Deducciones placas IRPF

  • Iniciador del tema Iniciador del tema Pacoss
  • Fecha de inicio Fecha de inicio
puede hacerse efectiva en varios ejercicios fiscales
Esto se refiere a otra cosa. Si llegas al máximo de deducción el año en qué las presentas, el resto podrías hacerlo al año siguiente, pero se refiere a la misma instalación, factura y certificados energéticos. Lo que tú pretendes es hacer una nueva instalación/ ampliación, con una nueva factura y certificados energéticos. No he visto en ningún sitio que no sea posible, siempre que se cumplan las condiciones de mejorar un 30% o pasar a B o A, pero esto podrías contrastarlo con la AEAT.

Respecto a las baterías, aquí varios foreros lo han hecho y en principio sin problema, lo que no se es si ha sido “enmascarandolo” en la factura o cómo. Mi idea es hacerlo así también, ampliar 6 placas, inversor y si es posible la batería.
 
Hasta donde yo entiendo, a ver si alguien con más conocimientos fiscales puede arrojar luz. Se declaran en el año fiscal que se cobraron y no haría falta hacer una complementaria del año que se desgravo la instalación?
Y por otro lado, según leo
Los fondos según RD 477/2021 están exentos de tributar?
No se... Algo habrá que pagar xd
 
Hasta donde yo entiendo, a ver si alguien con más conocimientos fiscales puede arrojar luz. Se declaran en el año fiscal que se cobraron y no haría falta hacer una complementaria del año que se desgravo la instalación?
Y por otro lado, según leo
Los fondos según RD 477/2021 están exentos de tributar?
No se... Algo habrá que pagar xd
Eso fue al principio pero la Comisión Europea aclaró que los fondos son para los destinatarios finales y no para los estados miembros. Otra cosa es que si te has deducido sobre una cantidad y esta se reduce hay que hacer una complementaria para compensar el valor deducido. La duda que me surge es ¿que ocurre si ya han pasado 4 años?
 
Eso fue al principio pero la Comisión Europea aclaró que los fondos son para los destinatarios finales y no para los estados miembros. Otra cosa es que si te has deducido sobre una cantidad y esta se reduce hay que hacer una complementaria para compensar el valor deducido. La duda que me surge es ¿que ocurre si ya han pasado 4 años?
Pero en el enlace que puse arriba sobre el supuesto de alguien que pregunto lo mismo, en la resolución no dice que no es necesario una complementaria y que solo hay que declarar en el ejercicio donde se cobra?
 
Es que son dos cosas. Por un lado, esa consulta vinculante que citas dice que en terminos generales la subvención es un ingreso y por tanto hay que declarar ese mayor ingreso. Pero como dice @Barcona estas subvenciones concretas están exentas, y por tanto no se aplica la regla general.

Y por otro lado, las bases de la desgravación dicen que las subvenciones se deben descontar de la cantidad total a desgravar. De ahí que si te llega la subvención más tarde, tienes que hacer esa complementaria para corregir que te desgravaste por error esa cantidad.
 
Es que son dos cosas. Por un lado, esa consulta vinculante que citas dice que en terminos generales la subvención es un ingreso y por tanto hay que declarar ese mayor ingreso. Pero como dice @Barcona estas subvenciones concretas están exentas, y por tanto no se aplica la regla general.

Y por otro lado, las bases de la desgravación dicen que las subvenciones se deben descontar de la cantidad total a desgravar. De ahí que si te llega la subvención más tarde, tienes que hacer esa complementaria para corregir que te desgravaste por error esa cantidad.
Pues tendré que llamar a hacienda a ver como se hace, estuve viendo un video que colgaron, pero claro, no eran los mismos conceptos y no sabía muy bien como seguir.
 
Buenos días.

Alguien sabe qué documentación es la que pide la AEAT para justificar la deducción en IRPF?

Lo pregunto porque he instalado recientemente paneles fotovoltaicos, con la intención de solicitar la deducción del 60% y solicitar al instalador la documentación necesaria, que una vez pasado el tiempo es más complicado...

Gracias
 
Necesitas :
- un certificado energético previo, con menos de 2 años de antiguedad y que esté registrado.
- un certificado enérgetico posterior, registrado y emitido en el mismo año del ejercicio que vas a realizar la declaración( i.e de 2025 para la declaración del año que viene)
- facturas de la instalación, de las tasas de obra si las hubiera...
- justificante de los pagos, no se admiten los pagos en efectivo, así que entiendo que justificantes de transfencias bancarias, pagos con tarjeta o supongo el contrato del préstamo si hubiera financiación.

Y creo que eso es todo, pero si falta algo más agradecería que algún compañero lo indicará, porque yo estoy también recopilando documentación para el año que viene.
 
Buenos días.

Alguien sabe qué documentación es la que pide la AEAT para justificar la deducción en IRPF?

Lo pregunto porque he instalado recientemente paneles fotovoltaicos, con la intención de solicitar la deducción del 60% y solicitar al instalador la documentación necesaria, que una vez pasado el tiempo es más complicado...

Gracias
Esto es lo que me envio hacienda.

"La finalidad de este documento es requerirle la siguiente documentación, en relación con su
declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2023.
Justificación de la deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no
renovable.
-
Con el objeto de comprobar la deducción estatal por obras de mejora en la eficiencia energética
de viviendas y, en su caso, la deducción autonómica por obras de mejora de eficiencia energética
en edificios de viviendas o en viviendas unifamiliares, se le requiere para que aporte la siguiente
documentación:
- Certificado de eficiencia energética posterior a la finalización de las obras y justificante de su
inscripción en el registro.
- Certificado de eficiencia energética anterior al inicio de las obras y justificante de su inscripción en
el registro.
- En su caso, informe firmado por un técnico cualificado en el que se certifique la mejora en la letra
de la escala de calificación de la eficiencia energética lograda como consecuencia de las obras.
- Si ha recibido alguna subvención para la realización de las obras, Resolución por la que se le ha
concedido y justificantes del cobro de ésta.
- Facturas expedidas por el proveedor de las obras realizadas.
- Justificantes de los pagos de las obras realizadas.
- Factura expedida por los honorarios para la obtención del certificado y justificantes del pago de
éstos.
- Permisos, autorizaciones o títulos habilitantes correspondientes para la realización de las obras.
- Si las obras se realizaron a través de una comunidad de propietarios, además de los documentos
anteriores, deberá aportar el certificado del presidente de la comunidad en el que certifique el
porcentaje de participación en la comunidad que le corresponde.
- Cualquier otro documento que considere conveniente para justificar su derecho a la aplicación de
las deducciones.

El plazo para aportar la documentación requerida, así como los documentos y justificantes que
estime oportunos, es de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de recepción de esta
notificación."
 
Nosotros hicimos la instalación en diciembre 2024 y:
- Pedimos la deducción del 40% mitad y mitad con mi pareja. A ella ya la han devuelto, a mi aún no. Espero que no me den problemas... 🙈
- Acabamos de cobrar la subvención NextGen 🥳 Así que en la declaración de la renta del 2025 haría falta hacer una complementaria 🫤 ¿Lo habéis hecho así todos? ¿O sencillamente me retendrán parte de la subvención y listos?
 
Puedes estar tranquilo. Yo me apliqué el 60% en mi unifamiliar aislada.
Tuve una inspaccion y me pidieron todos los papeles que te puedas imaginar. Pero los presenté y ningún problema.
Hola!

Yo tengo una vivienda unifamiliar aislada y me tiene dudando muchísimo este tema del 40% o del 60% por esta coletilla:

Viviendas propiedad del contribuyente -ubicadas en edificios de uso predominante residencial- y plazas de garaje y trasteros adquiridos con estas. No obstante, no da derecho la parte de la vivienda afecta a actividades económicas.

Una vivienda unifamiliar es considerada un "edificio" ????? Tengo que hacer la declaración ya y no se al final si poner 40% o 60%. Llamas a Hacienda y todos te dice que si, que si que vale; pero es que no me fio de ellos porque si luego no es, se lavan las manos. Mi gestoría no se la quiere "jugar" y me dice que ellos aplicarían el 40% pero es que claro, pierdo muchísima bonificación ya que la del 40% solo es para un año y la del 60% deduces hasta cinco años. Además yo he pagado 20.000€ por placas y aerotermia que estamos hablando de mucho dinero.

¿Que opinais vosotros?
 
Última edición:
Atrás
Arriba