Consulta ¿Aire acondicionado o aerotermia?

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si no recuerdo mal dependía de más cosas: por ejemplo si pones aerotermia tu consumo será menor que con un termo eléctrico.

Pero el aislamiento influye mucho, claro.
 
Buenas de nuevo, hoy he solicitado al arquitecto aclarar el tema del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (CTE), que parece ser que no se está cumpliendo con los valores actuales, por lo que dijisteis aquí. En concreto, en el Proyecto aparece un valor de consumo de energía primaria no renovable de 38,92 y aplica el limite de unos 64 kWh/m²·año, cuando según los valores actuales del CTE, para nuestra zona climática el límite estaría en torno a los 32 kWh/m²·año. Y parece que no ha hecho mucho caso. Además de no cumplir el CTE, ¿Cuánto más alto sea el consumo de energía primara es un indicativo de estar peor aislada?.
Lo importante es el consumo de energía de un edificio ya que la energía es lo que se paga.
El consumo de energía depende de muchos factores, aislamiento de paredes, suelos, techos, ventanas, cubiertas, puentes térmicos, orientación, captación solar, ventilación, máquinas de climatización, calefacción, acs.... y más cosas
Por esto es obligada la simulación energética en edificios nuevos y que cumpla con los requisitos MÍNIMOS según el CTE y certificarlo.
Este certificado se registra en un registro público y se adjunta a la escritura de propiedad.
 
Buenas de nuevo, hoy he solicitado al arquitecto aclarar el tema del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (CTE), que parece ser que no se está cumpliendo con los valores actuales, por lo que dijisteis aquí. En concreto, en el Proyecto aparece un valor de consumo de energía primaria no renovable de 38,92 y aplica el limite de unos 64 kWh/m²·año, cuando según los valores actuales del CTE, para nuestra zona climática el límite estaría en torno a los 32 kWh/m²·año. Y parece que no ha hecho mucho caso. Además de no cumplir el CTE, ¿Cuánto más alto sea el consumo de energía primara es un indicativo de estar peor aislada?.
Pídele a tú arquitecto el registro del certificado energético del proyecto y la etiqueta energética del proyecto.

Es obligatorio por ley y no sé puede empezar la obra sin este requisito.

Tampoco el colegio de arquitectos puede visar el proyecto de ejecución.

Aquí hay muchas cosas que no cuadran.
 
Pídele a tú arquitecto el registro del certificado energético del proyecto y la etiqueta energética del proyecto.

Es obligatorio por ley y no sé puede empezar la obra sin este requisito.

Tampoco el colegio de arquitectos puede visar el proyecto de ejecución.

Aquí hay muchas cosas que no cuadran.
Gracias. El certificado está, y los cálculos también, pero los límites utilizados no son los correctos, sale un consumo de 38, y no cumple porque el límite es 32, pero ha puesto como límite el antiguo, el de 64, para nuestra zona climática. Y le he pedido que lo calcule correctamente y me lo aclare y no pone interés. Y el proyecto se ha visado sin problema, así que poco lo revisan en el colegio.
 
¿Tienes la etiqueta energética del proyecto?

La concede la comunidad autonóma una vez registrado en su registro oficial el certificado energético del proyecto.

Es obligatorio.

Si el certificado no cumple, no te lo van a registrar y van a pedir que se modifique el certificado energético del proyecto y seguramente van a tirar de la orejas al colegio de arquitectos que lo ha visado y al arquitecto que ha redactado el proyecto de ejecución.
 
Pídele a tú arquitecto el registro del certificado energético del proyecto y la etiqueta energética del proyecto.

Es obligatorio por ley y no sé puede empezar la obra sin este requisito.

Tampoco el colegio de arquitectos puede visar el proyecto de ejecución.

Aquí hay muchas cosas que no cuadran.
Aqui se podria valorar tambien la recusacion del arquitecto por incumplimiento reiterado de las normas urbanisticas, con la solicitud añadida de pedir una indemnizacion por daños y perjuicios y la devolucion de las cantidades abonadas hasta la fecha.

Lo importante es que los requerimientos de que cumpla la normativa actual sean por escrito, con copia a los organismos correspondientes, sea colegio de arquitectos y demas organismos oficiales que deban autorizar la construccion.

Aunque yo lo haria de la mano de un abogado, el proceso deberia comenzar con una notificacion feaciente (basta con un burofax aunque parece mas serio una notificacion notarial) con un plazo de solucion de 15 dias, y en el caso de que no ajuste proyecto a las normativas actuales, proceder en consecuencia.
 
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