Cómo bajé la potencia de mi comunidad de vecinos

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Tras la serie cómo bajó a la mitad la factura de mi comunidad y cómo bajó la factura de mi garaje a la mitad, Carlos Castiñeiras entra en detalle a analizar uno de los ejes fundamentales que hicieron estos casos posibles y con el que en su día contó con la suerte del principiante: CÓMO BAJÉ LA POTENCIA DE MI COMUNIDAD DE VECINOS.

Bajar potencia comunidad

 

¿Hasta que potencia bajar?

Ya se explicó en varios artículos, y hoy además es posible saberlo con precisión si el contador es electrónico telegestionado. Desde el menú telegestión > ¿qué potencia necesito? (contadores de Iberdrola) simplemente basta con hacer caso a las lecturas que ahí se recogen sin más temores que saber que en un suministro trifásico con contador electrónico la potencia máxima realmente es de 1/3 para cada una de las 3 fases, pero también que sobre esas medidas aún hay márgenes de cortesía.

Gráfica de consumo

¿Y dejarán bajar la potencia?

Depende del tipo de suministro:

  • De servicios comunes/generales: conocido coloquialmente como “de escalera”. Se trata de un suministro totalmente ordinario que por tanto permite bajar potencia a placer, igual que en un domicilio.
  • De ascensor: puede ser específico o combinado con el anterior, y automáticamente implica que al suministro se le reconoce este elemento al cual, a pesar de no estar catalogado como ininterrumpible por el artículo 89 del RD 1955/2000 ni por el REBT de 2002 para viviendas (si para edificios públicos), no se le consiente que pueda sufrir un corte por ICP.

La forma primigenia de saber si el contrato está considerado de ascensor sería consultar en el CIE si lo tiene recogido, pero esa información pudo no ser trasladada a la ficha de la distribuidora o ser modificado de oficio posteriormente. Por tanto lo más fiable es consultarle a la comercializadora directamente la ficha actualizada de la distribuidora.

 

Es contrato de ascensor… ¿entonces?

El Certificado/Boletín de Instalaciones Eléctricas (CIE o BIE), conocido popularmente como boletín, es el documento oficial en el que un instalador autorizado recoge la potencia máxima soportada por la instalación (techo del contrato), y en el caso de que tenga elementos no interrumpibles como un ascensor puede recoger también la parte de potencia individual que requieren (suelo del contrato). Si este último factor no está detallado, la consecuencia será que la distribuidora no establecerá un suelo al suministro y por tanto nos atrapará en el techo con la potencia máxima.

ascensor enor

El RD 1454/2005 que modifica el RD 1164/2001, deja el artículo 9.1.2.a)1 bien explicado:

Tarifa 2.0A. En aquellos casos en que, por las características del suministro, éste no pueda ser interrumpido, el consumidor podrá optar a que la determinación de la potencia que sirva de base para la facturación se realice por maxímetro. En estos casos la potencia contratada no podrá ser inferior a la potencia que, en su caso, figure en el Boletín de Instalador para los equipos que no puedan ser interrumpidos.

Como se ve entonces nunca es necesario un nuevo CIE, siempre y cuando esté bien hecho. Pero esto desgraciadamente ni se cumplió en la época del boom inmobiliario ni se cumple ahora que se sufren las consecuencias de aquellos boletines.

Este es el motivo de la tan falaz afirmación de teleoperadores de las comercializadoras de «con ascensor es obligatorio contratar la potencia máxima», que como se ve no es obligatorio sino inevitable cuando la distribuidora no dispone de la información debida. Y es también el motivo del otro gran malentendido de «me exigen un nuevo boletín para bajar potencia», ya que la distribuidora realmente no exige un nuevo CIE sino la información que necesita.

 

Qué hacer con un CIE inútil

  1. Tirarlo a la basura y encargar uno nuevo, en el que esté detallado en el campo de observaciones la carga de los suministros no interrumpibles.
  2. Cuando lo anterior implique por la antigüedad de la instalación el tener que renovarla, el nuevo CIE puede evitarse con un “certificado de suministro no interrumpible”, generalmente invocado como “certificado de ascensor”. Realmente no es más que la información respecto al suelo del suministro que la distribuidora exige, pero puede resultar de problemática tramitación por ser desconocido por el personal de las compañías eléctricas y ciertas comunidades autónomas ponen obstáculos a su recepción por no estar contemplado en sus legislaciones. Por ello, no es recomendable recurrir a él salvo si es para evitar la ecuación CIE nuevo = obra.

 

Certificado no interruptible

 

Para la información crítica que nos importa de la carga del ascensor, muchos firmantes de certificados establecen valores generosamente arbitrarios, otros se ciñen estrictamente a la documentación técnica del motor del ascensor, y también queda quien le pone cordura y con las mediciones de potencia establece cual es la real que emplea el ascensor y sobre ella aplica un margen de seguridad. Los motores de ascensor están diseñados para distintas instalaciones y por tanto no van a tener las mismas necesidades energéticas cuando están funcionando en un edificio bajo con una cabina pequeña que si están montados donde tengan que emplear el 100% de su fuerza.

 

Ya pagué el nuevo certificado, ¿qué se hace con él?

La comercializadora es la que tiene que saber cómo hacer que la distribuidora lo registre, para a continuación solicitarle la nueva potencia. Sabiendo tramitar el cambio por “modo 2” (con maxímetro), el sistema informático de la distribuidora acepta la bajada automáticamente y la aplica en el acto si el contador es telegestionado, permitiendo incluso contratar potencias no normalizadas.

Antes
Antes

 

Después
Después

Este es el paso que materializa nuestro objetivo inicial, y todo lo explicado no sirve de nada si tu comercializadora no está comprometida más que con enviarte facturas. Es por ello que abandoné dos comercializadoras pequeñas y que no se me ocurriría poner estos trámites en manos de una grande salvo que supiese que mi contrato lo lleva un auténtico profesional.

Por ello este artículo está dedicado a dos foreros de Nergiza sin los cuales jamás hubiera conseguido bajar la potencia en mi comunidad: Iñaki y Carlos Callejón.

Si necesitas que te ayude con tu caso particular, puedes usar el servicio de consulta PRO para enviarme tu duda junto con toda la información necesaria (planos, presupuestos recibidos, etc.) y te responderé en un plazo de 2 días.

55 comentarios en «Cómo bajé la potencia de mi comunidad de vecinos»

  1. Muchas gracias por los agradecimientos, Carlos; la verdad es que ha sido una tarea ardua pero los frutos han merecido la pena.

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  2. Es decir, si no lo he entendido mal, cuando en una comunidad de vecinos hay ascensor se puede bajar la potencia contratada mediante ICP diga lo que diga el boletín de enganche (con el riesgo de que los vecinos se queden encerrados), o se puede tramitar todo este papeleo para conseguir que se facture mediante maxímetro. ¿Correcto?

    ¿Ahora pagáis 3,5kW de potencia contratada frente a los 15kW de antes?

    Y otra duda que me ronda la cabeza desde hace muchos meses, aunque es más bien de electricidad: Un ICP lo que limita no es la potencia, sino el paso de corriente (Amperios). Según comprobé en el artículo que hice "Contadores inteligentes ¿saltan más?" un aparato inductivo como una aspiradora, con un potente motor eléctrico, puede consumir menos corriente y tener un mejor factor de potencia si se le conectan en paralelo unos condensadores debidamente dimensionados.
    Un ascensor no es más que una caja con contrapesos movida por un potente motor eléctrico, trifásico en la mayoría de las ocasiones. ¿se podría instalar unos condensadores en ese motor para reducir el consumo de corriente? Si así fuera, obviamente se debería tener en cuenta que el motor ES TRIFÁSICO, y por tanto la conexión es distinta que en monofásico, y no sé cómo sería ni cómo calcularlo en este caso. ¿Alguien sabe algo?

    Descarto la idea de una batería de condensadores por ser mucho más cara y compleja. Lo único que me interesa compensar es un motor trifásico, no toda la instalación de la comunidad. Las lámparas LED buenas vienen con un alto factor de potencia, y no necesitan compensación de reactiva.

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    • Tanto el electricista como el mantenedor del ascensor me han dicho que la forma de reducir el consumo del motor es con la instalación de un variador. De hecho el electricista con él si aceptaba certificar como no interrumpible una potencia inferior a la nominal del motor.

      Pero explicaciones técnicas no tengo conocimiento para darlas.

      Responder
      • Efectivamente con el variador se consigue un arranque y frenada suaves, lo que reduce el consumo y alarga la vida de los componentes mecánicos al evitar los tirones y sacudidas.

        Ahora lo de que con él si acepta firmar el certificado me suena a querer cobrar un extra para certificar la bajada de potencia, mas que una necesidad técnica o legal...

        Responder
    • Efectivamente, poniendo unos condensadores a un motor se reduce la corriente reactiva (y por consiguiente la aparente), pero la corriente "normal" (la activa), que es la que se paga a nivel domestico, seguiría siendo la misma, por lo que la factura no mejoraría.
      La ventaja de ponerlos sería poder usar unos cables mas finos (como la instalación ya está hecha, no hay ventaja por aquí) y mayor duración de los contactores (en vez de 200 años, igual duraban 210..., por cierto la vida prevista de los condensadores es muy inferior a la de los contactores).

      En algún articulo de Nergiza ya se trató el tema de unos supuestos "ahorradores" que realmente eran, en algunos casos, un condensador (y en otros ni siquiera eso) y se demostró que solo servían para consumir la energía necesaria para encender los leds del frontal (bastante poca, afortunadamente).

      De todas formas, es bastante posible que la instalación ya lleve el condensador necesario.

      Las lamparas LED funcionan en corriente continua por lo que no existe el concepto de desfase de la onda eléctrica y por lo tanto no se genera corriente reactiva. El las fuentes de alimentación de dichas lamparas (el palabro de moda para referirse a ellas el "driver) si se desfasará algo la corriente, pero es despreciable, sobre todo si no se paga la reactiva 😉

      Responder
      • El consumo aparente no sólo viene dado por la energía reactiva (desfase del cos fi), sino también por la tasa de distorsión armónica THD. Esta distorsión o ruido de la onda sinusoidal es perjudicial a varios niveles y no puede ser eliminada mediante compensación con condensadores. De hecho si en una instalación eléctrica con alta tasa de distorsión armónica se instala una batería de condensadores sin filtrado de altas frecuencias, puede producirse un fenómeno de resonancia muy dañino que puede estropear los condensadores y otros componentes en días o incluso horas.

        Los armónicos son provocados principalmente por ordenadores con fuentes de alimentación de baja calidad, bombillas LED de baja calidad, y otros aparatos electrónicos sin filtrado de armónicos. (info aprendida en unos seminarios de Circutor).

        Lo de ponerle condensadores al ascensor era por poder reducir el consumo aparente y por tanto poder reducir la potencia contratada mediante ICP sin que este saltara. Me imagino que la diferencia podría ser perfectamente de 1-2kVA a favor, lo que podría suponer la diferencia entre contratar la tarifa 2.1 (mucho más cara) o la 2.0 y beneficiarse de mejores precios.

        Por otra parte me ha parecido muy interesante lo del variador. ¿Qué es? ¿cuanto cuesta instalarlo?

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        • Yo he visto presupuesto de variador para motor de 5 kW por unos 2.000€ IVA incluido con mantenedor no oficial y 3.000€ con el mantenedor oficial.

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        • Los armónicos, ruido eléctrico en jerga electrica, puede producir fallos lógicos en ordenadores, microcontroladores o autómatas, pero a nivel de consumo, su influencia el mínima, ya que son tensiones relativamente pequeñas, yo no le daría demasiada importancia, al menos para una vivienda normal.

          El desfase de onda, corriente reactiva, es "transparente" para los contadores antiguos y con los digitales se supone que (de momento) no se factura. Aunque si puede en casos concretos hacer saltar el diferencial, ya que la corriente que entra no sale instantáneamente sino que se retrasa unos milisegundos. Yo solo he visto saltar el diferencial en un instituto, cuando los alumnos encendían todos los ordenadores al entrar en clase.

          El variador de velocidad lo que hace realmente es cambiar la frecuencia a la que se alimenta el motor, para de esta forma, cambiar su velocidad. Por cierto es una gran fuente de ruido electrico.

          Su precio para un motor normalito puede ir de los 600 € a varios miles, dependiendo de sus funciones.

          Todos tienen varias velocidades de giro programables (de dos a seis, habitualmente), rampas de arranque y parada, cambio de sentido de giro y frenada por contracorriente (rápida).

          Las ventajas, pues las dichas en el post anterior de ahorro gracias al arranque progresivo, mayor duración de la parte mecánica al evitar los tirones y poder alimentar un motor trifásico (400V) con corriente monofásica (230V).

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  3. Cuando LA DISTRIBUIDORA DICE que hay ascensor, si hay ICP no dejarán bajar la potencia nunca de la máxima precisamente por evitar el riesgo de corte. De ahí la utilidad de tramitar todo este papeleo para conseguir que se facture mediante maxímetro: potencia real, riesgo inexistente de corte y menor coste.

    Si la distribuidora NO DICE que hay ascensor, entonces ICP con potencia bien A) a la nominal del motor o B) a la que marque el contador. A elegir según el "riesgo" que quiera correr cada uno, que en la práctica no es tal siguiendo estos parámetros.

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    • La distribuidora hace de entrada lo que le da la gana, incluido bajarte la potencia en un ascensor sí y en otro denegártelo sistemáticamente, con los boletines prácticamente idénticos e inicialmente todo igual en su web.

      Nosotros hemos echado instancia a la Dirección de Industria de aquí mientras que la comercializadora ha subido también un peldaño la reclamación.

      Responder
        • Iberdrola. Y encima copiaron el artículo que nos da la razón en su respuesta denegándonos la bajada de potencia...

          Aunque ahora ya nos aplican la bonificación del maxímetro.

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          • Hola Lucia. Como quedasteis con la bajada de potencia para el ascensor? Presentasteis boletin nuevo a iberdrola? A traves de que comercializadora lo hicisteis?

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  4. Buenas noches,

    Buen articulo, solo que se me ocurren un par de preguntillas...

    Si lo he entendido bien, la potencia a contratar debe ser la immediatamente superior a la potencia nominal del ascensor, no ?

    Sobre el cuadro donde aparece el antes y el despues del elemento no interrumpible, de donde lo habeis sacado ?

    Por ultimo, como sabe la distribuidora que en mi casa me he colocado un ascensor y quiero a la vez disfrutar del maximetro ?

    Saludos

    Responder
    • - Con la costumbre de considerar el ascensor un suministro no interrumpible, la potencia a contratar para él tendría que ser A) con ICP, la inmediatamente superior a la nominal del motor o B) con maxímetro, la nominal del motor, pues como hemos visto en esta opción no hay tramos.

      - El antes y el después se ha sacado de la ficha de la distribuidora a la que tiene acceso la comercializadora.

      - La distribuidora sabe que hay ascensor teóricamente porque el CIE así lo recoge, y si conoce su potencia y no es de tarifa 3.0 automáticamente le instala maxímetro.

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  5. Como información adicional:

    Respecto al dispositivo a utilizar como medio de control de la potencia, el punto 1.2 del artículo 9 del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, distingue 3 grupos en función de la tarifa que aplique. 2.0A (baja tensión y potencia menor de 15 kW), 3.0A ó 3.1A y tarifa 6. Para estas 3 últimas tarifas, el control de la potencia se realiza mediante el registro de la potencia cuarto horaria máxima (maxímetro). Por su parte, para la tarifa 2.0A, se establece que el control de la potencia demandada se realizará mediante la instalación del Interruptor de Control de Potencia (ICP) tarado al amperaje correspondiente a la potencia contratada.
    Adicionalmente en el mismo punto se establece que "Alternativamente, en aquellos casos en que, por las características del suministro, éste no pueda ser interrumpido, el consumidor podrá optar a que la determinación de la potencia que sirva de base para la facturación se realice por maxímetro. En estos casos la potencia contratada no podrá ser inferior a la potencia que, en su caso figure en el Boletín de Instalador para los equipos que no puedan ser interrumpidos. En todos los casos, los maxímetros tendrán un período de integración de 15 minutos,"

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  6. Muchas gracias por este pedazo de blog, gracias a él yo también he conseguido bajar la potencia de la comunidad y ahorrar una pasta.
    Teníamos contratados 19kw cuando estamos consumiendo 2kw, después de bajar a 3,45kw el ahorro ha sido de 180 euros/mes en 4 contratos, lo que se traduce en 8640 euros al año que estabamos pagando por un servicio que no necesitábamos y todo esto durante 15 años. 129600 euritos de nada. Y todo con el benepláctio del administrador, que solo se dedica a contabilizar facturas y no a analizar, supongo que no es su obligación, pero ahí puede estar la diferencia entre un buen administrador y otro del montón.

    Mi pregunta ahora es la siguiente.

    Al igual que si yo necesito mas potencia de la que tengo contratada mi comercializadora me obliga a contratarla, ¿no tienen la obligación de informarme de que no necesito tanta potencia y ofrecerme una alternativa para bajarla? Ellos tienen todos los datos.
    ¿Se podría solicitar la devolución del dinero facturado de más durante 15 años? Supongo que por la buenas no va a ser... ¿sería factible via denuncia?

    Gracias.

    Responder
    • ¿Cuál es la norma legal que diga que la distribuidora debe de avisarte si tienes más potencia de la cuenta? Pensad mejor en ir contra el administrador, que ese es al que habeis estado pagando para que os vigile las cosas. ¿Habeis empezado por echarle una vez demostrada su competencia?

      Responder
  7. Hola buenas. Interesante lo del ascensor. Quisiera exponer lo ocurrido en nuestra comunidad: fuimos a la misma empresa que nos hizo el "boletín" del ascensor para que nos bajaran la potencia contratada. Les entregamos un certificado de la empresa de mantenimiento del ascensor que decía que con 5KW de potencia contratada tenía suficiente. La cuestión es que nos han hecho el "boletín" nuevo "gratis" porque han tenido que admitir que lo rellenaron (dicen) sin tener los datos del fabricante. 4 bloques de pisos en la misma situacion. Tengo la impresión que no es un caso puntual. No hacen el cálculo como devieran de hacer. Y con lo que repercute en la factura... y en la pobreza energética.

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  8. Hola, muy útil la entrada.
    Y una curiosidad, como puedo saber si a mi comunidad le facturan por maximetro?
    Aparece en algún lugar de la factura?. (no he visto todavia ninguna físicamente de la comunidad)

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    • Mira a ver si estos dos posts te ayudan:
      https://nergiza.com/tarifa-3-0-15-kw-todo-lo-que-tienes-que-saber/
      https://nergiza.com/baja-la-potencia-contratada-de-tu-ascensor-sin-miedo/
      Un saludo

      Responder
    • Pide a tu comercializadora la ficha del punto de suministro. Si aparece modo 2, es maxímetro. Físicamente es el mismo contador, así que no lo vas a distinguir. Lo normal el 99% de las veces es que no facturen por maxímetro.

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  9. Hola a todos. Un blog realmente interesante y util. He leido que se puede realizar un CIE nuevo y asi poder bajar la Pc, y que el mismo lo tiene que gestionar la comercializadora. Es asi? El RD habla de la potencia que figura en el boletin, y no la nominal del ascensor. Siendo esto asi, podemos, para hacerlo todo legal, contratar a un instalador para que nos haga el nuevo CIE y presentarlo a la distribuidora? Gracias por adelantado

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  10. Me he dado cuenta que las compañías, en comunidades de vecinos, si tienes una tarifa 3.0 te deja bajar la potencia contratada a 1KW en punta y llano, y a 15KW en valle, pero si quieres cambiar de tarifa a una 2.0 o 2.1 para poder bajar la potencia te obliga a solicitar un boletín, en mi opinión es absurdo ya que teniendo ascensor seria una instalación ininterrumpible y tendría que estar instalado el maximetro

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  11. O sea, que si he entendido correctamente el instalador puede estimar la potencia ininterrumpible del ascensor en base a su consumo real en vez de emplear la nominal del motor a la hora de rellenar la sección de potencia ininterrumpible del boletin...

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    • Si, has entendido bien. Hay instaladores que lo hacen e instaladores que no firman otra cosa distinta de los papeles. Si yo tengo un Tesla Model S 100D, según los papeles su velocidad punta es de 200 y pico kilómetros por hora, pero si la pista en la que le vamos a pisar a fondo tiene 200 metros ¿por qué hay que temer a certificar que no pasará de 90 por hora?

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      • Solo por puntualizar: Un Tesla Model S P100D alcanzó el récord de aceleración en su gama, consiguiendo recorrer 200m (1/8 de milla) en 6,7 segundos, alcanzando los 163km/h

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  12. Yo soy instalador electricista y cuando realizo un boletín con su memoria descriptiva de la instalación siempre pregunto por la potencia de los ascensores y la sumo al resto de los receptores, con esa potencia (es la potencia de todos los receptores funcionando), obtengo la intensidad consumida y la adapto a la protección mas próxima por encima y vuelvo a calcular la potencia con la intensidad de la protección, y esa es la POTENCIA MAXIMA ADMISIBLE.
    Cual es el problema real que esa potencia en comunidades de vecinos no es un consumo constante por lo que el maximetro no lo mide en el periodo de 15 minutos.
    Vamos con un pequeño ejemplo:
    Tenemos 2 ascensores, una bomba de agua, iluminación, la suma de todas las potencias es 23KW y a esto le corresponde una intensidad de 33,23A, como no existe un magnetotermico de esa intensidad nos vamos al siguiente existente que es 40A y la potencia máxima admisible es 27,6KW, que es lo que antes se solia contratar.
    Entonces como rara vez estamos usando todos los receptores la potencia estaría sobredimensionada.
    Y ahora lo mas importante el consumo lo marca el maximetro que nos indica la potencia máxima consumida durante 15 minutos continuos, como el ascensor no esta funcionando 15 minutos continuos esa potencia no la marcara el maximetro.
    Espero haberlo dejado claro.

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    • Ya, el tema es que las dudas no recaen sobre la potencia maxima admisible, sino sobre la potencia ininterrumpible o minima admisible a contratar. Segun comunidades autonomas hay suministros o no que se consideran ininterrumpibles, y la potencia ininterrumpible se gestiona de una manera u otra. Por ejemplo, en comunidad valenciana solo se consideran los motores de ascensor, en otras comunidades se consideran ininterrumpibles cosas como los motores de las puertas, ventilaciones forzadas o bombas de achique de los garajes y las bombas contra incendios. En algunas comunidades se suma linealmente la nominal de estas potencias y en otras se considera solo la del motor mas potente. Y por lo que tenia entendido el instalador puede decidir salirse de estas guias de potencia nominal y estimar por medida la potencia real initerrumpible de la instalacion.

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  13. En el caso de que la distribuidora sea Iberdrola o Fenosa, esa ficha la ve cualquier comercializadora y puede enseñártela... al menos en Eres Energía se la mandamos a todos los clientes que nos la solicitan.

    Responder
  14. Buenos días,

    En caso de contratar una tarifa 2.0 ó 2.1 con facturación de la potencia por maxímetro, ¿es necesario contratar valores de potencia normalizados?

    Gracias. Saludos.

    Responder
  15. Buenos días:
    Muchas gracias por esta información.
    Cuanto vale hacer un boletín de ascensor?
    Es obligatorio contratar la suma de las potencias ininterrumpibles. Pe tengo dos ascensores y contrato la de uno y si por lo que sea se solapan, no me importa pagar penalizacion en potencia.
    Conocéis a algún electricista que esta habituado a hacer este tipo de boletines?
    El boletin, se lo puedo pedir a la distribuidora?
    un saludo

    Responder
  16. 1)Depende del instalador... pregunta a varios.
    2) El instalador debe de poner lo que crea... y lo que ponga en el CIE es lo que va a ir a misa.
    3) Cualquiera debe de hacerlo bien... eso sí, que ponga claramente la potencia del suministro no interrumpible.

    Responder
  17. Hola, en primer lugar agradecer a todos los participantes de este foro por la información aportada que me ha permitido rebajar considerablemente la factura de electricidad del edificio donde vivo al reducir la potencia contratada de 13,2 kw a 3,5 kw, y cambiar la facturación con ICP por maxímetro incluyendo la discriminación horaria.
    Os detallo mi caso particular por si es de ayuda a alguien.
    La distribuidora de la zona es Iberdrola Distribución y teníamos contratado 13,2 kw, que es la potencia máxima que figura en el Boletín de Instalaciones Eléctricas (BIE). El suministro es para un ascensor, la puerta de garaje, la antena colectiva, el alumbrado y otros usos sin especificar. Hasta ahora no ha habido forma de rebajarla ante la negativa de la distribuidora, a pesar de que era exagerado esa potencia para este suministro.
    El BIE es del año 2.002 y ya incluía que se debía realizar el suministro a un ascensor, pero no figuraba la potencia del mismo, por lo que no admitían el cambio a una facturación con maxímetro.
    Conseguí la ficha de características del ascensor, en la que se indica que la potencia del ascensor es de 3,5 kw. Se envío esta documentación adicional y fue nuevamente rechazado por no especificar de donde es. Aducían que no figuraba en la ficha de características del ascensor la dirección donde está instalado y por lo tanto no se admitía.
    Revisando entre la documentación del ascensor apareció la declaración de conformidad del ascensor. En esta declaración el fabricante del ascensor relaciona el modelo de ascensor, el número de serie, la empresa instaladora, la normativa de cumplimiento en el momento de puesta en marcha, y lo que ha sido fundamental para conseguir la rebaja de potencia contratada, la dirección de instalación.
    Por lo tanto, en esta declaración de conformidad se vincula el modelo y número de serie del ascensor con la dirección de instalación. Como en la ficha de características del ascensor figura el número de serie del ascensor ya queda demostrado que el ascensor instalado en la dirección de suministro tiene esa potencia.
    En resumen, con el BIE del año 2.002, la ficha de características del ascensor y la declaración de conformidad del ascensor se ha conseguido que Iberdrola Distribución nos cambie la tarifa eléctrica, pasando de una tarifa 2.1A con facturación por IPC a una tarifa 2.0DHA con facturación por maxímetro, con un coste mínimo en comparación con el ahorro que supone el cambio, se amortiza en ocho días.
    Muchas gracias a todos y os dejo mi experiencia por si es de utilidad a alguien.

    Responder
  18. Hola,
    Una pregunta que igual es un poco absurda, perdón, los contadores inteligentes ya tienen el maxímetro incorporado y no hay que modificar la instalación, verdad? En uno de las respuestas de la distribuidora me ha dicho que tengo que tener la preinstalación hecha, el CIE y que ellos luego lo montan, y ya no sé si no he entendido nada!!
    Gracias!

    Responder
    • Correcto, si el contador es digital únicamente le activan en remoto la función de maxímetro. Físicamente no hay ningún tipo de modificación en la instalación.

      Responder
  19. En mi casa tenemos un Ascensor hidraúlico de 5 paradas y 8 personas, con un contrato de 10,39 kW y tarifa 2.1.a.
    Entiendo que instalando un variador de frecuencia podria evitarme el arranque estrella/triángulo, y con ello disminuir el termino de potencia yen consecuencia el tipo de tarifa, para irme a una regulada.
    ¿Como podria certificar esa nueva potencia y logra que iberdrola me bajara el contrato?
    Ah, la potencia actual es la que marca la chapa de caracteristicas del motor gmv instalado.
    Gracias por las respuestas.
    Txirris

    Responder
    • Con un certificado de suministro no interrumpible como el modelo que está publicado en el artículo, o cualquier otro documento con el mismo contenido que la distribuidora admita. Son en todo caso documentos privados, no tienen nada que ver con Industria.

      Responder
  20. Gracias por vuestro trabajo. Yo ahora estoy gestionando mi comunidad y la verdad es que no entiendo apenas nada de lo que decís. Creo que estas cuestiones todavía están alejadas del común de los mortales. Incluso la gente técnica cuando trata de ayudar se vuelve bastante incomprensible... yo supongo que hablaré con un electricista que me ayude.

    Saludos

    Responder
  21. Buenos días a Tod@s. Gracias a vuestra ayuda, muchos podemos beneficiarnos de dejar de regalarles el dinero a las eléctricas. Me gustaría saber si he hecho bien. En mi comunidad hay 2 escaleras con 1 ascensor Orona de 450kg 4/6 personas pequeño y moderno por escalera (2012) que hace un recorrido de 3 plantas (desde parking a 2a planta) es un recorrido que hace en 20 segundos aproximadamente. Según he medido en el contador digital (Trifásico), el consumo del ascensor vacío de parking a 2 a planta no pasa de 8’5 Amperios. Teníamos contratados 10’39Kw y al cambiar a Endesa, he pedido bajarlos a 3’4Kw. Consultado a Orona, me dijeron que el consumo de cada ascensor era de 3’43Kw. La iluminación de la escalera es reducida y de Led. En la oficina de Endesa el chico, me dijo que tendría que volver a pasar pues Endesa no había aceptado pasar al Mercado Regulado y faltaría ver luego si aceptarían la reducción de potencia...Me he pasado bajándola? La Aceptaran?
    Gracias de Antemano al que pueda responder.

    Responder
  22. Buenos días:
    Si nos metemos en la web de la distribuidora (oficina virtual, área de cliente o como lo llamen) podemos ver la potencia máxima registrada por nuestro contador a lo largo del tiempo.
    En base a esa información, bajé la potencia del contrato eléctrico de mi comunidad de vecinos a un poco más del máximo que hemos tenido en los últimos cuatro años (2,7kW).
    Pedí maxímetro, pero me dijeron que necesitaba boletín nuevo, que indicase la potencia del ascensor, etc. tal como habláis en el foro.
    Mi duda es: ¿alguien sabe cuál es el período de integración del medidor de potencia que llevan los contadores inteligentes?. Es decir, el cálculo de la potencia máxima y el provocar el corte ¿cómo lo hace?. Estoy seguro que no es instantáneo, ni de milisegundos.
    El ascensor se usa a diario, pero lo normal en mi comunidad es que la potencia máxima registrada por el contador esté en torno a 1,4 kW todos los meses.
    ¿Es esa la potencia máxima que provoca el corte? o es otra de la cual no te da información. Vamos, ¿debo o no debo tener miedo al corte? ¿Cuánto tiempo tiene que estar consumiendo a potencia alta para que corte?

    Responder
  23. Añado mi caso y los resultados obtenidos tras convertirme en nergizo y aplicar toda la información de tarifas, maximetros, discriminaciones unido a mis pinitos con la iluminación led

    https://www.blogbombillas.com/2021/03/tubos-led-en-la-cabina-del-ascensor.html

    Después de cambiar la iluminación fija por led, me quedaba el escollo de la cabina del ascensor: 4 tubos fluorescentes de 18W con un consumo fijo de 100W

    Pues después de cambiarlos de tubos led compatibles con la conexión en serie y cambiar de empresa de mantenimiento para que nos regalaran un sensor de presencia para apagarlos cuando nadie lo usa el resultado:

    ANTERIOR: Tarifa 2.1 con 15 kW y consumo mensual de 400 kWh
    AHORA: Tarifa 2.0 DHA con 5.1 kW y consumo mensual de 132 kWh

    De pagar 350 € cada dos meses a pagar 35 € al mes
    Ahorro: 1680 € anuales

    A repartir entre 8 vecinos sale a 210 € de ahorro anual por vecino, lo que son más de dos cuotas de comunidad.

    Con eso he conseguido bajar la cuota mensual y ahorrar derramas en varias reparaciones gordas porque ahora nos sobra el dinero !

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