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Gracias por responder. Entonces, los tipicos adosados podrian optar como mucho al 40% de deducciones en IRPF , en vez del 60? Es un tema curioso, al igual que unos adosados sean comunitarios y otros no, dependiendo de como se hayan constituido los estatutos de LPH, y puedan ser considerados edificio/vivienda cada uno o no.Yo entiendo que adosado no es edificio.
Y pareado, serían los dos.
Ahora mi pregunta, la deducción del 40 o el 60% te lo ponen ellos , en ninguna parte de la declaración indicas si es para el Edificio , casa o unifamiliar no?A mi me parece que si tu adosado no tiene nada que ver ni comparte nada con el de al lado entonces si aunque la mayor parte de la informaciónnhabla de chalet aislado. Hay adosados que comparten cosas como aparcamientos, jardines, piscinas, etc y entonces existe edificio conjunto residencial. La clave está en las escrituras a falta de consulta vinculante a Hacienda. Entiendo que si tu escritura incluye porcentaje de propiedad quiere decir que es parte de un edificio. Si no, es un edificio completo y en ninguna casa/edificio verás reflejado ese porcentaje
La claridad siempre es por escrito porque las palabras se las lleva el viento. No te creas que las personas que trabajan en Hacienda son unos linces y en según que oficinas más. A veces se juntan la ignorancia del administrado, yo el primero, con la del administrador y en general en perjuicio del primeroLa deducción del 20, 40 o 60 la pones tú al hacer la declaración. Luego ellos tienen 4 años para revisar que te correspondía.
Vivienda unifamiliar se considera edificio, ya sea unifamiliar aislada o adosado. No he encontrado la definición de "unifamiliar" en el IRPF pero imagino que se refiere a viviendas que no tengan cosas comunes con otras. Hay una consulta vinculante que permite acceder al 60% a vivienda adosada unifamiliar: https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V0001-25
El del teléfono al que llamaste dijo CREO, pero deberías haberle insistido a que fuera más claro y si no sabía que preguntara a algún compañero que estuviera más seguro. Como hay una consulta vinculante yo creo que eso está claro: las viviendas unifamiliares SÍ pueden desgravarse el 60% (si se cumple el resto de requisitos).
Puedes estar tranquilo. Yo me apliqué el 60% en mi unifamiliar aislada.Yo he llamado a Hacienda hoy y su respuesta ha sido Creo que una unifamiliar aislada sí puede desgravarse el 60%, pero me ha dicho la palabra CREO. No entiendo esa falta de rigor.
Estaba interesado en firmar el contrato para la instalación de placas la semana próxima, pero estoy totalmente perdido, mi asesor fiscal dice que no, que solo comunidades, aquí en el foro que sí y en Hacienda que creen que si… al final me fiaré del foro, pero no es poco el dinero en juego…
Cierto, para este año sólo se puede aplicar la desgravación del 60% para edificios (vivienda unifamiliar se entiende como edificio).Buenos días.
Creo haber leído que actualmente sólo está aprobada la reducción del 60% del IRPF? Las reducciones del 20% y 40% no se están aplicando?
Asimismo, una casa unifamiliar independiente podría obtener el 60% de reducción del IRPF?
Gracias