Tarifas refugio hasta que se calme el PVPC

Pues sinceramente, no se que está pasando que casi todas las grandes están sacando tarifas más baratas de las que tenían en su porfolio, lo que me da que pensar que efectivamente la compensación al gas va a repercutir notablemente sobre los precios base, aunque irá disminuyendo poco a poco según se vayan agregando más contratos a este sistema. No es normal, que Repsol, Endesa, Iberdrola, etc, hayan sacado justo en este mes tarifas por debajo de los 0,20 euros el kWh, cuando hace poco vimos tarifas rondando los 0,40.
Lo que es muy confuso es que cuando llamas a Repsol para preguntar, ellos insisten en que no aplica a ninguna de sus tarifas del mercado libre. He hablado ya con 3 personas y todos tienen la misma circular. Les he explicado el tema en detalle e insisten en que en el caso de Repsol no es así, pero que va a comentarlo con un departamento interno y que me llamarán.
 
Lo que es muy confuso es que cuando llamas a Repsol para preguntar, ellos insisten en que no aplica a ninguna de sus tarifas del mercado libre.
Efectivamente, no aplica a ninguno de los contratos celebrados con anterioridad al 26 de Abril, hasta que lleguen a su fecha de renovación. Para los nuevos si, si el suministro está en territorio peninsular, porque es un coste regulado. No obstante, ya veremos como lo van aplicando.
 
Efectivamente, no aplica a ninguno de los contratos celebrados con anterioridad al 26 de Abril, hasta que lleguen a su fecha de renovación. Para los nuevos si, si el suministro está en territorio peninsular, porque es un coste regulado. No obstante, ya veremos como lo van aplicando.
Repsol insiste en que en sus contratos no aplica, se hayan celebrado antes o después del 26 de Abril, o se hayan renovado antes o después del 26 de Abril. Estarán equivocados, pero es la circular que han distribuido a su equipo de atención al cliente.
 
Pues yo según esto entiendo que son las del regulado y los contratos de indexado que se renueven a partir de esa fecha, ya que los del mercado libre con precio fijo no se benefician en nada de esa medida.
Y creo que la interpretación de las compañías es la misma
 

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Me he estado leyendo por encima el RD 10/2022 y la verdad es que, aparte de la habitual farragosidad de la literatura oficial, es extensisimo y tiene infinidad de disposiciones adicionales y finales y también anexos. Lo que creo entender es que el ya famoso artículo 8 apartado 1 en lo referente al mercado libre no se refiere a consumidores finales sino a los contratos que tienen las comercializadoras con sus respectivos proveedores.
Es un poco complicado porque realmente quienes son "Los titulares de las unidades de adquisición" y qué son "instrumentos de cobertura a plazo"?
Si fuese así explicaría por qué algunas distribuidoras van a repercutir el coste de la compensación a sus clientes y otras no.
En todo caso lo que sí es seguro es que la compensación la van a pagar los clientes de PVPC, los de indexadas y parece ser que los del mercado libre se irán incorporando progresivamente.
He estado hablando con una persona que está muy metida en este tema a nivel de organismo oficial y me comenta que esta medida ha resultado una total chapuza tanto en su concepción como en su aplicación. Supongo que es por esto que a los pocos días de su implantación han tenido que meter mano al IVA para intentar disimular el fracaso.
No olvidemos que el año que viene hay elecciones, así que toca quemar las naves si es preciso.
 
Llevo un tiempo desconectada del foro, pero sigo todo lo que ocurre a nivel económico. Yo contraté la Repsol a Largo Plazo en Octubre del año pasado, y al ser de mercado libre, y con un precio cerrado a 3 años, tenía entendido que no podían tocarlo. Con que suban los precios casi un 10% cuando me toque renovar el contrato, ya es una páliza de subida (si van a subir los precios en cuanto al IPC).

¿Alguien sabe a ciencia cierta si el tope al gas va a afectar los que estamos con estas tarifas cerradas a largo plazo? ¿Qué subiría exactamente? ¿El precio de la luz, la parte fija?

Por cierto, la tarifa de Repsol a Largo Plazo son 3 años, pero me he dado cuenta hace poco que pone 2 años en el contrato... ¿es un error de Repsol? ¿O es un error que hayan hecho adrede...? ¿A alguien más le pasa?
 
Yo tengo una pequeña duda con respecto a la aplicación del RDL 10/2022 del tope del gas.

En septiembre de 2020 firmé un contrato con el Plan Estable de Iberdrola, a un precio de 0,16 €/kWh y con una duración de 5 años manteniendo ese precio.

Mi pregunta es: ¿La subida de precio con lo del tope del gas aplicará con la renovación del contrato tras pasar los cinco años (es decir, en 2025) o con cada anualidad se considera una renovación (es decir, me aplicaría a partir de septiembre 2022)?
 
Yo tengo una pequeña duda con respecto a la aplicación del RDL 10/2022 del tope del gas.

En septiembre de 2020 firmé un contrato con el Plan Estable de Iberdrola, a un precio de 0,16 €/kWh y con una duración de 5 años manteniendo ese precio.

Mi pregunta es: ¿La subida de precio con lo del tope del gas aplicará con la renovación del contrato tras pasar los cinco años (es decir, en 2025) o con cada anualidad se considera una renovación (es decir, me aplicaría a partir de septiembre 2022)?
Deberías verlo en el contrato, pero en esa situación estamos muchos con otras tarifas, como la Repsol Precio Fijo Largo Plazo, y creo que todos los contratos se renuevan anualmente. Lo único que tienen es un compromiso de no modificar el precio en su parte "no regulada" durante 3 ó 5 años, pero el tope de gas es un coste regulado que proviene de un Real Decreto Ley, así que en principio, cuando se cumplan las renovaciones anuales nos las deberían de empezar a cobrar. Dicho esto, esta misma duda la tiene mucha gente y no nos quedará otra más que esperar.
 
pero el tope de gas es un coste regulado
no es un coste regulado como tal, ni se sabe que coste es. El RDL permite basicamente variar el precio final de la subasta redistribuyendo costes de generación, pero mi consejo es que no nos dejemos engañar con es "un coste regulado" como los peajes o similar. Mi opinión es si no está incluido especificamente en contrato no deberia tener variacion a quien tenga un precio fijo acordado
 
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Comunicado de NINOBE. De momento parece que no van a aplicar el extra del tope del gas, al menos para las contrataciones anteriores a la entrada del Real Decreto.
 
no es un coste regulado como tal, ni se sabe que coste es. El RDL permite basicamente variar el precio final de la subasta redistribuyendo costes de generación, pero mi consejo es que no nos dejemos engañar con es "un coste regulado" como los peajes o similar. Mi opinión es si no está incluido especificamente en contrato no deberia tener variacion a quien tenga un precio fijo acordado
Pues mucho me temo que tu opinión está muy bien, pero ese coste, como bien sabes, se lo cargarán a todo el mundo conforme vayan renovando... Por lo tanto, ponle el apellido que quieras al dichoso coste, pero tocará pagarlo (o quizá en algunas compañías sí y en otras no... quien sabe. Esto es chapuza tras chapuza).
 
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