erneuerbar
Fulgencio
Para los profanos en la nomenclatura y la casuística fiscal, resulta confuso. Está claro que todos estos procesos están automatizados y cuando haces la declaración se calculan automáticamente, pero entiendo que mucha gente estaría interesado en poder realizar estos cálculos, o al menos una estimación a priori, para poder hacerse sus números.
Voy a proponer un ejercicio con el fin de clarificar conceptos y los que lo tengan claro que lo resuelvan:
Ciudadano que se puede aplicar la desgravación estatal del 60%. Dejamos por el momento los que tienen derecho a desgravación autonómica para no enredar más.
El coste de su instalación fotovoltaica es de 9.000 € + IVA = 10.890 €
Cantidad A:
A1: 60 % de 9.000 € = 5.400 €
A2: 60 % de 10.890 € = 6.534 €
En este punto entiendo que hay que tener en cuenta la opción A1 (Costes sin IVA). Si no es correcto, lo cambiamos.
Como la cantidad A es mayor que 5.000 € (tanto A1 como A2), sólo optamos a desgravar 5.000 € como máximo ¿Correcto? . La cantidad restante (400 € para el caso A1 ó 1.534 € para el caso A2) se podrían desgravar en el ejercicio siguiente o según interpreto del post de @Molari por está actuación solo optas a los 5.000 €?
El Ciudadano, va a tener una Cuota Integra Estatal de 3.500 € (Esta cantidad realmente el Ciudadano no la sabe, pero como el año anterior ha tenido esta cantidad y no ha tenido cambios significativos en sus ingresos, estima que será similar, así que para la estimación usamos la cantidad de su última declaración de IRPF).
Con estos datos, ¿el Ciudadano se desgravará finalmente 3.500 € de los 5.000 € a los que optaba? ¿qué pasa con los 1.500 € restantes?¿los "recuperará"/"desgravará" al presentar la siguiente declaración de IRPF?
¿Si la declaración te salía positiva y te tocaba pagar 2.000 € sin la desgravación, significa que con la desgravación acabarás cobrando 3.500 € - 2.000 € = 1.500 €?
¿Si la declaración te salía negativa y te tocaba cobrar 1.000 € sin la desgravación, significa que con la desgravación acabarás cobrando 3.500 € + 1.000 € = 4.500 €?
Voy a proponer un ejercicio con el fin de clarificar conceptos y los que lo tengan claro que lo resuelvan:
Ciudadano que se puede aplicar la desgravación estatal del 60%. Dejamos por el momento los que tienen derecho a desgravación autonómica para no enredar más.
El coste de su instalación fotovoltaica es de 9.000 € + IVA = 10.890 €
Cantidad A:
A1: 60 % de 9.000 € = 5.400 €
A2: 60 % de 10.890 € = 6.534 €
En este punto entiendo que hay que tener en cuenta la opción A1 (Costes sin IVA). Si no es correcto, lo cambiamos.
Como la cantidad A es mayor que 5.000 € (tanto A1 como A2), sólo optamos a desgravar 5.000 € como máximo ¿Correcto? . La cantidad restante (400 € para el caso A1 ó 1.534 € para el caso A2) se podrían desgravar en el ejercicio siguiente o según interpreto del post de @Molari por está actuación solo optas a los 5.000 €?
El Ciudadano, va a tener una Cuota Integra Estatal de 3.500 € (Esta cantidad realmente el Ciudadano no la sabe, pero como el año anterior ha tenido esta cantidad y no ha tenido cambios significativos en sus ingresos, estima que será similar, así que para la estimación usamos la cantidad de su última declaración de IRPF).
Con estos datos, ¿el Ciudadano se desgravará finalmente 3.500 € de los 5.000 € a los que optaba? ¿qué pasa con los 1.500 € restantes?¿los "recuperará"/"desgravará" al presentar la siguiente declaración de IRPF?
¿Si la declaración te salía positiva y te tocaba pagar 2.000 € sin la desgravación, significa que con la desgravación acabarás cobrando 3.500 € - 2.000 € = 1.500 €?
¿Si la declaración te salía negativa y te tocaba cobrar 1.000 € sin la desgravación, significa que con la desgravación acabarás cobrando 3.500 € + 1.000 € = 4.500 €?