Siguen incumpliendo los plazos de notificación definidos en el RD 12/2021. Añadiendo un cargo que no esta definido como cargo regulado sino como componente del precio del kWh, lo que es una modificación de contrato, afirmando que las condiciones del contrato no cambian. Reclamable totalmente.Si es el SMS que han copiado por aquí, no dice 3 años de duración de contrato sino 3 de años de tarifa. Sin cosas diferentes. Lo que cuenta es lo que digan las condiciones particulares.