TotalEnergies iguala o mejora las tarifas de los que tengan tarifas vigentes con Repsol antiguas.

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Vuelve a estar mi contrato operativo en la web de Totalenergies,ahora veo porque dejo de estarlo.Han añadido coletilla para el tema del gas.Para mi desgracia mi contrato tiene fecha de 27 Abril(por un dia).
Almenos en el contrato aparece el descuento aplicado
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mira a ver si cuando te enviaron el contrato en abril tenia esa clausula o no, si no la tenia no pueden hacer lo que han hecho y cambiarte el contrato "por detrás". sobretodo mira a ver si en esta versión se mantiene la fecha de contratación y el número de contrato , eso tú no lo has aceptado cuando contrataste. @ANIKILLL ¿sabes si esto se puede denunciar? no creo que sea legal incluir clausulas sobre un contrato ya firmado
 
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mira a ver si cuando te enviaron el contrato en abril tenia esa clausula o no, si no la tenia no pueden hacer lo que han hecho y cambiarte el contrato "por dertrás". sobretodo mira a ver si en esta versión se mantiene la fecha de contratación y el número de contrato , eso tú no lo has aceptado cuando contrataste. @ANIKILLL ¿sabes si esto se puede denunciar? no creo que sea legal incluir clausulas sobre un contrato ya firmado
El contrato original tiene la misma fecha y el mismo numero y no tenia esa clausula.Pero me temo que las compañias pueden cambiar los contratos de forma unilateral,basicamente pueden hacer lo que les de la gana
 
El contrato original tiene la misma fecha y el mismo numero y no tenia esa clausula.Pero me temo que las compañias pueden cambiar los contratos de forma unilateral,basicamente pueden hacer lo que les de la gana
no te pueden cambiar un contrato sin tú aceptarlo y sin avisar, y mucho menos con el mismo número, eso es fraude
 
El contrato original tiene la misma fecha y el mismo numero y no tenia esa clausula.Pero me temo que las compañias pueden cambiar los contratos de forma unilateral,basicamente pueden hacer lo que les de la gana
Vamos a ver, no es por defender a TE, pero realmente no es una modificación de las condiciones contractuales, sino una actualización de los términos legales que incluía ya de por si el contrato. Es como si en septiembre del año pasado, cuando bajaros los cargos y peajes, nos hubiese molestado que en vez de pagar lo que tenía estipulado el contrato, nos "fastidiara" pagar menos por la reducción aplicada por el gobierno.
 
Viendo los comentarios, se trata de una compañía que mucha confianza no genera...
Viendo tus comentarios, creo que muy pocas cosas te merecen confianza en cuanto al mundo de las tarifas eléctricas, independientemente de la compañía sobre la que hables. Entiendo tu inquietud, pero no la comparto.
 
Vamos a ver, no es por defender a TE, pero realmente no es una modificación de las condiciones contractuales, sino una actualización de los términos legales que incluía ya de por si el contrato. Es como si en septiembre del año pasado, cuando bajaros los cargos y peajes, nos hubiese molestado que en vez de pagar lo que tenía estipulado el contrato, nos "molestara" pagar menos por la reducción aplicada por el gobierno.
eso no es así (trabajas para TE? :emoji_smirk:); es una modificación de las condiciones, de hecho antes no estaba en el contrato y de repente ahora si y con alevosía. Lo del año pasado se refiere a los costes regulados , peajes, etc.. que está indicado en contrato cuando firmas. Esto no es un coste regulado, y la prueba es que incluyen un clausula especifica para esto.
@luismalo por lo menos TE está en el Sistema de arbitraje de consumo que es un tramite gratuito, y si te han cambiado el contrato yo lo veo clarísimo, recurrir al arbitraje y no os dejéis engañar.
 
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eso no es así (trabajas para TE? :emoji_smirk:); es una modificación de las condiciones, de hecho antes no estaba en el contrato y de repente ahora si y con alevosía. Lo del año pasado se refiere a los costes regulados , peajes, etc.. que está indicado en contrato cuando firmas. Esto no es un coste regulado, y la prueba es que incluyen un clausula especifica para esto.
Por lo menos TE está en el Sistema de arbitraje de consumo que es un tramite gratuito, y si te han cambiado el contrato yo lo veo clarísimo, recurrir al arbitraje y no os dejéis engañar.
¿En serio piensas que no es un coste regulado por el RD 10/2022? Pues no me había enterado:emoji_stuck_out_tongue_winking_eye:. Me gustaría trabajar para el consejo de administración de TE, pero me da que va a ser que no:emoji_stuck_out_tongue:. Si alguien piensa que sus derechos se han vulnerado, les apoyo para que denuncien el tema. Yo creo se ajusta a la legalidad en este caso. Pero que nadie deje de quejarse si piensan que tienen razón.
 
¿En serio piensas que no es un coste regulado por el RD 10/2022? Pues no me había enterado:emoji_stuck_out_tongue_winking_eye:
No lo pienso Yo, es que no lo es. El RD indica el mecanismo de ajuste para la subasta, por eso las compañias deben incluir una clausula especifica y no es aplicable al que no lo tenga incluido; en cambio con los costes regulados les aplica a todo el mundo independiente de la fecha de contrato.
 
No lo pienso Yo, es que no lo es. El RD indica el mecanismo de ajuste para la subasta, por eso las compañias deben incluir una clausula especifica y no es aplicable al que no lo tenga incluido; en cambio con los costes regulados les aplica a todo el mundo independiente de la fecha de contrato.
Pues yo pensaba que el real decreto regulaba a todos los contratos y renovaciones de los mismos, posteriores al 26/04. Debo estar equivocado.
 
Pues yo pensaba que el real decreto regulaba a todos los contratos y renovaciones de los mismos, posteriores al 26/04. Debo estar equivocado.
no regula los contratos, es un mecanismo de ajuste para la subasta y permite trasaladarlo a los contratos a partir del 26/04 . Otra cosa es si la comercializadora quiere trasladarlo (no es obligatorio) y si es así debe incluir la clausula. Estamos hablando de contratos fijos del libre, los regulados o indexados van directamente al precio que salga de la subasta, por eso no es necesario es clausula en esos.
 
no regula los contratos, es un mecanismo de ajuste para la subasta y permite trasaladarlo a los contratos a partir del 26/04 . Otra cosa es si la comercializadora quiere trasladarlo (no es obligatorio) y si es así debe incluir la clausula. Estamos hablando de contratos fijos del libre, los regulados o indexados van directamente al precio que salga de la subasta, por eso no es necesario es clausula en esos.
¿Seguro que no es obligatorio su cumplimiento? ¡Qué bien! Entonces veremos campañas publicitarias de comercializadoras con el eslogan "Véngase con nosotros que no le cobraremos el ajuste del gas", al estilo día sin IVA, que en realidad quieren decir que te hacen un descuento equivalente a lo que valdría el producto sin IVA.
 
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