Cuánto cuesta dar de alta la luz

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Una de las preguntas que más nos solemos hacer a la hora de adquirir una nueva vivienda o local es cómo se da de alta la luz y qué precio tiene esa gestión. Los precios para dar de alta la luz son regulados por el Gobierno y se pagan directamente a la distribuidora de la luz.

Precio alta luz

En España hay principalmente cinco distribuidoras de luz según el territorio: e-distribución, i-DE, UFD, E-REDES y Viesgo Distribución. El cliente puede elegir la comercializadora eléctrica, pero no la distribuidora.

 

Documentación para dar de alta la luz

Para poder solicitar el alta de la luz, lo primero que habrá que hacer es entregar una serie de documentos a la comercializadora eléctrica que haya sido elegida y que, posteriormente, entregará a la distribuidora. Estos documentos son:

  • Los datos de la persona que va a ser titular del contrato.
  • La dirección del domicilio.
  • La potencia eléctrica que se va a contratar.
  • La cuenta bancaria donde se va a domiciliar el pago del suministro.
  • El Código Universal del Punto de Suministro (CUPS): Este código identifica el suministro de luz de la vivienda. Aunque la vivienda no haya tenido nunca luz, es probable que sí que tenga asignado un CUPS, para comprobarlo tan sólo habría que llamar a la distribuidora de la zona correspondiente.

Además, si se dan alguna de las siguientes tres situaciones, también podría ser necesario entregar el Boletín Eléctrico:

  • La vivienda tiene más de 20 años.
  • Es una vivienda de nueva construcción.
  • Se quiere contratar una potencia superior a la que existía previamente.

En este boletín se recoge información sobre la instalación eléctrica, la potencia instalada en la vivienda y la máxima potencia que podría instalarse. En el caso de que la potencia eléctrica que se va a querer contratar sea superior a la registrada en el boletín, habría que hacer un boletín eléctrico nuevo.

Una vez la distribuidora haya recibido toda la documentación y haya comprobado que todo es correcto, enviará a un técnico para que compruebe que la instalación eléctrica está en correcto funcionamiento y para que instale el contador de la luz. El plazo para comenzar a tener suministro eléctrico será de entre 5 y 7 días desde que haya sido autorizado.

 

Vale, pero ¿Cuánto cuesta?

El precio de dar de alta la luz dependerá de tres factores: la potencia que se vaya a contratar, si es una vivienda nueva o se tiene que reactivar el suministro y del tiempo que haya pasado desde que fue dada de baja la luz.

factura de la luz y billetes

Dar de alta la luz en caso de vivienda nueva

El precio de dar de alta la luz por primera vez está compuesto por tres derechos. Estos derechos de alta de luz tan sólo se pagarán en la primera factura y son:

  • Derechos de extensión: Tienen un coste de 17,37€ por kW + IVA. Se abonan cuando hay un nuevo suministro de la luz o se aumenta la potencia. Cubren los gastos de la instalación eléctrica.
  • Derechos de acceso: El coste es de 19,70€ por kW contratado + IVA. Es el coste por el uso de la red de transporte eléctrico hasta el domicilio.
  • Derechos de enganche: Tiene un coste fijo de 9,04€ + IVA. Es el coste de conectar la red eléctrica al suministro de la vivienda.

Además, tendrá que pagarse un depósito de garantía a la distribuidora eléctrica, que funcionará como fianza en el caso de que el cliente no pague sus facturas. El importe del depósito dependerá de la potencia contratada, y será devuelto si se da la baja o si se produce un cambio de titular.

Para dar de alta la luz en una vivienda nueva, el proceso que habría que seguir es el siguiente:

  1. En primer lugar hay que comprobar que la vivienda cuenta con la instalación eléctrica necesaria. En caso de que no sea así, habría que contactar con la distribuidora correspondiente.
  2. Posteriormente, tendremos que solicitar el Boletín Eléctrico.
  3. Por último, habrá que contactar con la comercializadora para solicitar el alta de la luz y entregarle la documentación que indicamos anteriormente.

 

Dar de alta la luz de nuevo

Existe también el caso de que la vivienda ya había contado previamente con suministro eléctrico pero había sido de baja por causas como:

  • Situación de impago.
  • Mudanza de domicilio.
  • Propietarios que alquilan el domicilio.
  • Segundas viviendas que no están siendo ocupadas.

Por tanto, en estos casos en los que habría que volver a dar de alta la luz. Un punto importante en el que nos deberemos fijar es en el tiempo que lleva dado de baja el suministro. Si han pasado menos de tres años desde la fecha, no será necesario pagar los derechos de extensión.

Por tanto, el precio de dar de alta de nuevo la luz, habiendo transcurrido menos de tres años desde la fecha en la que se dio de baja, está constituido por:

  • Derechos de acceso: 19,70€ por kW + IVA.
  • Derechos de enganche: 9,04€ + IVA.

Si la potencia que se quiere contratar es superior a la que estaba contratada anteriormente, habrá que pagar los derechos de extensión de la diferencia entre ambas potencias.

En el caso de que la vivienda cuente con suministro eléctrico y vaya a cambiar de propietario, también existe la opción de hacer una subrogación de contrato. Antes de hacer esto, hay que asegurarse de que el anterior propietario no tenga ninguna duda pendiente, ya que, al cambiar de titular, se asumen todos los gastos del contrato anterior.

Si necesitas que te ayude con tu caso particular, puedes usar el servicio de consulta PRO para enviarme tu duda junto con toda la información necesaria (planos, presupuestos recibidos, etc.) y te responderé en un plazo de 2 días.

7 comentarios en «Cuánto cuesta dar de alta la luz»

  1. Insisto que habría que intentar explotar la última reforma de la normativa.

    Artículo 14 Modificación del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica
    «5. No obstante lo anterior, para los incrementos de potencia de los contratos en baja tensión cuya antigüedad sea superior a veinte años, las empresas distribuidoras deberán proceder a la verificación de las instalaciones, autorizándose a cobrar, en este caso, los derechos de verificación (10 euros ) vigentes, no siendo exigible en otro tipo de modificaciones. Si efectuada dicha verificación se comprobase que las instalaciones no cumplen las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias, la empresa distribuidora deberá exigir la adaptación de las instalaciones y la presentación del correspondiente boletín del instalador.»
    Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores

    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/629421-rdl-15-2018-de-5-oct-medidas-urgentes-para-la-transicion-energetica-y-la.html

    Para el alta OK, pero se supone que si quieres incrementar potencia, puedes amparte en ese artículo para que te revisen la instlación si esta bajo normativa para adelante.

    Responder
    • El problema es que si una vivienda tiene mas de 20 años es muy probable que se vea afectada por algún cambio de normativa, así que no cumplirá todo, y entonces habrás pagado los 10 € de esa revisión, mas lo que tendrás que pagar luego para modificar la instalación y emitir el certificado de seguridad… Así que estás en lo mismo.

      Responder
      • Le pides al profesional la corrección de la instalción omitiendo los 80 – 200 de boletin .

        Pasas revisión si el trabajo esta bien hecho.

        Responder
  2. 268 e me costo ami dar de alta y me dijeron que ese importe me vendria con la 1 factura ya me llego la 1 factura y solo me cobraron 70 e de ese mes lo que gaste, alguien sabe cuando se cobran ese importe

    Responder
  3. Buenos días,
    Necesito asesoramiento urgente. Mi situación es extrema…
    El día 3/07/2024 contraté con Repsol un alta nueva en una vivienda de segunda mano en la localidad de Trillo (Guadalajara) ya que iba a comenzar a vivir allí el 15/07/24. Como se estaba demorando mucho el alta y visto que mis compañeros que estaban en mi misma situación les dieron el alta a los dos días de contratar la luz, hice un desestimiento con esta compañía antes de tener suministro de luz el día 11/07/25 para irme con Gana Energía.
    Gana desde entonces lleva intentando darme el alta nueva y al día siguiente le contestan que hay un desestimiento en curso y que no se puede contratar con ese CUPS. Tras hablar en varias ocasiones con Uníon Fenosa, que es la distribuidora de la zona, me dicen que el CUPs si está disponible para contratar, pero en todas las ocasiones que se intenta dar el alta nueva ocurre lo mismo . He intentado esto con otras comercializadoras y me ocurre exactamente lo mismo, estoy desesperada, llevo viviendo sin luz un mes y no sé qué hacer, nadie me da solución y se ha quedado el CUPs como bloqueado en un limbo del que no puedo salir.
    Por favor, si a alguien le ha pasado lo mismo o tiene alguna idea de cómo ayudarme, de verdad que estoy desesperada….
    Muchas gracias!

    Responder

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