- Iniciador del tema
- #1.525
La penalización no existe, son los padres... JajajaEntonces si me caduca el año con Endesa a primeros de enero , lo dejo así sin cambios y se cambia automáticamente a SIN permanencia verdad???
No se cambia por si solo a "otro año con ellos"
Si es así lo dejo como esta y cuando todos los papeles los tenga en regla de la instalación les doy un toque haber que tal...
Gracias![]()
Bueno, en realidad existe por ley una limitación para esta penalizacion. Solo pueden aplicarla durante el primer año del contrato, no en las renovaciones. Y solo pueden cobrar un 5% de la energia pendiente de consumir segun tu consumo anual.
Por ejemplo, consumes 5000 kWh al año, y te cambias de compañía el primer mes, tras haber consumido 400 kWh. Pues solo pueden cobrar el 5% de 4600 kWh, que serían 230 kWh. A unos 10 céntimos, serían 23€.
Así que en la práctica es casi nula.