Antes de nada, muchas gracias por vuestras respuestas. Voy a intentar aclarar varias cosas que no aclaré en mi mensaje original.
En el caso de mi vecino, él instaló las placas en el tejado de una caseta que tiene sin anclar al suelo. Es decir, que no alteró la estructura de la terraza, sino que se sirvió de un bien mueble para ello. Yo creo que en su caso no necesitaba permiso de la comunidad precisamente por no alterar la estructura del edificio. Pero bueno, mejor prevenir.
Mi idea era hacer algo similar: aprovecharme de un tejadillo que ya tenía para dar sombra. Pero hace meses quité la estructura que tenía para poner otra, con la mala suerte de que coincidió con la subida brutal del precio del aluminio y ahora no tengo nada. Así que estaba considerando incluso hacer una instalación de suelo. Pero este tema merece un hilo aparte.
En cuanto a los estatutos de mi comunidad, los he consultado y dicen esto sobre las actividades permitidas:
Y en cuanto a obras interiores y exteriores dice esto:
Si interpretamos que estas obras son sólo sobre elementos privativos (que es lo razonable), me sorprende que se puedan hacer obras externas sin consentimiento. Porque entiendo que cualquier obra externa afecta a algún elemento común, ¿No?
Sea como sea, mi intención era pedir permiso antes. Pero quería saber si se había avanzado algo en esa propuesta que pretendía permitir este tipo de instalaciones sin solicitar permiso, ya que me ahorraría tiempo y trámites, claro.