Deducciones placas IRPF

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Eso es una cosa que nunca te dicen los comerciales y luego viene la sorpresa. Yo lo tenía en cuenta pero ni mucho menos todo el mundo tiene que saber de rentas.

A mi me hicieron las cuentas en Octopus contando con que tenia la capacidad de desgravarme el 60% íntegro. Pero en mi caso no hay retención suficiente para desgravar todo... Asi que era totalmente irreal la cuenta.

Con esto de la capacidad me he perdido. Que debe pasar para que puedas desgravar el 60% integro¿
 
Con esto de la capacidad me he perdido. Que debe pasar para que puedas desgravar el 60% integro¿
Pongamos un ejemplo, porque cada uno será diferente, pero te pongo uno extremo. Si te retienen un 2%, típico de cuando te hacen un contrato nuevo por pocos meses (al menos es lo que he visto), seguramente te devuelven en renta todo o casi todo. Si es el caso, no te quedará "remanente" para devolverte la desgravación de las placas, creo que se llamaba gastos fiscalmente deducibles (lo puedes ver en el certificado de retenciones que te manda la empresa)
Si estoy equivocado que alguien me corrija porque no quiere confundir :P
 
Con esto de la capacidad me he perdido. Que debe pasar para que puedas desgravar el 60% integro¿
El 60% te lo puedes desgravar. La cuestión es si por tus ingresos te corresponde pagar poco IRPF no hay de donde desgravarselo.

Pero además es solo de la parte estatal, depende de la comunidad los porcentajes varían.
 
El 60% te lo puedes desgravar. La cuestión es si por tus ingresos te corresponde pagar poco IRPF no hay de donde desgravarselo.

Pero además es solo de la parte estatal, depende de la comunidad los porcentajes varían.
En la Comunidad Valenciana, además, está la desgravacion del 40% en la parte autonómica. ¿Se puede optar a ambas a la vez, a la estatal y a la autonómíca? No he visto por ningún sitio que sean incompatibles, pero claro, entre ambas te cubren el 100%, si tienes suficientes retenciones durante 4 ejercicios para cubrir. ¿Esto es así? Me choca.
 
Pongamos un ejemplo, porque cada uno será diferente, pero te pongo uno extremo. Si te retienen un 2%, típico de cuando te hacen un contrato nuevo por pocos meses (al menos es lo que he visto), seguramente te devuelven en renta todo o casi todo. Si es el caso, no te quedará "remanente" para devolverte la desgravación de las placas, creo que se llamaba gastos fiscalmente deducibles (lo puedes ver en el certificado de retenciones que te manda la empresa)
Si estoy equivocado que alguien me corrija porque no quiere confundir :P
Una matización.

No es sobre lo retenido sino sobre la base imponible.

Me explico:

Debido a tratarse de un contrato nuevo te han retenido poco pongamos 500€ pero como tenias otros ingresos anteriores o procedentes de otras cosas tu base imponible es de 1500€, entonces el máximo que te descuentas son esos 1500€ son 500 que te devuelven mas 1000 que te habría tocado pagar.
 
Corrígeme si me equivoco, porque mi intención es si acceder pero contactar con algún gestor de declaraciones de renta. Por lo que se tengo todo lo que necesito:

Certificados de eficiencia energética​

  • Certificado de eficiencia energética anterior a las obras. Tengo la duda, para el irpf también debe ser de max 2 años?
  • Certificado de eficiencia energética posterior a la instalación, que acredite:
    • Reducción de, al menos, un 30% de energía primaria no renovable, o
    • Mejora de la calificación energética del edificio hasta letra A o B, o salto de letra según el tipo de deducción. (cumplo los 2 anteriores al haber instalado placas + aerotermia)

Facturas y justificantes de pago​

  • Factura(s) de la instalación fotovoltaica (materiales, mano de obra, proyecto, etc.) a nombre del contribuyente que se va a aplicar la deducción.
  • Justificantes de pago por medios bancarios (transferencia, cargo en cuenta, tarjeta…), que vinculen claramente el pago con esas facturas.


Es suficiente, no?
En los certificados energéticos ten en cuenta que miran la fecha de registro y que si el CE no esta registrado, es como si no existiera.

Te paso la lista de lo que me pidió hacienda cuando me requirieron la documentación.
[Nergiza.com] Deducciones placas IRPF
 
La votación se hace el próximo martes día 27 de Enero. Y como lo mezclan todo, pensiones, ayudas dana, lo de la ocupacion, etc... en un solo decreto, huele a que no va a salir....
 
Corrígeme si me equivoco, porque mi intención es si acceder pero contactar con algún gestor de declaraciones de renta. Por lo que se tengo todo lo que necesito:

Certificados de eficiencia energética​

  • Certificado de eficiencia energética anterior a las obras. Tengo la duda, para el irpf también debe ser de max 2 años?
  • Certificado de eficiencia energética posterior a la instalación, que acredite:
    • Reducción de, al menos, un 30% de energía primaria no renovable, o
    • Mejora de la calificación energética del edificio hasta letra A o B, o salto de letra según el tipo de deducción. (cumplo los 2 anteriores al haber instalado placas + aerotermia)

Facturas y justificantes de pago​

  • Factura(s) de la instalación fotovoltaica (materiales, mano de obra, proyecto, etc.) a nombre del contribuyente que se va a aplicar la deducción.
  • Justificantes de pago por medios bancarios (transferencia, cargo en cuenta, tarjeta…), que vinculen claramente el pago con esas facturas.


Es suficiente, no?
sí, maximo dos años. La desgravación va por % de propiedad, no por a quien va de nombre la factura.
 
En la Comunidad Valenciana, además, está la desgravacion del 40% en la parte autonómica. ¿Se puede optar a ambas a la vez, a la estatal y a la autonómíca? No he visto por ningún sitio que sean incompatibles, pero claro, entre ambas te cubren el 100%, si tienes suficientes retenciones durante 4 ejercicios para cubrir. ¿Esto es así? Me choca.
yo entiendo que sí.
 
En la Comunidad Valenciana, además, está la desgravacion del 40% en la parte autonómica. ¿Se puede optar a ambas a la vez, a la estatal y a la autonómíca? No he visto por ningún sitio que sean incompatibles, pero claro, entre ambas te cubren el 100%, si tienes suficientes retenciones durante 4 ejercicios para cubrir. ¿Esto es así? Me choca.
Ostras! No tenia ni idea de la deducción en Comunidad Valenciana, y a mi me aplica, asi que gracias!

Parece perfectamente compatible. Lo q pasa q hay que solicitarlo al IVACE, y se me hace un poco bola... A ver cómo hago para tramitarlo.
 
Os confirmo que las desgravaciones en la
Comunidad Valenciana son totalmente compatibles con las estatales. No es mi caso porque yo la pido en CLM, pero conozco unos cuantos casos que la han aplicado sin problemas.
 
Parece perfectamente compatible. Lo q pasa q hay que solicitarlo al IVACE, y se me hace un poco bola... A ver cómo hago para tramitarlo.
Te aseguro que si tienes toda la documentacion es facil tramitar cosas con ellos, certificado digital o DNI electronico actualizado y su lector y es coser y cantar, pero... han cambiado algunos enlaces de hace un año, y para tramitar la subvencion (ya concedida) de un punto de recarga estuve casi dos horas hasta encontrar donde hacerlo.
De los que me proporciono el instalador con la documentacuion sobre como tramitarlo habia uno que ya no valia y fue una lucha a base de imaginar busquedas hasta que lo consegui. Casi dos horas, suerte.
 
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