Hay que acudir a las Cláusulas de Modificación y Precios de las Condiciones Generales del contrato y ahí encuentras por escrito esa libertad que les permite ajustar el precio del contrato, se firma cuando se contrata y por tanto se acepta.Sí, eso lo he visto. Lo que no sé es porqué se firma precio por un año, y luego resulta que pueden subirlo cuando les plazca. Entendí el de enero, pensando que era la subida del IPC, pero esta de abril?
Tienes toda la razón!
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