Comercializadoras y balance neto

@Tudesco a día de hoy y al menos con la distribuidora de mi zona, no es posible darla de alta en el mecanismo de compensación.
La comercializadora dice que la distribuidora aún no les ha indicado como les va a facilitar los datos para hacer la compensación, y la distribuidora a su vez, da la callada por respuesta.

Parece ser que a principios de Julio se esperan noticias al respecto.
 
Gracias. Ya me imaginaba que si han dado 4 meses y 3 meses de plazo a los organismos encargados de hacerlo, no van a darse ninguna prisa. De cualquier forma espero que tan pronto algún nergizo tenga éxito nos lo haga saber.
Por cierto, estoy a disposición del que necesite ayuda para calcular su instalación. Yo solo he hecho una pero funciona bien y dentro de lo calculado,
 
Empiezo con mi seguro que equivocada opinión. Esa ley la escribieron las propias eléctricas luego de un concienzudo estudio económico de los equipos de economistas, y se la pasaron al político de turno amigo para su debida tramitación y aprobación. Me explico, sin nueva inversión compro a 0,05 € y vendo a 0,12 o mas, negocio redondo: yo pondría todo lo que tengo a esa inversión. Ademas hago que la inversión la haga otro tonto por mi
y encima le vendo lo requerido para la inversión. Por si fuera poco le limito lo que puede producir a lo que me tiene contratado, así siempre me va a pagar como poco el mínimo y ademas le gano el diferencial entre 0,05 y lo que sea capaz de vender yo. Y ademas le vendo la inversión tenga que hacer.
Yo tengo mis paneles, he hecho el tramite con Naturgy (mande plano unifilar, memoria descrptiva, especificaciones de paneles e inversor) no responden, no hay a quien llamar, hace mes y medio mando correos y les da igual, he puesto una hoja de reclamación y ver si sirve de algo. Saquen ustedes sus con conclusiones.
Mi ultima carta cambiar de empresa con el balance neto incluido en el cambio.
Fenosa funcionaba de maravilla pero desde que es Naturgy es muy mala. He reclamado voltajes
Empiezo con mi seguro que equivocada opinión. Esa ley la escribieron las propias eléctricas luego de un concienzudo estudio económico de los equipos de economistas, y se la pasaron al político de turno amigo para su debida tramitación y aprobación. Me explico, sin nueva inversión compro a 0,05 € y vendo a 0,12 o mas, negocio redondo: yo pondría todo lo que tengo a esa inversión. Ademas hago que la inversión la haga otro tonto por mi
y encima le vendo lo requerido para la inversión. Por si fuera poco le limito lo que puede producir a lo que me tiene contratado, así siempre me va a pagar como poco el mínimo y ademas le gano el diferencial entre 0,05 y lo que sea capaz de vender yo. Y ademas le vendo la inversión tenga que hacer.
Yo tengo mis paneles, he hecho el tramite con Naturgy (mande plano unifilar, memoria descrptiva, especificaciones de paneles e inversor) no responden, no hay a quien llamar, hace mes y medio mando correos y les da igual, he puesto una hoja de reclamación y ver si sirve de algo. Tengo un as guardado cambiar de empresa con el balance neto incluido en el cambio. Naturgy es mala muy mala he reclamado voltajes por debajo de 200V, hacen el expediente a la semana me escriben diciendo que está resuelto y no es cierto. Tengo un registrador de tensión y otros y sigue dando igual a ciertas horas.
Tienen la sarten agarrada por el mango y lo saben.
 
Por si fuera poco le limito lo que puede producir a lo que me tiene contratado
Meec, error. Eso ya no es así, puedes producir lo que soporte tu instalacion.

Mi ultima carta cambiar de empresa con el balance neto incluido en el cambio.
¿A que compañía cambiaste?
¿Te estan aplicando ya el balance neto?

Mi distribuidora tambien es Naturgy, y a pesar de que estoy con otra comercializadora aun no aplican el balance neto (no pueden hacerlo hasta que la distribuidora empiece a facilitarles los datos de vertidos).

La ley, aunque mejorable como todo, esta pensada para favorecer al autoconsumidor. La diferencia entre el precio de venta y el precio de compensación de excedente, lo que busca es facilitar que el que se quiera acoger al mecanismo de compensación simplificado, sin tener problemas con hacienda, y sin tener que darse de alta como productor de energía, y con minimas trabas administrativas pueda hacerlo, y además para evitar que se busque el lucro en esto, se incentiva que la instalación se adecúe al consumo de la vivienda.

Si quieres vender a precio de mercado, te das de alta como productor, y a funcionar. Eso siempre puedes hacerlo.
 
Meec, error.
La ley, aunque mejorable como todo, esta pensada para favorecer al autoconsumidor. La diferencia entre el precio de venta y el precio de compensación de excedente, lo que busca es facilitar que el que se quiera acoger al mecanismo de compensación simplificado, sin tener problemas con hacienda, y sin tener que darse de alta como productor de energía...
Si quieres vender a precio de mercado, te das de alta como productor, y a funcionar. Eso siempre puedes hacerlo.

Totalmente de acuerdo, ésta ley esta pensada para favorecer al autoconsumidor. Esa diferencia entre lo que pagas y lo que te descuentan son los gastos del sistema y los peajes, que en mi opinión no sería justo que te los compensasen.

De hecho, aunque parezca mentira, el precio kWh que perciben las empresas generadoras de electricidad es (ayudas al margen) inferior al que compensan a los autoconsumidores. Me explico: en principio el precio de la energía excedentaria de autoconsumo (tarifa PVPC) es exactamente el mismo que el que cobran los productores del mercado eléctrico (precio spot al por mayor) menos el coste de los desvíos, que son unos 0,002 ctm/kWh. Vamos, que casi es idéntico. Pero a los productores se les cobra el impuesto de acceso a la generación, que es del 7% y a los autoconsumidores no. Y a la hora de pagar impuestos, a los generadores se les abona un 10% de IVA (pero compensable en la declaración trimestral) mientras que a los autoconsumidores se les descuenta integramente el impuesto de electricidad y el IVA, lo que supone algo más de 25%.

En definitiva, si al productor se le paga a 5 ctm/kWh, al autoconsumidor se le descuenta unos 6 ctm/kWh, impuestos incluidos. No sale nunca a cuenta darse de alta como generador, salvo que los excedentes sean enormes y no lleguen a compensarse en la factura mensual.

Adjuntos:
Precio compensación autoconsumo
Precio spot generación
 
Gracias. Ya me imaginaba que si han dado 4 meses y 3 meses de plazo a los organismos encargados de hacerlo, no van a darse ninguna prisa. De cualquier forma espero que tan pronto algún nergizo tenga éxito nos lo haga saber.
Por cierto, estoy a disposición del que necesite ayuda para calcular su instalación. Yo solo he hecho una pero funciona bien y dentro de lo calculado,
Buenos días Tudesco,

Gracias por tu ofrecimiento. Me mudo en unos meses a una obra nueva (aún en construcción) y me vendría bien ir mirando algo de esto. Que datos necesitaría?
 
Aunque el decreto es del 5 de abril, no tengo claro si a las comercializadoras se les da 3 o 4 meses de plazo para adaptarse, lo que si se es que en Endesa distribución tenemos el siguiente enlace:
www . endesadistribucion. es / es / red-electrica /autoconsumo- electrico.html#
(quitar los espacios)

Donde explican en base al RD 244/2019 las opciones que hay.

Dejo la respuesta que me dieron en su momento:

En relación con la solicitud de suministro o autoconsumo que nos plantea, le
comunicamos que, dadas las características de la solicitud:

Solicitud de suministro puede proceder, una vez finalizadas sus instalaciones interiores y
de enlace, directamente a la contratación del suministro, a través de una empresa
Comercializadora de Electricidad de su libre elección.

La relación actualizada de empresas comercializadoras se encuentra disponible en la
página web de CNMC: www . cnmc . es, apartado Consumidores/Listado de
Comercializadoras.

Las instalaciones interiores y de enlace con la red, deben ser realizadas por un Instalador
Electricista Autorizado, quien le facilitará el correspondiente Certificado de Instalación
Eléctrica (C.I.E.).

- Solicitud de autoconsumo: no se requiere tramitar una petición cuando se instala un
dispositivo de anti-vertido o cuando se solicita una potencia < 15 kW y la ubicación del
autoconsumo es en suelo urbanizado.


Código Expte NNSS: -
Dirección del punto de suministro: -



Atentamente,

Servicio de Atención Técnica a Clientes
Gestión de Conexiones
Teléfono 902 534 100
-Email Solicitudes . NNSS @ endesa. es

Contratación-Generadores <ATR-generadores.edistribucion@ enel. com>
Buenos días,



Recibida su comunicación, le informamos de lo siguiente:

Al tratarse de una instalación de autoconsumo con excedentes de potencia inferior a 15 kW en suelo urbanizado, de potencia 3,3 kW, de acuerdo al RD 244/2019, entendemos que no es necesario formalizar un Contrato Técnico de Acceso para su instalación de generación con la Empresa Distribuidora por estar exenta de los trámites de acceso y conexión.



En consecuencia, le indicamos los siguientes pasos que deberá realizar al objeto de adaptar el contrato ATR a autoconsumo.



i.) Debe ponerse en contacto con su Comercializadora para que realice la correspondiente solicitud de Alta o Modificación de su Contrato (/s) de Consumo para reflejar en dicho contrato la nueva condición de autoconsumo.

ii.) En el caso que sea preceptivo y necesario, se debe realizar la inscripción en los correspondientes registros de autoconsumo y producción de su Comunidad Autónoma.



Por último, recuerde que cualquier cuestión relacionada con el régimen económico de su instalación, deberá trasladarlo a su Comercializadora y/o Representante.



Sin otro particular, reciba un cordial saludo.


APOYO CONTRATACIÓN

ATR MERCADO MASIVO



Otra cosa es que la comercializadora te haga caso, yo llevo ya 6 reclamaciones sobre el tema y me las terminan cerrando todas, cosa que no me importa, ya que lo único que hago, es dejar constancia por escrito sobre el incumplimiento de la comercializadora, en mi caso Endesa Energía S.A. Cuando tenga las 10 consultas cerradas sin respuesta, ya paso a plantear reclamación vía consumo e Industria. Según Industria de mi comunidad autónoma, deben de dar la información al cliente y dar fecha de cuando han decidido aplicarlo, lo que no pueden hacer es la callada por respuesta.

Creo que todos los interesados en el tema deberían de hacer lo mismo y dejar constancia de sus quejas.
 
Última edición:
... ya que lo único que hago, es dejar constancia por escrito sobre el incumplimiento de la comercializadora, en mi caso Endesa Energía S.A. Cuando tenga las 10 consultas cerradas sin respuesta, ya paso a plantear reclamación vía consumo e Industria.

En mi caso, si la comercializadora no me responde o pasa de todo, lo que haré es negociar el cambio de contrato a "autoconsumo con excedentes" con otra comercializadora. Paso de reclamaciones que pueden durar meses o años en ser resueltas. Alguna habrá que esté interesada.
 
En Holaluz también lo están ofertando, aunque todavía no tengo demasiada información, se llama "Holaluz Cloud".
 
¿Cómo funciona Holaluz Cloud?
Por el momento este ahorro será una cuota mensual fija que calcularemos de forma personalizada. Dicho cálculo se hará en base a tu instalación y a tu historial de consumo y previsión de producción.

Esa cuota será el valor que le daremos a tus excedentes, que como decimos estarán en la nube para que puedas usar esa energía cuando el sol no brille y la restaremos del importe de tu consumo cada mes. Según nuestros cálculos previos, la cuota media estará en unos 10€ al mes de ahorro en tu factura, a alguien le gusta esto¡¡¡¡¿ quizas yo no entiendo
 
A mi hace un mes y medio me instalaron las placas solares, pero con antelacion y antes de hacer la compra hable con Endesa y de como activar el contador con entrada y salida de energia para hacer balance neto, me contesto la comercial que no habia ningun problema en solicitarlo, pero despues de tener instalado los 3300wp la cosa no parece tan facil ( o hay orden de dar largas) porque desde el telefono de informacion, me desviaron a otro numero, de este a un 902, y desde este ultimo al numero 800 007 577 que no es mas que una grabacion con la musica de vivaldi y que a los 14 min y 5 seg se corta, he lamado mas de 5 veces, asi que con la factura de registro de llamadas pienso hacer una reclamacion para ver por donde salen.

Como respuesta a Tudesco, le dire que a mi me han dado al hacer la instalacion :
- Certificado de instalacion electrica de baja tension.
- Documento de Junta de Andalucia, a la Delegacion territorial de conocimiento y empleo, de un documento de
"Comunicacion de puesta en funcionamiento"
- Memoria tecnica de Instalacion.

Un saludo a todos los interesados y espero que pronto se solucione este enredo.
 
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