Deducciones placas IRPF

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He buscado donde indica eso y no sale nada, solo viene esto

y otra pregunta, por si puedes resolverme la. Yo realicé los pagos de la instalación en base a un presupuesto en diciembre del 2024 y cuando me dieron la factura del fin de obra del 2024 me incluyeron el certificado energetdentro por lo cual tuve que pagarle ese incremento de 170 de diferencia con el presupuesto que pagué, pero ese pago restante lo realicé en 2025 , sabes si habría problema?

"En el caso de viviendas de naturaleza ganancial, las cantidades satisfechas con cargo a la sociedad de gananciales por un matrimonio en régimen de sociedad legal de gananciales, se atribuirán a cada cónyuge al 50 por 100.
En caso de vivienda de titularidad compartida, cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda habitual, con independencia, de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda"

Sobre lo que preguntas del pago, no hay problema, los certificados están incluidos entre las cosas que te puedes desgravar, que no constara en el presupuesto da igual (ese papel no te lo van a pedir en cualquier caso). Del mismo enlace que te puse al principio también se puede leer:
"A estos efectos, se considerarán como cantidades satisfechas por las obras realizadas aquellas necesarias para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética."
 
Lo increíble que llamo ha hacienda y no me saben aclarar 100% si es como dices , vaya profesionalidad
Estamos buenos, entre tus gestores que no se enteran, y los de Hacienda que ni se molestan en ponerte en espera mientras consultan con algún coordinador o alguien que sepa resolver la duda con contundencia.
 
"En el caso de viviendas de naturaleza ganancial, las cantidades satisfechas con cargo a la sociedad de gananciales por un matrimonio en régimen de sociedad legal de gananciales, se atribuirán a cada cónyuge al 50 por 100.
En caso de vivienda de titularidad compartida, cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda habitual, con independencia, de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda"

Sobre lo que preguntas del pago, no hay problema, los certificados están incluidos entre las cosas que te puedes desgravar, que no constara en el presupuesto da igual (ese papel no te lo van a pedir en cualquier caso). Del mismo enlace que te puse al principio también se puede leer:
"A estos efectos, se considerarán como cantidades satisfechas por las obras realizadas aquellas necesarias para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética."
Gracias, la licencia de obra se suma a todos o va en otro apartado?
 
"En el caso de viviendas de naturaleza ganancial, las cantidades satisfechas con cargo a la sociedad de gananciales por un matrimonio en régimen de sociedad legal de gananciales, se atribuirán a cada cónyuge al 50 por 100.
En caso de vivienda de titularidad compartida, cada copropietario de la vivienda podrá practicar la deducción por las cantidades que haya satisfecho por la realización de las obras en la parte que proporcionalmente se corresponda con su porcentaje de titularidad en la vivienda habitual, con independencia, de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda"

Sobre lo que preguntas del pago, no hay problema, los certificados están incluidos entre las cosas que te puedes desgravar, que no constara en el presupuesto da igual (ese papel no te lo van a pedir en cualquier caso). Del mismo enlace que te puse al principio también se puede leer:
"A estos efectos, se considerarán como cantidades satisfechas por las obras realizadas aquellas necesarias para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética."
Pues muchas gracias por la ayuda, el tema del pago final de la factura que era 170 euros la pagué en 2025 , he llamado otra vez a hacienda y me dicen que lo que dice la ley es tener los certificados energéticos en fecha , pero no dice nada de la fecha de los pagos. A si que me fiaré
 
A todo esto, haciendo mi declaración de la renta me he dado cuenta de que en Murcia la desgravación por "inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables" Agencia Tributaria: Por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables ha cambiado totalmente. Antes era muy difícil de pedir y daban como 100 euros. Ahora es muy fácil de pedir y dan hasta un 50% con un máximo de 7000 euros de deducción (o menos % dependiendo de tus ingresos). Y sobre la cuota autonómica, así que es compatible con la desgravación estatal por lo que entiendo que me va a salir la instalación gratis (solo pagar los intereses hasta que me devuelvan el dinero desde la AEAT).

No piden certificados energéticos, pero sí que sea vivienda habitual.

Ha sido una agradable sorpresa, echarle un vistazo los murcianicos que como es nueva se os puede haber pasado.
 
Gracias, la licencia de obra se suma a todos o va en otro apartado?
Es un gasto necesario por lo tanto si, a mi me lo han tenido en cuenta.
Cabe la posibilidad de que tu ayuntamiento te devuelva ese coste, n ese caso no tendría lugar añadir el coste ya que realmente no lo pagas.
 
Bueno pues ayer me tramito hacienda la devolución de la renta 3200 euros (de los cuales 3000 son por la fotovoltaica) en 2 dias hábiles van a hacer ya el pago.
Al año que viene 1800 me quedarian por desgravar.

Ahora tengo una duda si quisiera poner baterías mas backup y ampliar la instalación podría volver a desgravar el 60%?, ahora el certificado energético que tiene la casa es C, pasando a A o B entiendo que si pero tengo dudas
 
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