Brico [LUZ AUTÓNOMOS] Interrumpir los puntos de suministros o bajar potencia GRATIS

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Si, yo lo he podido comprobar.
El RD 1164/2001 de 26 de octubre dice, entre otras cosas lo siguiente:

...
2.º Al consumidor o su mandatario, de acuerdo con el ámbito de aplicación de las tarifas de acceso establecido en el artículo 1, apartado 1, del presente Real Decreto, que haya cambiado voluntariamente de tarifa, o modalidad, podrá negársele pasar a otra mientras no hayan transcurrido, como mínimo, doce meses, excepto si se produjese algún cambio en la estructura tarifaria que le afecte. Estos cambios no implican el pago de derecho alguno por este concepto a favor de la empresa distribuidora.
.....
Como ves, "podrá negársele". En la práctica creo que sobre todo se niegan a la bajada, por motivos obvios.
 
En la práctica creo que sobre todo se niegan a la bajada, por motivos obvios.
Crees?

A la subida tienen muchos más números para ponerte trabas: Potencia máxima contratable, certificado de la instalación etc.
 
Crees?

A la subida tienen muchos más números para ponerte trabas: Potencia máxima contratable, certificado de la instalación etc.
Trabas a la subida: Si no excedes la potencia máxima a contratar, les va a beneficiar automáticamente, pues aumentarás el consumo.
Tras a la bajada: Tienen una base legal a la que acogerse, si bajas, consumes menos.
Creo que ese es el "modus operandi".
 
Trabas a la subida: Si no excedes la potencia máxima a contratar, les va a beneficiar automáticamente, pues aumentarás el consumo.
Tras a la bajada: Tienen una base legal a la que acogerse, si bajas, consumes menos.
Creo que ese es el "modus operandi".

Yo lo veo así, no es que consumes, de la parte fija la distribuidora se lleva cacho.
 
Claro, creo que todos tenemos muy claro que a las distribuidoras cuanto más potencia mejor, independientemente de que realmente la necesitamos, les viene muy bien la típica reacción del usuario: "potencia que sobre, por si acaso....", en vez de informar de algo tan simple, como evitar la concurrencia o simultaneidad de uso de electrodomésticos, que en realidad no es muy complicado.
 
Hoy reestrenamos estado de alarma. Veremos a ver si legislan temporalmente flexibilidades en los contratos energéticos para autonómos y pequeños consumidores.
 
Pues si esa solicitud, se hizo en plazo antes mencionado, que llame a la distribuidora directamente, pida explicaciones y ejecute reclamación.

En estos casos, comunicaciones vía email enviando copia a comercializadora y distribuidora, nada de teléfono por la dificultad de luego demostrar constancia.

Indicar que el usuario ha efectuado bajada y subida acorde a la normativa mencionada, y que no puede responsabilizarse pagando los costes por que la comercializadora no haya hecho correctamente la solicitud.

Si no da resultado aún siendo empresa o autónomo puede reclamar vía consumo :

(cada comunidad tiene su modelo de reclamación)




Y que no se olvide de pedir 30 euros en compensación por no responder la reclamación en plazo de 5 días.


Si puede bajar a 9,9 PVPC DH o DHS según horario negocio, esta perdiendo mucho tiempo y dinero mientras que no lo hace, por que puede cambiar y seguir reclamando esos costes cobrados.

Creo que en vez de subir a la de antes, debería haberse quedado en esa potencia o intentarlo.... En una empresa seguro que es fácil sacar un servicio no interrumpible, alarmas incencios, alarmas vigilancia etc.. .

Finalmente han abonado lo cobrado. Tengo que ponerme al día con este asunto y revisar en distribuidora potencias ya que la intención es pasar a PVPC si o si. Espero que no pongan problemas ahora para bajar y haya que esperar a que pase el año.
 
Finalmente han abonado lo cobrado. Tengo que ponerme al día con este asunto y revisar en distribuidora potencias ya que la intención es pasar a PVPC si o si. Espero que no pongan problemas ahora para bajar y haya que esperar a que pase el año.

Depende de la distribuidora, puede que e distribución ponga pegas, consejo para no esperar el año. Cambio de titular, bajando potencia en el mismo cambio.

Después cambio de titular al antiguo.

Puede ponerse la mujer, o de sociedad a cualquier socio.

Los cambios de titular son rápidos.
 
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