Bono Social Electricidad Iberdrola

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En esta ocasión vamos a ver en qué consiste el Bono Social de Iberdrola (Curenergía), cuánto dura, condiciones, qué ventajas y características tiene y cómo puede ser solicitado.

Bono social iberdrola

¿Qué es?

El Bono Social de Electricidad de Iberdrola es un descuento, regulado por el Gobierno, que se aplica a las facturas de la luz, y tiene como objetivo ayudar a todos aquellos usuarios que se encuentren en una situación de vulnerabilidad y estén en riesgo de pobreza energética.

Dependiendo de la renta anual y de la situación familiar, este descuento será de entre un 25 y un 100%.

 

¿Cuánto dura?

En todos los casos, este Bono Social tiene una duración de dos años, y podrá ser renovado. Cuando se acerque la fecha de finalización del bono, Iberdrola informará al cliente de ello.

 

Condiciones, descuentos

Existen descuentos del 25, 40 ó 100% en función del grado de vulnerabilidad del consumidor.

Aquellos que reciben un descuento en la factura de la luz del 25% son considerados consumidores vulnerables. Para poder recibir este descuento, la renta debe ser igual o inferior a...

  • 11.279,39€ al año en familias sin menores
  • 15.039,19€ al año en familias con un menor
  • 18.798,98€ al año en familias con dos menores

La renta será calculada según el IPREM (Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples).

En el caso de las familias monoparentales, la renta podrá ser 0,5 veces el IPREM respecto a las familias biparentales.

Este descuento del 25% también podrá ser aplicado a familias numerosas y a pensionistas.

Bono social familia numerosa

Los beneficiarios del bono social que reciban un descuento del 40% en su factura de la luz serán considerados consumidores vulnerables severos. Para poder acceder a este descuento, las condiciones son que la renta sea igual o inferior a...

  • 5.639,69€ al año en familias sin menores
  • 7.519,19€ al año en familias con un menor
  • 9.399,49€ al año en familias con dos menores

Este descuento también será aplicable a familias numerosas con una renta inferior a 15.039€ y a pensionistas con una renta igual o inferior a 7.520€.

Por último, aquellos que reciben un descuento del 100% en su factura de la luz son considerados consumidores vulnerables en riesgo de exclusión social. Esta ayuda la recibirán quienes además de cumplir con los niveles de renta de los consumidores vulnerables severos, también sean atendidos por los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma.

En casos de discapacidad igual o superior al 33%, violencia de género o víctima de terrorismo, el nivel de renta mínimo para cualquiera de los descuentos se incrementará.

 

Requisitos del Bono Social de Iberdrola. ¿Quién puede solicitarlo?

Para poder solicitar el Bono Social de Electricidad de Iberdrola hay que cumplir con una serie de requisitos, que son:

  • Tener contratada la tarifa PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor) con Curenergía (Iberdrola Comercialización de Último Recurso).
  • La potencia contratada debe ser igual o inferior a 10 kW.
  • Deben cumplirse las condiciones de renta mínima que han sido indicadas en el apartado anterior.
  • La persona que solicite el bono debe ser el titular del suministro y, además, debe ser una persona física.
  • El bono sólo puede ser solicitado para la vivienda principal.

Además, otro de los requisitos que se debe cumplir es tener un consumo eléctrico igual o inferior a:

  • 1.380 kWh al año.En caso de familias sin menores.
  • 1.932 kWh al año. Para familias con un menor
  • 2.346 kWh al año. En familias con dos menores

¿Cómo solicitarlo?

La solicitud del Bono Social de Iberdrola se hace a través de la comercializadora de referencia, Curenergía. En primer lugar debe rellenarse el formulario de solicitud y, posteriormente, enviarlo.

El formulario de solicitud puede obtenerse de diferentes formas:

  • Llamando a Curenergía (comercializadora de mercado regulado de Iberdrola) al número de teléfono gratuito 900 200 708.
  • Acudiendo a alguno de los puntos físicos de atención al cliente, que pueden ser consultados en la página web de Curenergía.
  • A través del formulario disponible en PDF.
  • A través del formulario online disponible en la página web de Curenergía.

La información que hay que facilitar para poder rellenar los formularios es:

  • Datos del titular del contrato.
  • Datos de la Unidad Familiar. Deben facilitarse todos los datos de los miembros de la familia que sean mayores de 14 años.
  • Tipo de solicitud.
  • Aportación de la documentación en formato digital para corroborar la validez de la solicitud.

Si el formulario no se realiza de manera online, una vez que haya sido rellenado puede enviarse de tres maneras distintas:

  • Por correo electrónico a la dirección [email protected]
  • Presencialmente en algunos de los Puntos de Atención de Curenergía (que pueden ser consultados en su página web).
  • A través de correo postal a la siguiente dirección

CURENERGÍA Comercializador de Último Recurso, S.A.U.

Apartado de Correos 61017

28080 Madrid

Documentación

Los que soliciten el Bono Social Eléctrico de Iberdrola deberán entregar la siguiente documentación:

  • Formulario de Bono Social de Iberdrola correctamente rellenado y firmado por todos los miembros de la unidad familiar que sean mayores de 14 años.
  • Una fotocopia del DNI o NIE del titular.
  • La fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Igualmente un fotocopia del libro de familiar. En caso de que no se disponga de éste, también se podrá entregar la certificación individual del Registro Civil del titular y de cada uno de los integrantes de la unidad familiar, o cualquier otro documento expedido por la autoridad competente que acredite el estado civil del solicitante.
  • Certificado de empadronamiento del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Última Declaración de la Renta para comprobar que se cumplen con los niveles de renta máximos.

Además, en circunstancias especiales, también deberá entregarse:

  • En caso de familia numerosa: Fotocopia del título de familia numerosa.
  • Para discapacidad igual o superior al 33%: Certificado de la Seguridad Social.
  • Si es víctima de violencia de género o víctima de terrorismo: Certificado de los Servicios Sociales.

 

Plazos. ¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El consumidor puede solicitar el Bono Social de Iberdrola en cualquier momento del año.

Una vez entregada la documentación, la comercializadora de Iberdrola, Curenergía, tendrá un plazo de 15 días hábiles desde que haya sido recibida la solicitud para hacer saber al consumidor si dicha solicitud ha sido aceptada o rechazada.

En caso de que faltase algún dato, el consumidor tendrá otro plazo de 15 días desde que se le comunica que la solicitud ha sido rechazada para aportar la documentación correctamente.

Una vez haya sido aceptada la solicitud, el descuento del bono social será aplicado en la próxima factura.

 

Renovación del Bono Social de Iberdrola

El Bono Social de Electricidad de Iberdrola se renovará cada dos años. Esta renovación deberá realizarse en un plazo de 15 días antes de que expire.

Para poder renovar el Bono Social de Iberdrola, deberá realizarse el mismo proceso que se hizo para solicitarlo por primera vez. Es decir, habrá que presentar de nuevo el formulario y toda la documentación necesaria a Curenergía.

 

¿Qué otras compañías ofrecen un bono social?

Otras Comercializadoras de Referencia a las que puede solicitarse el bono social son:

  • Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.U
  • Gas&Power Comercializadora Regulada, S.A
  • Baser Comercializadora de Referencia, S.A
  • Regsiti Comercializadora Regulada, S.L.U
  • CHC Comercializador de Referencia S.L.U
  • Teramelcor, S.L. (Melilla).
  • Energía Ceuta XXI Comercializador de Referencia, S.A. (Ceuta)

Si necesitas que te ayude con tu caso particular, puedes usar el servicio de consulta PRO para enviarme tu duda junto con toda la información necesaria (planos, presupuestos recibidos, etc.) y te responderé en un plazo de 2 días.

10 comentarios en «Bono Social Electricidad Iberdrola»

  1. Varios apuntes que me ha pasado tramitando con CURENERGÍA:

    A veces la solicitud se pierde, llamo para ver como va y no existe después de tener el pantallazo del formulario.... he tenido que rellamar y mandar por email.

    Cuidado los QUE NO SEAN UNIDAD FAMILIAR, piden certificado de FE DE VIDA.

    Lo que No entiendo tampoco como, a pesar de marcar en el formulario que AUTORIZA a comprobar requisitos de la renta, haya que mandar la declaración de la renta o certificado de rentas. Se supone que tienen una aplicación del ministerio....

    Responder
  2. Si no recuerdo mal (lo digo de memoria) si el titular tiene una minusvalía superior al 35% o tiene ascendientes o descendientes con minusvalía, tiene ciertas ventajas también, creo que le cuenta el 0,5 del IPREM.

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  3. Si todo hay que hacerlo dentro de las tarifas reguladas, y los trámites hay que hacerlos con Curenergía, ¿por qué se menciona a Iberdrola por todas partes, hasta en el título? Ya sé que Curenergia es del grupo Iberdrola, pero si justamente les han obligado a usar nombres diferentes para no confundir al personal, creo que las menciones a Iberdrola sobran. Más de uno llamará al teléfono de Iberdrola para pedir información, y le enroscarán una timotarifa.

    Responder
    • Se menciona justamente por eso, porque tu lo sabes, pero mucha gente no, el que no sabe y está con Iberdrola en mercado libre busca "bono social Iberdrola" y acaba aquí, si lee con atención el post se da cuenta de que tiene que pasar a mercado regulado con Curenergía (lo dice varias veces y el teléfono, mail, etc.. es de Curenergía) y acaba haciendo el cambio.

      Si no lo lee con atención y llama a cualquier sitio no podemos hacer mucho por él. 🙂

      En cambio si el post se titula "bono social Curenergía" pues esa persona no acaba aquí y no le podemos ayudar a cambiar a mercado regulado

      Responder
  4. Yo lo tengo con Endesa por familia numerosa y pude ir directamente a la oficina comercial de Endesa del barrio a solicitarlo.

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  5. Imagina que el año pasado he ingresado 20.000€ totales (última Renta) y este año desde Enero no trabajo y mis ingresos son 0€.
    ¿Para baremar solo tienen en cuenta la declaración de la Renta?
    Aunque mi situación desde Enero sea vulnerable ¿no me lo concederían hasta que haga la declaración de la Renta con los ingresos 0€?
    ¿o se puede aportar otra documentación que así lo demuestre?

    Responder
  6. Un pelín "off-topic" pero espero que Miquel o cualquier otro me pueda contestar:

    1.) ¿Qué es mejor? ¿Tarifa PVPC o tarifa del mercado libre indexada? (2.0DHA en ambos casos)
    Evidentemente, esto último depende de los sobrecargos que apliquen. Pero Pepe Energy, por ejemplo, cobra €4,30 al mes a mayores, con la energía a precio de coste, según dicen, y con el precio para el término de potencia al mínimo legal (0,1042 €/kW/día)

    Luego Fortu ofrece indexado a precio de mercado + 0,006 €/kWh. A cambio, no cobra suplemento por la gestión de la energía. El término de potencia lo tienen a 0,104228 €/kW/día.

    2.) ¿Cómo puedo comparar el precio de la tarifa PVPC con el del mercado libre indexado? ¿Cuál es el gráfico de la OMIE que tengo que mirar para el precio del marcado libre indexado, para calcular cuánto me aplicarían estas empresas. ¿Alguien podría poner la URL para ese gráfico?

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