Tarifas refugio hasta que se calme el PVPC

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Buenas @Toxiza,

Pues vale, no se le aplica reducción, lo cuál me jod....., por tanto, reformulo la pregunta. ¿Crees que las tarifas de un único tramo y dos tramos no les van a bajar cargos y peajes como a las de tres tramos? No se, pero si se bajan los cargos y los peajes a la energia, se le baja a todas las tarifas, ¿no crees?

La pregunta es abierta, no es sólo para @Toxiza.

Un saludo. Cuidaros.

Felices Fiestas.
Por si sirve de algo, yo tengo 2 tarifas una nocturna de 14h y una diurna de 10h, pero en mi factura también aparece lo siguiente, que puede servir para que hagan los calculos
 

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Mejor no darle vueltas y esperar a tener datos concretos o a ver cómo se aplican estos cambios directamente sobre las facturas, pero no sería lógico ni justo que las reducciones únicamente se aplicaran sobre una parte de las tarifas, me extrañaría mucho que eso vaya a ser así. Lo que sí podría ser es que esas reducciones se limitaran al mercado regulado, pero viendo los antecedentes tampoco parece que vaya a ir por ahí la cosa.

Yo la hoja de cálculo la dejaría de momento como estaba, en cuanto a los cargos y peajes digo. Total, la diferencia de aplicar o no esas nuevas reducciones que estamos viendo ya no va a suponer una diferencia tan sustancial como antes (3 ó 4 euros en la mayor parte de las facturas calculo yo)
 
Buenas @Toxiza,

Pues vale, no se le aplica reducción, lo cuál me jod....., por tanto, reformulo la pregunta. ¿Crees que las tarifas de un único tramo y dos tramos no les van a bajar cargos y peajes como a las de tres tramos? No se, pero si se bajan los cargos y los peajes a la energia, se le baja a todas las tarifas, ¿no crees?

La pregunta es abierta, no es sólo para @Toxiza.

Un saludo. Cuidaros.

Felices Fiestas.
A ver si es como yo lo entiendo:

Los peajes y cargos están en función de la tarifa de acceso en la que estamos cada consumidor y los determina el Gobierno estatal. Desde Junio, en viviendas estamos en 2.0 TD todos, y de aquí salen los peajes y cargos que tenemos que retribuir todos los consumidores. Esta regulación establece unos peajes y cargos para cada uno de los dos periodos de potencia y 3 para los periodos de consumo de energía, que llevaban activos desde Junio 2021.

Estos peajes y cargos se pagan independientemente de que estés en mercado libre o regulado. En el caso del mercado regulado, en la factura se indica claramente qué parte corresponde a peajes, a cargos y coste de la energía (y otros conceptos). En el mercado libre no hay obligación para la comercializadora de especificar los peajes y cargos de forma desglosada, porque es un coste que asume la comercializadora, con la que cada cliente ha aceptado una tarifa que incluye todos los conceptos.

En el Real Decreto-ley 17/2021 de Septiembre se aplicó una medida temporal de subvención de esos peajes en el 96%, con fecha de caducidad 31 de Diciembre de 2021. Dicho descuento debía aparecer con una línea independiente en la factura de electricidad, para que quedase claro, y afectaba a todos los consumidores, tanto los de mercado regulado como libre. En el caso de los consumidores de mercado regulado no hay problema para calcular el descuento porque ya se les tarifica en 2 periodos de potencia y 3 de consumo, pero para los consumidores de mercado libre se establecieron unas tablas con valores ponderados para que fuera transparente el método de aplicación del descuento.

Ahora lo que se ha publicado es una propuesta (esperemos a que se publique la norma final) que establece el importe de los nuevos peajes y cargos para el 2022. Aquí ya no estamos hablando de ningún descuento ni nada, sino simplemente de cuales son los costes regulados que todos debemos abonar el año próximo, al igual que en en su momento se publicó la norma que regulaba los peajes y cargos del 2021. Por lo tanto, para los clientes del mercado regulado ya lo tenemos claro, el importe de su factura será el coste de energía más el coste de los peajes y cargos de potencia y energía.

Para los clientes de mercado libre nos tendremos que ceñir a el contrato que tengamos con nuestra comercializadora, y puesto que el famoso descuento ya no existe, nos tendremos que ir al precio que hemos firmado sin descuentos. Que los peajes y cargos para el 2022 sean menores al 2021 no implica, automáticamente, que nos tengan que aplicar ninguna rebaja sobre el precio final (sin descuentos) firmado. En este caso el importe de los peajes y cargos es un coste soportado por la comercializadora, que no se traslada directamente al cliente. Por ejemplo, en mi comercializadora ya indica que:

En caso de que una eventual modificación normativa introdujera costes, limitaciones o
condiciones que incrementaran los costes y/o obligaciones de generación o de comercialización de electricidad que soporte Naturgy, Naturgy podrá trasladar estos costes a los precios finales.

Es decir, que se guardan el as bajo la manga de que si los peajes y cargos suben por encima de lo que había en el momento de la firma, tienen la potestad de trasladarme esa subida, pero no tienen la obligación de hacer lo contrario en el caso de bajada.
 
A ver si es como yo lo entiendo:

Los peajes y cargos están en función de la tarifa de acceso en la que estamos cada consumidor y los determina el Gobierno estatal. Desde Junio, en viviendas estamos en 2.0 TD todos, y de aquí salen los peajes y cargos que tenemos que retribuir todos los consumidores. Esta regulación establece unos peajes y cargos para cada uno de los dos periodos de potencia y 3 para los periodos de consumo de energía, que llevaban activos desde Junio 2021.

Estos peajes y cargos se pagan independientemente de que estés en mercado libre o regulado. En el caso del mercado regulado, en la factura se indica claramente qué parte corresponde a peajes, a cargos y coste de la energía (y otros conceptos). En el mercado libre no hay obligación para la comercializadora de especificar los peajes y cargos de forma desglosada, porque es un coste que asume la comercializadora, con la que cada cliente ha aceptado una tarifa que incluye todos los conceptos.

En el Real Decreto-ley 17/2021 de Septiembre se aplicó una medida temporal de subvención de esos peajes en el 96%, con fecha de caducidad 31 de Diciembre de 2021. Dicho descuento debía aparecer con una línea independiente en la factura de electricidad, para que quedase claro, y afectaba a todos los consumidores, tanto los de mercado regulado como libre. En el caso de los consumidores de mercado regulado no hay problema para calcular el descuento porque ya se les tarifica en 2 periodos de potencia y 3 de consumo, pero para los consumidores de mercado libre se establecieron unas tablas con valores ponderados para que fuera transparente el método de aplicación del descuento.

Ahora lo que se ha publicado es una propuesta (esperemos a que se publique la norma final) que establece el importe de los nuevos peajes y cargos para el 2022. Aquí ya no estamos hablando de ningún descuento ni nada, sino simplemente de cuales son los costes regulados que todos debemos abonar el año próximo, al igual que en en su momento se publicó la norma que regulaba los peajes y cargos del 2021. Por lo tanto, para los clientes del mercado regulado ya lo tenemos claro, el importe de su factura será el coste de energía más el coste de los peajes y cargos de potencia y energía.

Para los clientes de mercado libre nos tendremos que ceñir a el contrato que tengamos con nuestra comercializadora, y puesto que el famoso descuento ya no existe, nos tendremos que ir al precio que hemos firmado sin descuentos. Que los peajes y cargos para el 2022 sean menores al 2021 no implica, automáticamente, que nos tengan que aplicar ninguna rebaja sobre el precio final (sin descuentos) firmado. En este caso el importe de los peajes y cargos es un coste soportado por la comercializadora, que no se traslada directamente al cliente. Por ejemplo, en mi comercializadora ya indica que:

En caso de que una eventual modificación normativa introdujera costes, limitaciones o
condiciones que incrementaran los costes y/o obligaciones de generación o de comercialización de electricidad que soporte Naturgy, Naturgy podrá trasladar estos costes a los precios finales.

Es decir, que se guardan el as bajo la manga de que si los peajes y cargos suben por encima de lo que había en el momento de la firma, tienen la potestad de trasladarme esa subida, pero no tienen la obligación de hacer lo contrario en el caso de bajada.
Buenas @Nach,

Pues me parece muy clara tu explicación y llena de sentido.

En conclusión, que se bajan los costes de cargos y peajes para el mercado regulado, y el libre pasa a tener lo que cada uno firmó en su día, independientemente del coste de peajes y cargos, tal y como ha sido toda la vida.

Pues la torta es mayor de lo que esperaba.

Un saludo. Cuidaros.

Felices Fiestas.
 
A ver si es como yo lo entiendo:

Los peajes y cargos están en función de la tarifa de acceso en la que estamos cada consumidor y los determina el Gobierno estatal. Desde Junio, en viviendas estamos en 2.0 TD todos, y de aquí salen los peajes y cargos que tenemos que retribuir todos los consumidores. Esta regulación establece unos peajes y cargos para cada uno de los dos periodos de potencia y 3 para los periodos de consumo de energía, que llevaban activos desde Junio 2021.

Estos peajes y cargos se pagan independientemente de que estés en mercado libre o regulado. En el caso del mercado regulado, en la factura se indica claramente qué parte corresponde a peajes, a cargos y coste de la energía (y otros conceptos). En el mercado libre no hay obligación para la comercializadora de especificar los peajes y cargos de forma desglosada, porque es un coste que asume la comercializadora, con la que cada cliente ha aceptado una tarifa que incluye todos los conceptos.

En el Real Decreto-ley 17/2021 de Septiembre se aplicó una medida temporal de subvención de esos peajes en el 96%, con fecha de caducidad 31 de Diciembre de 2021. Dicho descuento debía aparecer con una línea independiente en la factura de electricidad, para que quedase claro, y afectaba a todos los consumidores, tanto los de mercado regulado como libre. En el caso de los consumidores de mercado regulado no hay problema para calcular el descuento porque ya se les tarifica en 2 periodos de potencia y 3 de consumo, pero para los consumidores de mercado libre se establecieron unas tablas con valores ponderados para que fuera transparente el método de aplicación del descuento.

Ahora lo que se ha publicado es una propuesta (esperemos a que se publique la norma final) que establece el importe de los nuevos peajes y cargos para el 2022. Aquí ya no estamos hablando de ningún descuento ni nada, sino simplemente de cuales son los costes regulados que todos debemos abonar el año próximo, al igual que en en su momento se publicó la norma que regulaba los peajes y cargos del 2021. Por lo tanto, para los clientes del mercado regulado ya lo tenemos claro, el importe de su factura será el coste de energía más el coste de los peajes y cargos de potencia y energía.

Para los clientes de mercado libre nos tendremos que ceñir a el contrato que tengamos con nuestra comercializadora, y puesto que el famoso descuento ya no existe, nos tendremos que ir al precio que hemos firmado sin descuentos. Que los peajes y cargos para el 2022 sean menores al 2021 no implica, automáticamente, que nos tengan que aplicar ninguna rebaja sobre el precio final (sin descuentos) firmado. En este caso el importe de los peajes y cargos es un coste soportado por la comercializadora, que no se traslada directamente al cliente. Por ejemplo, en mi comercializadora ya indica que:

En caso de que una eventual modificación normativa introdujera costes, limitaciones o
condiciones que incrementaran los costes y/o obligaciones de generación o de comercialización de electricidad que soporte Naturgy, Naturgy podrá trasladar estos costes a los precios finales.

Es decir, que se guardan el as bajo la manga de que si los peajes y cargos suben por encima de lo que había en el momento de la firma, tienen la potestad de trasladarme esa subida, pero no tienen la obligación de hacer lo contrario en el caso de bajada.
Ese es un ejemplo perfecto de esas claúsulas ambiguas e insidiosas que abundan tanto en nuestros contratos, y sí, opino lo mismo que tú, en base a esa claúsula podrían no traladarnos esa reducción de precio sin incumplir absolutamente nada de lo pactado.

Pero entonces dime tú ¿qué sentido tiene que el gobierno anuncie los nuevos peajes como una acción de respuesta ante la actual escalada de precios del mercado eléctrico?. Si la mayor parte de la población no va a poder beneficiarse de ello, podría haberse publicado en el B.O.E. sin más, como tantas y tantas cosas.

Porque yo sí he leído que se hablaba de un descuento anual similiar al de 2021 (que fue del 96%, sí, pero solo durante 3,5 meses) pero repercutido a lo largo de todo el año 2022, con lo que pasaba a ser solo de un 30%.
 
Buenas @Nach,

Pues me parece muy clara tu explicación y llena de sentido.

En conclusión, que se bajan los costes de cargos y peajes para el mercado regulado, y el libre pasa a tener lo que cada uno firmó en su día, independientemente del coste de peajes y cargos, tal y como ha sido toda la vida.

Pues la torta es mayor de lo que esperaba.

Un saludo. Cuidaros.

Felices Fiestas.
Así sería un contrato abusivo y por tanto nulo. No puede haber desproporción en las condiciones del mismo
 
Buenas @Nach,

Pues me parece muy clara tu explicación y llena de sentido.

En conclusión, que se bajan los costes de cargos y peajes para el mercado regulado, y el libre pasa a tener lo que cada uno firmó en su día, independientemente del coste de peajes y cargos, tal y como ha sido toda la vida.

Pues la torta es mayor de lo que esperaba.

Un saludo. Cuidaros.

Felices Fiestas.
yo estoy con la misma interpretación que hace @Nach el decreto de momento no les obliga a nada, y quedará al arbitrio de lo que ponga en nuestros contratos y lo que decida cada empresa, casi todas dicen podrá ... tampoco establecen claramente que lo vayan a hacer

mi sospecha es que la mayoría dejará de descontar lo que les obligaba el decreto

lo que ya no sé es lo que hará endesa con su única, creo que en su contrato no habla de peajes, por lo que es posible que se salve
 
El contrato de Naturgy dice lo siguiente
"
3.- Condiciones económicas
a) Los precios del suministro de gas natural y/o electricidad contratado son los que se establecen en las Condiciones Económicas del Contrato. Cualquier variación que se produzca en las Tarifas de Acceso vigentes o en los demás conceptos, tasas o impuestos, actividades y valores regulados que pudieran aprobarse por la Administración para el periodo de vigencia del presente Contrato y que se devenguen como consecuencia del suministro, podrán ser trasladados automáticamente a los precios del suministro."
Creo que tendrán que hace el reajuste a la baja.
 
En mi contrato con Bonpreu pone esto:


Tarifas de Acceso. Cualquier tipo de modificación en la cuantía, condiciones de aplicación, complementos y/o recargos de las tarifas de acceso vigentes en el momento de la firma de este
contrato, BonpreuEsclat Energía trasladará estas modificaciones y pagos al CLIENTE con las implicaciones económicas y de cualquier otra índole que pudieran originarse con ello.
​

Y esta aclaración sobre el texto anterior que me parece muy interesante:
"Si se producen modificaciones en las tarifas de acceso establecidas en este contrato, se las tendremos que trasladar íntegramente. Serán, de hecho, modificaciones en su relación con la compañía distribuidora, no con nosotros."
Porque según el B.O.E. entiendo que esos peajes y cargos afectan a la tarifa 2.0TD como tarifa de acceso general, la que tenemos todos, ya sea en regulado o en libre.

Y también pone esto otro:

15 CAMBIOS REGULADORES

El contenido de las anteriores cláusulas está sujeto a las modificaciones legales que se produzcan durante la vigencia de este contrato, especialmente las derivadas de la regulación del mercado mayorista de la electricidad; en particular, cualquier cambio en la normativa aplicable que tenga como consecuencia una modificación de los precios establecidos en las condiciones particulares o una modificación que afecte al coste del servicio de suministro de BonpreuEsclat Energía al CLIENTE. Las partes acuerdan expresamente que BonpreuEsclat Energía podrá repercutir tanto al alza como a la baja las variaciones de los componentes del precio de la electricidad y los costes regulados que afectaran a los precios pactados con el CLIENTE en este contrato.​

Por lo tanto, podrán repercutir o no repercutir (ellos deciden), pero dejan claro que es en ambos sentidos, tanto al alza como a la baja.
 
A ver si es como yo lo entiendo:

Los peajes y cargos están en función de la tarifa de acceso en la que estamos cada consumidor y los determina el Gobierno estatal. Desde Junio, en viviendas estamos en 2.0 TD todos, y de aquí salen los peajes y cargos que tenemos que retribuir todos los consumidores. Esta regulación establece unos peajes y cargos para cada uno de los dos periodos de potencia y 3 para los periodos de consumo de energía, que llevaban activos desde Junio 2021.

Estos peajes y cargos se pagan independientemente de que estés en mercado libre o regulado. En el caso del mercado regulado, en la factura se indica claramente qué parte corresponde a peajes, a cargos y coste de la energía (y otros conceptos). En el mercado libre no hay obligación para la comercializadora de especificar los peajes y cargos de forma desglosada, porque es un coste que asume la comercializadora, con la que cada cliente ha aceptado una tarifa que incluye todos los conceptos.

En el Real Decreto-ley 17/2021 de Septiembre se aplicó una medida temporal de subvención de esos peajes en el 96%, con fecha de caducidad 31 de Diciembre de 2021. Dicho descuento debía aparecer con una línea independiente en la factura de electricidad, para que quedase claro, y afectaba a todos los consumidores, tanto los de mercado regulado como libre. En el caso de los consumidores de mercado regulado no hay problema para calcular el descuento porque ya se les tarifica en 2 periodos de potencia y 3 de consumo, pero para los consumidores de mercado libre se establecieron unas tablas con valores ponderados para que fuera transparente el método de aplicación del descuento.

Ahora lo que se ha publicado es una propuesta (esperemos a que se publique la norma final) que establece el importe de los nuevos peajes y cargos para el 2022. Aquí ya no estamos hablando de ningún descuento ni nada, sino simplemente de cuales son los costes regulados que todos debemos abonar el año próximo, al igual que en en su momento se publicó la norma que regulaba los peajes y cargos del 2021. Por lo tanto, para los clientes del mercado regulado ya lo tenemos claro, el importe de su factura será el coste de energía más el coste de los peajes y cargos de potencia y energía.

Para los clientes de mercado libre nos tendremos que ceñir a el contrato que tengamos con nuestra comercializadora, y puesto que el famoso descuento ya no existe, nos tendremos que ir al precio que hemos firmado sin descuentos. Que los peajes y cargos para el 2022 sean menores al 2021 no implica, automáticamente, que nos tengan que aplicar ninguna rebaja sobre el precio final (sin descuentos) firmado. En este caso el importe de los peajes y cargos es un coste soportado por la comercializadora, que no se traslada directamente al cliente. Por ejemplo, en mi comercializadora ya indica que:

En caso de que una eventual modificación normativa introdujera costes, limitaciones o
condiciones que incrementaran los costes y/o obligaciones de generación o de comercialización de electricidad que soporte Naturgy, Naturgy podrá trasladar estos costes a los precios finales.

Es decir, que se guardan el as bajo la manga de que si los peajes y cargos suben por encima de lo que había en el momento de la firma, tienen la potestad de trasladarme esa subida, pero no tienen la obligación de hacer lo contrario en el caso de bajada.
Tal vez tengas razón, pero según ese razonamiento,¿por qué se han aplicado los descuentos de peajes en los contratos del mercado libre donde las tarifas establecidas en los contratos antes del 16 de septiembre estaban por encima de lo cobrado en fras de octubre noviembre y diciembre, y ahora ya no se van a aplicar los descuentos digamos inferiores que se reflejan en el nuevo real decreto?
 
Tal vez tengas razón, pero según ese razonamiento,¿por qué se han aplicado los descuentos de peajes en los contratos del mercado libre donde las tarifas establecidas en los contratos antes del 16 de septiembre estaban por encima de lo cobrado en fras de octubre noviembre y diciembre, y ahora ya no se van a aplicar los descuentos digamos inferiores que se reflejan en el nuevo real decreto?
porque el anterior decreto de septiembre les obligaba expresamente, cosa que este nuevo decreto no hace
 
Os dejo un excel con las variaciones de los cargos en lo arriba mencionado. Respecto a las últimas filas de variaciones respecto a mercado libre, habrá que ver según se debate si son de aplicación y qué pasa.
 

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