Lo acabo de recibir... Efectivamente hay una parte de condiciones generales que indica lo que comentas tú, pero luego se indican las condiciones particulares:
Ver el archivos adjunto 33601
Aquí se indica que: "En caso de terminación por desistimiento unilateral o cambio de comercializadora por parte del cliente de manera anticipada al normal vencimiento pactado en el presente contrato, no existirá penalización económica alguna aplicable, independientemente del suministro contratado resuelto".
Yo acabo de firmarlo... Que daño me hace decir adiós a la Bond!