Consulta ¿Instalación en terraza comunitaria de uso privativo?

Otro detalle que sería interesante averiguar, si alguien tiene conocimiento del tema, es en quién recae la responsabilidad en el caso de filtraciones de agua.

La cubierta es responsabilidad de la comunidad, aunque sea de uso privativo, y a ella le corresponde los arreglos y la responsabilidad civil en caso de que entre agua. Pero si se rompe la impermeabilización por los anclajes de una instalación de un vecino, probablemente pueda recaer la responsabilidad en el vecino, y en ese caso podría ser un problema porque quizás el seguro del vecino no cubriría ese daño.
 
Me he informado a una empresa instaladora y me ha informado que solo se necesita 1/3 de los asistentes, eso sí, en segunda convocatoria.
Cada vez estoy más liado
Es cierto y no lo es, con que 1/3 de los asistentes te autoricen se aprueba ,lo que pasa es que el resto de los propietarios creo que tienen 15 días para impugnar y si no tienes 1/3 del total de los vecinos a tu favor tendrías problemas.
Yo haría reunión, si 1/3 por lo menos de los asistentes no ponen pegas pues que se refleje en el acta, esperas 15 días(creo que son 15) y pides copia firmada del acta y ya no te pueden fastidiar
 
Yo, descraciadamente, no estoy tan seguro que esto sea así. Me temo que también es necesario pedir permiso en este caso.

¿Alguien que lo pueda confirmar?
Supongamos que el vecino que hace uso de ella quiere instalar una caseta de jardinería móvil que no está sujeta a la fachada del edificio. El art. 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que: “El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario…”<.>Mientras este tipo de elementos no perjudiquen los derechos de otro propietario y su uso sea inocuo para la comunidad, el resto de vecinos no tendrían por qué poner oposición.
 
Otro detalle que sería interesante averiguar, si alguien tiene conocimiento del tema, es en quién recae la responsabilidad en el caso de filtraciones de agua.

La cubierta es responsabilidad de la comunidad, aunque sea de uso privativo, y a ella le corresponde los arreglos y la responsabilidad civil en caso de que entre agua. Pero si se rompe la impermeabilización por los anclajes de una instalación de un vecino, probablemente pueda recaer la responsabilidad en el vecino, y en ese caso podría ser un problema porque quizás el seguro del vecino no cubriría ese daño.
Aunque no siempre se aplica la lógica...yo entiendo que si la comunidad te da autorización para cualquier obra no implica que la responsabilidad sea de la comunidad, es tuya ya que eres responsable de esa obra. Sin embargo si el problema viene de alguna parte de la fachada o terrazas pero no es derivado de una obra la responsabilidad si que es de la comunidad
 
Supongamos que el vecino que hace uso de ella quiere instalar una caseta de jardinería móvil que no está sujeta a la fachada del edificio. El art. 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que: “El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario…”<.>Mientras este tipo de elementos no perjudiquen los derechos de otro propietario y su uso sea inocuo para la comunidad, el resto de vecinos no tendrían por qué poner oposición.
En mi caso tengo una estructura móvil (una especie de porche de madera). Mi idea sería poner las placas encima de esta estructura. Cuando he preguntado por ahí me dicen que mejor pedir autorización...pero tampoco me he informado mucho porque de momento estoy retrasando el tema placas porque me estoy dejando una pasta en la obra.
 
En mi caso tengo una estructura móvil (una especie de porche de madera). Mi idea sería poner las placas encima de esta estructura. Cuando he preguntado por ahí me dicen que mejor pedir autorización...pero tampoco me he informado mucho porque de momento estoy retrasando el tema placas porque me estoy dejando una pasta en la obra.
Si les pides permiso a los vecinos es más por cortesía que por obligación pero legalmente por lo que he leído no hace falta, lo único que tienes que tener en cuenta si lo montas tanto con permiso como si él es si esa "estructura" provoca algún daño si sale volando por ejemplo no se si el seguro te lo cubriría consúltalo con tu seguro
 
En mi comunidad, hace 2 meses un vecino pidió permiso para poner placas en su terraza (ático con terraza comunitaria de uso privativo).

Bastó con que 1/3 de los asistentes le dieran el visto bueno, eso sí, se comprometió a no anclarlas al suelo, aunque esto último no quedó reflejado en el acta.
 
Bastó con que 1/3 de los asistentes le dieran el visto bueno, eso sí, se comprometió a no anclarlas al suelo, aunque esto último no quedó reflejado en el acta.
Es que probablemente no puede agujerear el suelo, en ningún caso. O, por lo menos, si agujerea el suelo se responsabiliza de todo lo que pueda pasar, que no es moco de pavo. Como haya una filtración y le arruines el mobiliario al vecino, te toca pagar a tocateja todos los desperfectos, porque ni el seguro comunitario ni probablemente el tuyo propio lo asuman.
 
Es que probablemente no puede agujerear el suelo, en ningún caso. O, por lo menos, si agujerea el suelo se responsabiliza de todo lo que pueda pasar, que no es moco de pavo. Como haya una filtración y le arruines el mobiliario al vecino, te toca pagar a tocateja todos los desperfectos, porque ni el seguro comunitario ni probablemente el tuyo propio lo asuman.
Si,si. Al decir que se comprometía a no anclarlas en el suelo, me refería a eso, a que está prohibido hacerlo y el dijo que no lo haría.
Si hubiera filtraciones caerían en su propia casa que está debajo, pero no se haría cargo ningún seguro tal como dices.
 
Si,si. Al decir que se comprometía a no anclarlas en el suelo, me refería a eso, a que está prohibido hacerlo y el dijo que no lo haría.
Si hubiera filtraciones caerían en su propia casa que está debajo, pero no se haría cargo ningún seguro tal como dices.
Y supongo que tendrá estudiado bien como hacerlo.
Dijo que lo pondría encima de una pérgola que ya tiene colocada, donde pega.mucho el viento...
 
Hola:

Vivo en un piso y estoy dándole vueltas a la idea de instalar placas solares en mi terraza. Ésta tiene ~57 m2 y es de tipo comunitaria de uso privativo exclusivo.

He leído que actualmente es posible instalar placas en este tipo de terrazas, siempre y cuando se solicite permiso a la Junta de Propietarios y 1/3 de la cuota de participación vote que sí. De hecho, un vecino ya dio el paso y todos votamos a favor. Así que esa duda la tengo resuelta.

Pero uno de mis problemas es que en mi bloque muy raramente se convocan Juntas extraordinarias en las que poder incluir mi petición. Y cuando se hace, evidentemente es por algún tema muy urgente o grave. Por eso, si quiero instalar placas y aprovechar alguna subvención, tengo que esperar antes a que se convoque la Junta ordinaria de todos los años.

He leído que la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) solicitó al Gobierno agilizar todo esto y permitir instalaciones en este tipo de terrazas sin aprobación de la Junta de Propietarios. ¿Alguien sabe en qué ha quedado esto? ¿Hay algo concreto?

Gracias.
Hola que tal. A ver si te puedo ayudar. Estoy en una situación similar. Mi instalación la haré, si todo va bien en una cubierta no transitable de mi edificio. Ya tengo la aprobación en junta de la comunidad de propietarios, tras hacer la presentación del proyecto el la junta. También tengo una terraza comunitaria de uso privativo y te digo por experiencia que si quieres hacer algo en esta debes pedir el beneplácito de la comunidad y su aprobación en junta. Ya que posteriormente debes pedir el beneplácito también del departamento de urbanismo del consistorio de tu ciudad, y te podrían exigir copia del acta donde se te concede el permiso de la comunidad.
Otra cosa a tener en cuenta es que una vez hecha la instalación en algún momento a un vecino le pega el reflejo de una de tus placas en su dormitorio y le molesta y decide denunciar la instalación el ayuntamiento te obligarán a retirarla al igual que si pasa una avioneta y la fotografía.
Así que para curarte en Salud te recomiendo encarecidamente que pidas permiso y se haga constar en acta e igualmente con el ayuntamiento, que por otro lado, basta con que no te contesten a tu comunicación previa por lo menos aquí donde yo vivo. Saludos
 
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