Deducciones IRPF 2026

Y no sabéis la de gestores que han hecho la Renta a sus clientes y han declarado las subvenciones Next Generation como ingreso...y ahí Hacienda no dice nada.

Cuando hay dudas de cómo hacerlo es mejor pedir una consulta con Hacienda o preguntar a 2 gestores diferentes.
 
Y no sabéis la de gestores que han hecho la Renta a sus clientes y han declarado las subvenciones Next Generation como ingreso...y ahí Hacienda no dice nada.

Cuando hay dudas de cómo hacerlo es mejor pedir una consulta con Hacienda o preguntar a 2 gestores diferentes.


Totalmente cierto.... gestores de coger borrador y confirmar....
 
Y no sabéis la de gestores que han hecho la Renta a sus clientes y han declarado las subvenciones Next Generation como ingreso...y ahí Hacienda no dice nada.

Cuando hay dudas de cómo hacerlo es mejor pedir una consulta con Hacienda o preguntar a 2 gestores diferentes.
En mi caso consulte a hacienda por que el gestor me decía que la subvención se declaraba como ingreso.

Me habría resultado mucho mas cómodo declararlo como ingreso y no creo que hubiera sido mas gravoso.
 
Y no sabéis la de gestores que han hecho la Renta a sus clientes y han declarado las subvenciones Next Generation como ingreso...y ahí Hacienda no dice nada.
Siempre me ha parecido una figura con una legalidad un tanto extraña. No soy un experto, pero nunca me encajo que un profesional al que contratas porque en teoria e suna experto en la materia, puedo hacerte incurrir en ilegalidad y tener 0 responsabilidad despues....
Entendería que tubieran unos periodos te impugnación o correción diferentes, pero si legalmente el está habilitado para hacer mi declaración, las consequencias de esta tambien deberían ser su responsabilidad.
 
Buenas tardes:

He estado leyendo detenidamente los comentarios sobre las deducciones en el IRPF de años anteriores y, dado que existe la posibilidad de que vuelvan a aprobarse este año y que yo estoy en plena reforma, quería aclarar un par de puntos para ir organizando el papeleo y los futuros trámites.

La vivienda la compramos el año pasado mi pareja y yo. Como en toda compraventa, nos hicieron un certificado energético con calificación E (dejando al margen la fidelidad de los certificados energéticos en este país, ya que refleja una calefacción de gas cuando no hay ni instalación de gas). Se trata de un piso en la ciudad de Murcia.

En la reforma integral que estamos realizando se incluyen varias actuaciones que mejorarán su eficiencia energética y, previsiblemente, su calificación energética:
  • Trasdosados en todas las fachadas (orientaciones sur y este).
  • Sustitución de ventanas de aluminio sin RPT por ventanas de PVC.
  • Instalación de aire acondicionado centralizado para frío y calor. Sustituyendo dos splits antiguos y un sistema de calefacción mediante radiadores eléctricos de pizarra (aunque según el certificado se trata de calefacción por gas, no tengo claro como se computará eso).
  • Instalación fotovoltaica en una pérgola de la terraza.
Entiendo que todas estas actuaciones podrían computarse para la deducción (en caso de que se apruebe este año). Aunque imagino que tendré que pedirle al aparejador que me separe estas partidas en una factura independiente.
  1. Primera pregunta: si tengo facturas de varios proveedores, ¿puedo incluirlas todas? Igualmente, entiendo que el límite total son 15.000€.
  2. Segunda: si no lo he entendido mal, al dividirlo entre mi pareja y yo, cada uno podríamos deducirnos 7.500€ al 60 %, con un máximo de 5.000€ al año cada uno. Entiendo que esto se traduce en 3.000€ cada uno el primer año y 1.500€ cada uno el segundo año. ¿Estoy en lo cierto?
  3. Pregunta para los murcianos del foro: las ayudas de la comunidad, que por lo que he leído son compatibles con las estatales, ¿solo aplican a la instalación de placas solares?
Sin más, un saludo y perdón por el pequeño tocho.
 
Entiendo que todas estas actuaciones podrían computarse para la deducción (en caso de que se apruebe este año). Aunque imagino que tendré que pedirle al aparejador que me separe estas partidas en una factura independiente.
Yo creo que con que en la factura estén detalladas aparte, con eso tú (y la AEAT) puede calcular cuanto correspondía en la declaración.
  1. Primera pregunta: si tengo facturas de varios proveedores, ¿puedo incluirlas todas? Igualmente, entiendo que el límite total son 15.000€.
Sí, el borrador solo te dejará poner 2 proveedores, pero la ley no lo limita. Yo pondría la cantidad total y luego de ser necesario se aclarará con los documentos y las limitaciones de la plataforma.

  1. Segunda: si no lo he entendido mal, al dividirlo entre mi pareja y yo, cada uno podríamos deducirnos 7.500€ al 60 %, con un máximo de 5.000€ al año cada uno. Entiendo que esto se traduce en 3.000€ cada uno el primer año y 1.500€ cada uno el segundo año. ¿Estoy en lo cierto?
NO, si tenéis la propiedad al 50%, tenéis derecho a 15.000€ cada uno de desgravación máxima, 5000 al año cada uno y 3 años. Si no tuvieras cuota suficiente para aprovechar los 15.000 por contribuyente, podrías usar el año 4 y 5 pero solo si hubieras invertido 25.000, pues cada año se "gastan" 5000 euros sí o sí.

  1. Pregunta para los murcianos del foro: las ayudas de la comunidad, que por lo que he leído son compatibles con las estatales, ¿solo aplican a la instalación de placas solares?
En el manual de Renta 2024 Agencia Tributaria: Por inversión en instalaciones de recursos energéticos renovables
pone:
Solo darán derecho a la deducción las inversiones en la adquisición e instalación en la vivienda de sistemas que empleen energías renovables destinadas exclusivamente al autoconsumo para las que se haya presentado la declaración responsable ante el órgano competente, cuando esta venga exigida por la normativa aplicable.

En el caso del sistema de aprovechamiento de energía fotovoltaica, la deducción no será aplicable a la modalidad con excedentes no acogida a compensación.

Se entiende por energías renovables aquellas a las que se refiere el artículo 2.a) de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.


Y en la directiva que reseña https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/?uri=CELEX:32018L2001
pone:
Además, se entenderá por:

1)

«energía procedente de fuentes renovables» o «energía renovable»: la energía procedente de fuentes renovables no fósiles, es decir, energía eólica, energía solar (solar térmica y solar fotovoltaica) y energía geotérmica, energía ambiente, energía mareomotriz, energía undimotriz y otros tipos de energía oceánica, energía hidráulica y energía procedente de biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, y biogás;

2)

«energía ambiente»: la energía térmica presente de manera natural y la energía acumulada en un ambiente confinado, que puede almacenarse en el aire ambiente (excluido el aire de salida) o en las aguas superficiales o residuales;

3)

«energía geotérmica»: la energía almacenada en forma de calor bajo la superficie de la tierra sólida;
 
Segunda: si no lo he entendido mal, al dividirlo entre mi pareja y yo, cada uno podríamos deducirnos 7.500€ al 60 %, con un máximo de 5.000€ al año cada uno. Entiendo que esto se traduce en 3.000€ cada uno el primer año y 1.500€ cada uno el segundo año. ¿Estoy en lo cierto?
Te deduces el 60% de lo que te cueste todo, supongo que hasta el limite de 15000€. Es decir, 60% de 15.000€.

Y es en la parte estatal, no en la autonomica. Que suele ser aproximadamente al 50% aunque depende del tramo y de la comunidad.
 
Ojo con el tema de la vivienda habitual, que es requisito para la deducción autonómica
En este caso si que es requisito ya que es un piso. Si es una unifamiliar o es una reforma en todo el edificio multifamiliar, si que te puedes desgravar aunque sea una segunda vivienda.
Te deduces el 60% de lo que te cueste todo, supongo que hasta el limite de 15000€. Es decir, 60% de 15.000€.
Al ser un piso es el 40% de la base imponible (Max 7500€) por propietario, es decir, 3000+3000=6000€
 
Los radiadores eléctricos, simplemente cuentan mal.
Da igual que sean de pizarra de aceite o como quieras.

Tienes la opción de ponerlos despues del CE para que te cuenten la bomba de calor como calefacción.
 
En este caso si que es requisito ya que es un piso. Si es una unifamiliar o es una reforma en todo el edificio multifamiliar, si que te puedes desgravar aunque sea una segunda vivienda.

Al ser un piso es el 40% de la base imponible (Max 7500€) por propietario, es decir, 3000+3000=6000€
cierto! no me había dado cuenta de que hablaba de un piso. En este caso, si se renuevan, serán 7500 por propietario. Agencia Tributaria: Importe de la deducción e incompatibilidades con las restantes deducciones por obras de mejora de...
 
Y no sabéis la de gestores que han hecho la Renta a sus clientes y han declarado las subvenciones Next Generation como ingreso...y ahí Hacienda no dice nada.

Cuando hay dudas de cómo hacerlo es mejor pedir una consulta con Hacienda o preguntar a 2 gestores diferentes.

Lo que es más sangrante es que la AEAT te cuela la subvención en el borrador cuando es la propia AEAT la que sabe, o debería saber que está exento. De hecho, a mi me lo cargaron en el borrador y fui yo mismo quien avisé a mi asesora para que confirmara que estaba exento e incluso le indiqué alguna consulta vinculante al respecto. Tras confirmarlo también por su cuenta, la gestora no lo incluyó en mi declaración.

En mi caso, la diferencia entre declarar la ayuda y no hacerlo se acercaba a los 3000 €.
 
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