Deducciones IRPF 2026

Esperemos que no me caiga a mi tb, que consideran ellos fuera de cargo?
No lo se con certeza que es lo que me aplican, creo que es por que no lo declare en el año 23, mi alegacion va en el orden de que lo declaro cuando me es concedido y dentro del plazo correspondiente.
 
No lo se con certeza que es lo que me aplican, creo que es por que no lo declare en el año 23, mi alegacion va en el orden de que lo declaro cuando me es concedido y dentro del plazo correspondiente.
Evidentemente, no?

Yo es que alucino... Me parece inconcebible que puedan cobrarte un recargo por fuera de plazo
 
No lo se con certeza que es lo que me aplican, creo que es por que no lo declare en el año 23, mi alegacion va en el orden de que lo declaro cuando me es concedido y dentro del plazo correspondiente.
Es que para eso están los intereses por demora no? La hiciste fuera del plazo de presentación de la renta de ese año, digo la complementaria.
 
Es que para eso están los intereses por demora no? La hiciste fuera del plazo de presentación de la renta de ese año, digo la complementaria.
Me aplican intereses de demora si, pero además un recargo del 15% por fuera de plazo.

Lo que voy a reclamar es el recargo.
 
La declaración primera,en la que aplique la reducción por FV, la hice en el 24 correspondiente al año 23.

La subvencion la recibi en octubre del 25 y la complementaria la hice en novienbre del 25.
Pues... la complementaria la hice en la misma fecha. Ahora recuerdo una vez que hablé con la agencia del tema, me dijo que tenía que hacer la complementaria en el periodo de renta del año, sino recuerdo mal abril junio. No entendí el motivo, para rectificar una renta de año anterior no debería tener fecha, para eso ya están los intereses por demora si te pasas de plazo no? Igual la señora que me atendió estaba pensando en otra cosa, la verdad es que tenía también dudas.
 
Pues... la complementaria la hice en la misma fecha. Ahora recuerdo una vez que hablé con la agencia del tema, me dijo que tenía que hacer la complementaria en el periodo de renta del año, sino recuerdo mal abril junio. No entendí el motivo, para rectificar una renta de año anterior no debería tener fecha, para eso ya están los intereses por demora si te pasas de plazo no? Igual la señora que me atendió estaba pensando en otra cosa, la verdad es que tenía también dudas.
He estado hablando con la agencia y me comentan que lo he hecho correctamente, me han dado las indicaciones para presentar las alegaciones contra el recargo y ya esta hecho.

Ahora a ver que dicen.
 
Contestación de hacienda al tema que os comente.

No corresponde pagar recargo alguno.

Espero que pueda servir de ayuda a quien le haga falta.


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