DEDUCCIONES IRPF

Buenas! Reabro este post pero no se si vendría aquí. Tengo una duda sobre cómo hacer la declaración de la renta y aplicar correctamente la deducción. Tengo todo correcto, certificado anterior y posterior, en medio las facturas (placas solares y alguna cosilla más). Paso a una letra B y puedo aplicarme la deducción del 60%.

Mi duda es: ¿cuando me pidan el certificado energético, tengo que entregar el informe del certificado dónde explica todo en los anexos (calefacción, aislamiento, etc.) o solamente tengo que entregar el documento que es etiqueta energética? (Adjunto capturas de ambos documentos)
 

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Buenas! Reabro este post pero no se si vendría aquí. Tengo una duda sobre cómo hacer la declaración de la renta y aplicar correctamente la deducción. Tengo todo correcto, certificado anterior y posterior, en medio las facturas (placas solares y alguna cosilla más). Paso a una letra B y puedo aplicarme la deducción del 60%.

Mi duda es: ¿cuando me pidan el certificado energético, tengo que entregar el informe del certificado dónde explica todo en los anexos (calefacción, aislamiento, etc.) o solamente tengo que entregar el documento que es etiqueta energética? (Adjunto capturas de ambos documentos)
Chico, si te lo piden, que tampoco es seguro, les envias todo lo que tienes...
 
Buenas! Reabro este post pero no se si vendría aquí. Tengo una duda sobre cómo hacer la declaración de la renta y aplicar correctamente la deducción. Tengo todo correcto, certificado anterior y posterior, en medio las facturas (placas solares y alguna cosilla más). Paso a una letra B y puedo aplicarme la deducción del 60%.

Mi duda es: ¿cuando me pidan el certificado energético, tengo que entregar el informe del certificado dónde explica todo en los anexos (calefacción, aislamiento, etc.) o solamente tengo que entregar el documento que es etiqueta energética? (Adjunto capturas de ambos documentos)
En realidad al hacer la declaración de la renta no tienes que presentar nada. Solo rellenar los datos que te piden. Los papeles ya te los reclamarán luego si lo revisan.
 
Buenas! Reabro este post pero no se si vendría aquí. Tengo una duda sobre cómo hacer la declaración de la renta y aplicar correctamente la deducción. Tengo todo correcto, certificado anterior y posterior, en medio las facturas (placas solares y alguna cosilla más). Paso a una letra B y puedo aplicarme la deducción del 60%.

Mi duda es: ¿cuando me pidan el certificado energético, tengo que entregar el informe del certificado dónde explica todo en los anexos (calefacción, aislamiento, etc.) o solamente tengo que entregar el documento que es etiqueta energética? (Adjunto capturas de ambos documentos)
Como te dicen los compañeros, en la declaración del IRPF no tienes que entregar nada. Sólo "declarar". Las deducciones te corresponden si demuestras ciertos requisitos. Pero puedes tener "suerte" y que no te lo pidan. Entrecomillo "suerte" porque recibir una notificación de la Agencia Tributaria nunca es plato de buen gusto y, además, te obliga a invertir un tiempo en demostrar con documentación tu derecho a la deducción. El certificado de eficiencia energética es una de las pocas cosas que la administración puede ver sin pedírtelo directamente a ti, porque está, o debiera estar, registrado. De hecho, cada comunidad autónoma pone a disposición pública cada CEE registrado. Pero las facturas de las reformas, casi seguro que te las va a requerir, así que tenlas a mano.
 
Buenas! Reabro este post pero no se si vendría aquí. Tengo una duda sobre cómo hacer la declaración de la renta y aplicar correctamente la deducción. Tengo todo correcto, certificado anterior y posterior, en medio las facturas (placas solares y alguna cosilla más). Paso a una letra B y puedo aplicarme la deducción del 60%.

Mi duda es: ¿cuando me pidan el certificado energético, tengo que entregar el informe del certificado dónde explica todo en los anexos (calefacción, aislamiento, etc.) o solamente tengo que entregar el documento que es etiqueta energética? (Adjunto capturas de ambos documentos)
Te paso la lista de lo que me pidieron en su dia para que lo vayas teniendo preparado y evites nervios de última hora.

"Justificación de la deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no
renovable.

Con el objeto de comprobar la deducción estatal por obras de mejora en la eficiencia energética
de viviendas y, en su caso, la deducción autonómica por obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares, se le requiere para que aporte la siguiente documentación:

- Certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras y justificante de su
inscripción en el registro.

- Certificado de eficiencia energética anterior al inicio de las obras y justificante de su inscripción en el registro.

- En su caso, informe firmado por un técnico cualificado en el que se certifique la mejora en la letra de la escala de calificación de la eficiencia energética lograda como consecuencia de las obras.

- Si ha recibido alguna subvención para la realización de las obras, Resolución por la que se le ha concedido y justificantes del cobro de ésta.

- Facturas expedidas por el proveedor de las obras realizadas.

- Justificantes de los pagos de las obras realizadas.

- Factura expedida por los honorarios para la obtención del certificado y justificantes del pago de éstos.

- Permisos, autorizaciones o títulos habilitantes correspondientes para la realización de las obras.

- Si las obras se realizaron a través de una comunidad de propietarios, además de los documentos anteriores, deberá aportar el certificado del presidente de la comunidad en el que certifique el porcentaje de participación en la comunidad que le corresponde.

- Cualquier otro documento que considere conveniente para justificar su derecho a la aplicación de las deducciones.


PLAZO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
El plazo para aportar la documentación requerida, así como los documentos y justificantes que estime oportunos, es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de recepción de esta notificación."
 
PLAZO PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
El plazo para aportar la documentación requerida, así como los documentos y justificantes que estime oportunos, es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de recepción de esta notificación."
Esos 10 días, como no tengas algo de lo que piden, se te pasan volando... Mejor tener todo antes, incluso, de hacer la declaración.
 
Esos 10 días, como no tengas algo de lo que piden, se te pasan volando... Mejor tener todo antes, incluso, de hacer la declaración.
Aunque en caso de necesidad se puede pedir unos días extra (no me acuerdo cuantos), yo aconsejo ir guardando la documentación de forma ordenada y usar la lista que he pasado para verificar que esta todo.
 
Aunque en caso de necesidad se puede pedir unos días extra (no me acuerdo cuantos), yo aconsejo ir guardando la documentación de forma ordenada y usar la lista que he pasado para verificar que esta todo.
Te pueden dar 5 dias mas. Y si expluxas que estas recopilando la infirmscion lo normal es que te den la cortesia de mas tiempo, y siempre pidras aportarlo en el tramite de alegaciones
 
Gracias a todos por las respuestas. Lo único que no me cuadra es el siguiente punto:

"En su caso, informe firmado por un técnico cualificado en el que se certifique la mejora en la letra de la escala de calificación de la eficiencia energética lograda como consecuencia de las obras."

Tengo ambos certificados, facturas, comprobantes de pago, etc. ¿Pero esto que es exactamente? ¿Es un documento literal que diga que gracias a esas obras se ha conseguido la letra?
 
Con los dos certificados bastaría siempre que se vea una disminución de energía primaria no renovable superior al 30%. pero tampoco esta demas añadir el informe del técnico.
 
Aprovecho para preguntar sobre la cronología y a ver qué opinión tenéis.

¿Creéis que si he pagado por anticipado el montaje de unos aires acondicionados (con calor, obviamente), pero la obra ha sido unas semanas después, y la factura la pido otras semanas más tarde y entre el montaje y la factura solicito un CEE, estaría haciendo las cosas bien con vistas a beneficiarme de la deducción del IRPF?

No pensaba que teniendo una caldera de gasoil como mi fuente de calefacción pudiera deducirme nada con los aires acondicionados, pero me dice el técnico de la empresa que va a aislarme el bajo cubierta que puedo aprovechar el conjunto (splits + aislante) para intentar llegar a la mejora del 30 % que da lugar a la deducción del 60 % del IRPF.

Sería cuestión de días (los aires los montaron ayer y el CEE lo podría solicitar mañana) pero me da la sensación que la cronología no la determina la factura, sino el momento de la obra.

Podéis comenzar a apalearme… 😅
 
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