Y cada vez que me leo el decreto estoy mas convencido de que es ilegal que nos lo cobren a los que tenemos contratos minoristas con precio fijo. El decreto es diamentralmente claro con que se aplicará a los que se benefician de la medida, y no es nuestro caso. En caso de que las unidades de energía que compra Repsol no estén cubiertas por mecanismos de protección del precio, todo lo que compren en el pool SE BENEFICIA del tope de gas, y no transmite beneficio alguno a sus clientes por lo que tampoco puede tranferirles cargo alguno. Para la energía comprada en el pool el tope de gas provoca una reducción del precio, no un aumento. No hay cargo adicional, sino descuento sobre el precio que alcanzaría la energía en el pool sin el tope de gas.
Me toca sentarme con calma a redactar una reclamación, y llegaré con ella a donde haga falta, porque lo de transferir el coste del tope del gas a los clientes con precio fijo fue una decisión de las comercializadoras y no del regulador.