números que dan...

[Nergiza.com] Tarifas y Comercializadoras recomendadas, ( antes Tarifas electricas mercado...)

Divide /1000 . Luego tienes que añadir el resto de componentes de la formula.
 
Claro, que lo saben, siempre y cuando se haga constar previamente el potencial ahorro que se consiga y acepten claro esta. Soy asesor energético independiente, y si tambien pago mis +-300 mes religiosamente,

Joder igual te has pensado que te iba a cambiar cups de una base de datos robada o algo asi!!?
jajajjajajajajaja En tu cabeza, como se supone que te iba a estafar?

en fin..




Ver el archivos adjunto 28048
Divide /1000 . Luego tienes que añadir el resto de componentes de la formula.
Ahora sí!! Millón de gracias!! Me estaba poniendo nervioso y todo. La fecha, la fecha! La estaba poniendo mal!!! Gracias!!!
 
INCIDENCIA
Fecha de apertura
Fecha en la que iniciaste esta gestión.
29/05/2024
Causa
Causa
tu contrato está afectado por una demora en la emisión de facturas que excede el tiempo reglamentario tras una baja de contrato por cambio de comercializador. Por tanto, en cumplimiento con la normativa vigente, las facturas pendientes se emitirán con carácter informativo y no requeriremos el pago de las mismas
Tengo que pagar las facturas?
 
INCIDENCIA
Fecha de apertura
Fecha en la que iniciaste esta gestión.
29/05/2024
Causa
Causa
tu contrato está afectado por una demora en la emisión de facturas que excede el tiempo reglamentario tras una baja de contrato por cambio de comercializador. Por tanto, en cumplimiento con la normativa vigente, las facturas pendientes se emitirán con carácter informativo y no requeriremos el pago de las mismas
Tengo que pagar las facturas?
Seran mas de 1 año
 
INCIDENCIA
Fecha de apertura
Fecha en la que iniciaste esta gestión.
29/05/2024
Causa
Causa
tu contrato está afectado por una demora en la emisión de facturas que excede el tiempo reglamentario tras una baja de contrato por cambio de comercializador. Por tanto, en cumplimiento con la normativa vigente, las facturas pendientes se emitirán con carácter informativo y no requeriremos el pago de las mismas
Tengo que pagar las facturas?
@LUIS RODRIGUEZ:


El artículo 4 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico señala como uno de los derechos de los consumidores “Recibir la liquidación de la cuenta después de cualquier cambio de suministrador de electricidad, en el plazo de 42 días como máximo a partir de la fecha en que se produzca el cambio de suministrados”.

La incidencia es de 29/05/24 pero si las facturas de emisión son anteriores a 42 días desde que hiciste el cambio quedas exento del pago, no por la fecha de emisión de la reclamación... sino por la fecha de las facturas a "facturar".

No tienes que abonar facturas, ellos mismos se acogen a los 42 días... y te la emiten con carácter informativo, no te requieren el pago de las mismas, es ilegal!
 
Última edición:
Pues enhorabuena....si eso se hicise más extensivo y facturas de más de 3 meses sin necesidad de cambiar de operadora, que no se cobrasen, estuviesen exentas, otro gallo cantaría...
 
@Carlos , por favor, haz de profesor en el patio del colegio. Soy seguidor de éste hilo en particular porque me sirve de guía para ahorrar, como a muchos otros, pero últimamente el hilo se está llenando de enfrentamientos que no tenemos por qué aguantar.
La soberbia de algunas personas han acabado con el espíritu del hilo, y ha tenido como consecuencia el abandono del alma mater del mismo @aLMaX.
Una verdadera pena lo que está ocurriendo con éste hilo.
 
@LUIS RODRIGUEZ:


El artículo 4 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico señala como uno de los derechos de los consumidores “Recibir la liquidación de la cuenta después de cualquier cambio de suministrador de electricidad, en el plazo de 42 días como máximo a partir de la fecha en que se produzca el cambio de suministrados”.

La incidencia es de 29/05/24 pero si las facturas de emisión son anteriores a 42 días desde que hiciste el cambio quedas exento del pago, no por la fecha de emisión de la reclamación... sino por la fecha de las facturas a "facturar".

No tienes que abonar facturas, ellos mismos se acogen a los 42 días... y te la emiten con carácter informativo, no te requieren el pago de las mismas, es ilegal!

No sabía que caducaban a 42 días despues de portabilidad..
Que esté atento a la cuenta bancaria por que seguro que se dispara la orden.... se vuelve y listo.

Quien se las comerá la distirbuidora o la comercializadora? Como se aire esto, al final van a lanzar mas estimadas.
 
@Carlos , por favor, haz de profesor en el patio del colegio. Soy seguidor de éste hilo en particular porque me sirve de guía para ahorrar, como a muchos otros, pero últimamente el hilo se está llenando de enfrentamientos que no tenemos por qué aguantar.
La soberbia de algunas personas han acabado con el espíritu del hilo, y ha tenido como consecuencia el abandono del alma mater del mismo @aLMaX.
Una verdadera pena lo que está ocurriendo con éste hilo.

Almax esta esperando el permiso para abrir su hilo de nuevo ....

 
Estado
Cerrado para nuevas respuestas.
Atrás
Arriba