Hola,
No sé si éste será el hilo adecuado o iría mejor en otro. En caso de que no sea así, que lo mueva el moderador adonde corresponda.
He estado leyendo un poco sobre los pros y los contras de los coches GLP y....
entre los contras una y otra vez sale el tema de los aparcamientos subterráneos y/o cerrados. Es algo que de hecho se trató en los comentarios de este artículo:
Adaptamos un coche a GLP y te contamos todo el proceso
Pero.... ¿cómo está el tema ahora mismo en España? ¿Cual es la normativa estatal al respecto? Lo digo por desmitificar un poco ese tema y quitar el miedo a los futuros comprados de coches GLP. Porque es cierto que echa un poco hacia atrás, que una vez comprado un coche GLP o convertido uno gasolina a GLP, no podamos aparcar en parkings públicos subterráneos, o incluso en nuestro parking comunitario. Es un grave contratiempo.
Buscando información al respecto he localizado esto:
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Fiat (en su web) dice que no existe ninguna normativa estatal que impida aparcar un GLP en un parking subterráneo.
Normativa para almacenamiento de GLP pero... no dice nada específico para coches GLP ni parkings.
RD 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
La normativa básica sobre modificaciones GLP en vehículos (que poco o nada dice sobre parkings)
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Normativa ECE/ONU 67-01 para equipos especiales GLP (pdf) No he encontrado nada más completo en Español. En
italiano he localizado esto. Y en
- . En inglés.
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DIRECTIVA 2006/20/CE DE LA COMISIÓN de 17 de febrero de 2006 por la que se modifica, para adaptarla al progreso técnico, la Directiva 70/221/CEE del Consejo, sobre los depósitos de carburante y los dispositivos de protección trasera de los vehículos de motor y de sus remolques. (pdf)
Un informe de Repsol al respecto:
- . (pdf)
En una de sus frases parece dejar bastante claro el tema. Ahora bien... Repsol es parte interesada, así que...
Los vehículos GLP dotados de dispositivos de seguridad responden a la norma ECE/ONU 67/01 y por tanto, todos los vehículos transformados a partir del 01/01/2001 se pueden aparcar en un garaje subterráneo sin ningún problema
Un
artículo bastante completo sobre las transformaciones a GLP que toca este tema.
A ver si con esos mimbres podemos sacar alguna conclusión más o menos clara.
Un saludo.