Los que tenemos las tarifa Repsol largo plazo....

Pues yo tengo últimamente demasiado tiempo libre... Desde luego no me voy a quedar de brazos cruzados. Y estaría dispuesta a llegar al juzgado si eso no me costase un dinero...
Por céntimos tengo a Endesa en la Junta Arbitral por una reclamación de la Comunidad de Vecinos en la que soy presidente... ahora imagínate lo que haría si me repercutieran el tope de gas teniendo ese mensaje (y otros y llamadas grabadas donde siempre me han dicho que no me lo repercutirían).
 
Podías enseñarnos el ladrillo que les has mandado, tapando tu información claro, jeje
De acuerto con el apartado III del Preambulo del Real Decreto 10/2022,
donde se dice lo siguiente


[…]La medida se configura como un mecanismo de ajuste del coste producción
de las tecnologías fósiles marginales, que tiene como efecto una reducción
equivalente a dicho ajuste en las ofertas que dichas tecnologías realizan
en el mercado, con la consiguiente reducción de precio de casación del
mercado. Las cantidades correspondientes a dicho ajuste son financiadas por
aquellos consumidores que se benefician de la referida reducción,
resultando en cualquier caso un precio final inferior al que se daría en
ausencia de la medida. El mecanismo se encontrará en vigor durante un
periodo de 12 meses. […]

Mi contrato de Repsol Precio Fijo Largo Plazo de fecha 4 de octubre con
entrada en vigor, al tener contratado un precio fijo NO SE BENEFICIA del
mecanismo de ajuste, por lo que de acuerdo al apartado III del preambulo
del RD 10/2022 no estoy incluido en los consumidores que se benefician de
la citada reducción por lo que NO PROCEDE transmitir cargo alguno por este
concepto a mi contrato.

Del mismo modo, la actuación sobre el precio del gas no produce un
incremento del precio de la electricidad en el mercado mayorista, sino una
reducción del precio de casación del mercado. Repsol gana mas dinero
gracias a la actuación del mecanismo de ajuste. Es injustificable
introducir cargo alguno, como una modificación unilateral del contrato. La
actuación del mecanismo de ajuste del rpecio del gas NO CONSTITUYE UN
CARGO REGULADO en si, sino que es uno de los componentes del precio del
kWh, por lo que de acuerdo a las condiciones de mi contrato de Repsol
Precio Fijo Largo Plazo no puede me puede ser transferido porque NO soy
beneficiario de esa reducción.

Adjunto esta información a la reclamación como comunicación previa a que en
caso de no ser revertido el cargo en factura procederé a iniciar las
acciones arbitrales o judiciales necesarias para subsanar este
incumplimiento de contrato.
 
En su día dije que me jugaba un brazo a que iban a repercutir el mag, y acerté.

Me juego lo mismo a que acaban dando la razón a repsol.
Pues has perdido unos cuantos dedos porque a mí no me lo han repercutido... Pero vamos, el otro brazo te correría mucho peligro. Si se le encomienda este tema a un abogado con ese email como prueba y las grabaciones que tengo de las llamadas que les hice, te garantizo que un juez nos daría la razón.
 
De acuerto con el apartado III del Preambulo del Real Decreto 10/2022,
donde se dice lo siguiente


[…]La medida se configura como un mecanismo de ajuste del coste producción
de las tecnologías fósiles marginales, que tiene como efecto una reducción
equivalente a dicho ajuste en las ofertas que dichas tecnologías realizan
en el mercado, con la consiguiente reducción de precio de casación del
mercado. Las cantidades correspondientes a dicho ajuste son financiadas por
aquellos consumidores que se benefician de la referida reducción,
resultando en cualquier caso un precio final inferior al que se daría en
ausencia de la medida. El mecanismo se encontrará en vigor durante un
periodo de 12 meses. […]

Mi contrato de Repsol Precio Fijo Largo Plazo de fecha 4 de octubre con
entrada en vigor, al tener contratado un precio fijo NO SE BENEFICIA del
mecanismo de ajuste, por lo que de acuerdo al apartado III del preambulo
del RD 10/2022 no estoy incluido en los consumidores que se benefician de
la citada reducción por lo que NO PROCEDE transmitir cargo alguno por este
concepto a mi contrato.

Del mismo modo, la actuación sobre el precio del gas no produce un
incremento del precio de la electricidad en el mercado mayorista, sino una
reducción del precio de casación del mercado. Repsol gana mas dinero
gracias a la actuación del mecanismo de ajuste. Es injustificable
introducir cargo alguno, como una modificación unilateral del contrato. La
actuación del mecanismo de ajuste del rpecio del gas NO CONSTITUYE UN
CARGO REGULADO en si, sino que es uno de los componentes del precio del
kWh, por lo que de acuerdo a las condiciones de mi contrato de Repsol
Precio Fijo Largo Plazo no puede me puede ser transferido porque NO soy
beneficiario de esa reducción.

Adjunto esta información a la reclamación como comunicación previa a que en
caso de no ser revertido el cargo en factura procederé a iniciar las
acciones arbitrales o judiciales necesarias para subsanar este
incumplimiento de contrato.
Pues ya nos contarás, la reclamación es muy interesante y la veo perfectamente argumentada.
 
De acuerto con el apartado III del Preambulo del Real Decreto 10/2022,
donde se dice lo siguiente


[…]La medida se configura como un mecanismo de ajuste del coste producción
de las tecnologías fósiles marginales, que tiene como efecto una reducción
equivalente a dicho ajuste en las ofertas que dichas tecnologías realizan
en el mercado, con la consiguiente reducción de precio de casación del
mercado. Las cantidades correspondientes a dicho ajuste son financiadas por
aquellos consumidores que se benefician de la referida reducción,
resultando en cualquier caso un precio final inferior al que se daría en
ausencia de la medida. El mecanismo se encontrará en vigor durante un
periodo de 12 meses. […]

Mi contrato de Repsol Precio Fijo Largo Plazo de fecha 4 de octubre con
entrada en vigor, al tener contratado un precio fijo NO SE BENEFICIA del
mecanismo de ajuste, por lo que de acuerdo al apartado III del preambulo
del RD 10/2022 no estoy incluido en los consumidores que se benefician de
la citada reducción por lo que NO PROCEDE transmitir cargo alguno por este
concepto a mi contrato.

Del mismo modo, la actuación sobre el precio del gas no produce un
incremento del precio de la electricidad en el mercado mayorista, sino una
reducción del precio de casación del mercado. Repsol gana mas dinero
gracias a la actuación del mecanismo de ajuste. Es injustificable
introducir cargo alguno, como una modificación unilateral del contrato. La
actuación del mecanismo de ajuste del rpecio del gas NO CONSTITUYE UN
CARGO REGULADO en si, sino que es uno de los componentes del precio del
kWh, por lo que de acuerdo a las condiciones de mi contrato de Repsol
Precio Fijo Largo Plazo no puede me puede ser transferido porque NO soy
beneficiario de esa reducción.

Adjunto esta información a la reclamación como comunicación previa a que en
caso de no ser revertido el cargo en factura procederé a iniciar las
acciones arbitrales o judiciales necesarias para subsanar este
incumplimiento de contrato.
Esa es la reclamación a mi primer contrato, un poco a salto de mata, pero siempre me queda el arbitraje para desarrollarlo más. Para la reclamación del segundo contrato estoy preparándolo un poco más.
 
Esa es la reclamación a mi primer contrato, un poco a salto de mata. Para la reclamación del segundo contrato estoy preparándolo un poco más.
Alguno por aquí te dirá que tu contrato sí que se beneficia del tope de gas, ya que gracias al tope de gas Repsol no te ha cancelado el contrato al no poder hacerse cargo de los precios.
 
Yo sigo a la espera de la segunda llamada o vía e-mail, desde la semana pasada. Si para mediados de la siguiente no me han llamado, tendré que volver a llamar. Al menos te atienden rápido...
 
Alguno por aquí te dirá que tu contrato sí que se beneficia del tope de gas, ya que gracias al tope de gas Repsol no te ha cancelado el contrato al no poder hacerse cargo de los precios.
Me lo tendrá que cancelar entonces. Si pago más, me perjudica, no me beneficia. Por la lógica qu usan para considerar el MAG un coste regulado, la totalidad del pool sería un coste regulado de la factura y podrían colar todo el importe de la energía si, porque obviamente hay una regulación de la subasta.
A pesar del MAG, los clientes de PVPC e indexadas pagan menos de lo que pagarían que sin el.
 
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